El Tribunal Constitucional ha rechazado un recurso de amparo presentado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en nombre de un ciudadano, contra la decisión del Arzobispado de Valencia de no anotar en su partida de bautismo su abandono de la fe católica. El Constitucional entiende que la AEPD "carece de la legitimación activa para interponer" el recurso.
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