a

#8 Creo que tú mismo eres consciente de las diferencias entre ordenar el uso de un bien de todos, como es la calzada, y decirle a un ciudadano cómo ha de vestir. En todo caso, supongo que eres cosciente de que la misma lógica que defiendes permite al Estado todo tipo de medidas paternalistas que afectan a nuestros hábitos y costumbres. No digo que no entienda esta pulsión paternalista. Simplemente, la verdad, no me gusta nada. Gracias por la contestación.

sorrillo

#10 El casco no es un atuendo, el casco es una medida de seguridad.

Según tu forma de explicarlo a los trabajadores de una obra les dicen como vestirse. Pues no, les indican unos requisitos mínimos de seguridad como son los cascos o las armillas reflectantes.

Por cierto, entiendo que también estás en contra de la obligación de salir del vehículo con armilla reflectante, ¿verdad?

Circular en un vehículo por una vía pública no es un derecho fundamental del ciudadano. Es un ámbito regulado y para usar un vehículo se debe cumplir la normativa (seguro obligatorio en los vehículos que lo requieran, inspección técnica, medidas de seguridad, etc.).

Y la bicicleta es un vehículo.

a

#12 Hay diferencias obvias: el reflectante es una medida de seguridad vial que también (y esencialmente) está pensada para proteger a otros (que si no te ven pueden tener un accidente por tu culpa), un trabajador está desarrollando una actividad reglada y ordenada a partir de criterios que se confrontan con la libertad de empresa, que es un derecho fundamental mucho más "debil" que el 17 y permite, por esta razón, una intervención mucho mayor (además de que la relación laboral no es una relación de "libertad", como es obvio).

sorrillo

#13 además de que la relación laboral no es una relación de "libertad", como es obvio

Osea que trabajar es inconstitucional porque atenta contra el Artículo 17.

Genial.

Como ves si nos ponemos en plan interpretación bíblica aquí no se salva ni el tato.

Circular por la vía pública en un vehículo tampoco es una acción de "libertad". Se requiere cumplir unos requisitos y unas normativas, en caso contrario se prohíbe esa circulación. No atenta contra ninguna libertad ya que cumplir las regulaciones está al alcance de todos, lo sería si una de las regulaciones fuese ser caucásico o varón, pero no es el caso.

a

#17 No digo eso, sino todo lo contrario, que el 17 CE no tiene nada que ver con las relaciones de trabajo y por ello no las regula. En todo caso, tienes razón en que el Tc interpreta muy restringidamente el 17 CE y prefiere irse al principio del 1.1 (principio general de libertad) para estas cosas. En el fondo, da un poco igual (excepto en que el 17 es derecho fundamental y el 1.1 no, lo que importa a efectos de control jurisdiccional).

Las cuestiones sobre ser varón o caucásico no tienen que ver con la libertad sino con la igualdad. El problema que le veo a tu interpretación es que cualquier "regulación" puede ser admisible. Como la que llegó al TC alemán sobre la prohibición de llevar pasajeros en tu coche o la del Gobierno chino que prohibió hace unas décadas usar corbata... No sé. ¿Qué tipo de obligación o prohibición crees que atentaría contra nuestra libertad según tu visión?

sorrillo

#19 No digo eso, sino todo lo contrario, que el 17 CE no tiene nada que ver con las relaciones de trabajo y por ello no las regula.

Ni tiene nada que ver con el derecho a circular con vehículos por las vías públicas. Que es lo que te estoy diciendo.

Las cuestiones sobre ser varón o caucásico no tienen que ver con la libertad sino con la igualdad.

Y el casto no tiene nada que ver con la libertad sino con la seguridad vial.

El problema que le veo a tu interpretación es que cualquier "regulación" puede ser admisible.

No es cierto, por contra con tu interpretación cualquier regulación sería inadmisible ya que todas limitan la libertad de las personas en cierto grado. Excepto las que a ti te parecen bien que entonces no, esas no se ven afectadas.

¿Qué tipo de obligación o prohibición crees que atentaría contra nuestra libertad según tu visión?

