#31 en absoluto, la presidencia del consejo no tiene nada de ejecutivo de acuerdo con los tratados. Es un puesto meramente procedimental y facilitador de las reuniones del propio consejo, que por su lado es el co-legislador en la Unión Europea. El poder ejecutivo es la Comisión.
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#31
Mandato del tratado de Lisboa.
La presidencia del consejo de la unión europea es un rol institucional, principalmente simbólico, que se rota entre gobiernos, que no personas. El propio consejo de la unión europea es una de las instituciones con menor rango de competencias.
Una de ellas es la política exterior, pero esta recae únicamente en el Alto Representante, Borrell.
El poder ejecutivo de la UE reside en la comisión europea, y el legislativo en el euro parlamento y el consejo europeo.