Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha anulado la condena a dos personas como autores de un delito de estafa informática por entender que la mera adjudicación de una dirección IP a los acusados no acredita ser el autor del acto telemático que utiliza dicha IP, algo que no parecía tan obvio hasta que el caso ha llegado al Tribunal Supremo.
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