Probablemente ninguna de las vigentes. Dime una que no exista y la comentamos, pero ahora no voy a inventarme prohibiciones absurdas para que luego me digas que no tienen nada que ver, porque efectivamente no tendrán nada que ver.

a

#1 Lamento que tu prejuicios te hayan impedido leer el texto. Si lo hubieras hecho verías que yo sí llevo casco.
#2 Lamento que no hayas leído el texto, donde precisamente se alude a esa cuestión a partir de un análisis jurídico que podrá ser mejor o peor pero que intenta ser coherente.
#3 Lamento que no hayas leído el texto, porque puede estarse de acuerdo o en desacuerdo con mi tesis, pero es imposible decir que "la Constitución ni pincha ni corta" en temas de libertad personal, que es justamente la parte por nadie discutida de lo que intento explicar.
#4 Lamento que no hayas seguido leyendo, porque quizás habrías entendido lo que significa que algo es "ilegal" y los problemas jurídicos que plantea (la obligatoriedad de uso del cinturón no es ilegal porque cumple con las exigencias constitucionales para restringir la libertad personal: que se apruebe por medio de una ley)

Lamentando todas estas cosas, os agradezco el interés por el tema. Un saludo.

sorrillo

#6 Lo he leído entre líneas, sí.

Te coges como un clavo ardiendo al artículo 17 como si fuera un comodín que sirva para todo.

En el patio de tu casa puedes ir en bicicleta sin casco si quieres, pero no en una vía pública. Las vías públicas se regulan por muchos motivos, uno de ellos es la seguridad pero hay otros como asegurar la disponibilidad de la vía (por eso no puedes aparcar donde te dé la gana, toma inconstitucionalidad a tu libertad personal) o asegurar el buen estado de ésta (buena suerte haciendo un agujero en medio de la calle sin permiso, por mucho que la Constitución te de la libertad de hacer lo que te de la gana, como tu dices).

Un ciclista con el cerebro desparramado en medio de la calzada atenta contra varios de los puntos anteriores.

Y eso sin salir de la vía pública, porque si entramos en ámbitos sociales y las consecuencias psicológicas que se puedan derivar ...

Vivir en una sociedad implica eso, vivir en sociedad. Si no quieres ninguna normativa te buscas un bosque y te pierdes. Alguna que otra normativa incumplirás, pero en general nadie te dirá que te pongas un casco ni nada parecido.

Me parece muy bien que estés en contra de la normativa y que luches para que se cambie, pero pretender usar la Constitución en ese contexto es matar moscas a cañonazos.

a

#8 Creo que tú mismo eres consciente de las diferencias entre ordenar el uso de un bien de todos, como es la calzada, y decirle a un ciudadano cómo ha de vestir. En todo caso, supongo que eres cosciente de que la misma lógica que defiendes permite al Estado todo tipo de medidas paternalistas que afectan a nuestros hábitos y costumbres. No digo que no entienda esta pulsión paternalista. Simplemente, la verdad, no me gusta nada. Gracias por la contestación.

sorrillo

#10 El casco no es un atuendo, el casco es una medida de seguridad.

Según tu forma de explicarlo a los trabajadores de una obra les dicen como vestirse. Pues no, les indican unos requisitos mínimos de seguridad como son los cascos o las armillas reflectantes.

Por cierto, entiendo que también estás en contra de la obligación de salir del vehículo con armilla reflectante, ¿verdad?

Circular en un vehículo por una vía pública no es un derecho fundamental del ciudadano. Es un ámbito regulado y para usar un vehículo se debe cumplir la normativa (seguro obligatorio en los vehículos que lo requieran, inspección técnica, medidas de seguridad, etc.).

Y la bicicleta es un vehículo.

a

#12 Hay diferencias obvias: el reflectante es una medida de seguridad vial que también (y esencialmente) está pensada para proteger a otros (que si no te ven pueden tener un accidente por tu culpa), un trabajador está desarrollando una actividad reglada y ordenada a partir de criterios que se confrontan con la libertad de empresa, que es un derecho fundamental mucho más "debil" que el 17 y permite, por esta razón, una intervención mucho mayor (además de que la relación laboral no es una relación de "libertad", como es obvio).

sorrillo

#13 además de que la relación laboral no es una relación de "libertad", como es obvio

Osea que trabajar es inconstitucional porque atenta contra el Artículo 17.

Genial.

Como ves si nos ponemos en plan interpretación bíblica aquí no se salva ni el tato.

Circular por la vía pública en un vehículo tampoco es una acción de "libertad". Se requiere cumplir unos requisitos y unas normativas, en caso contrario se prohíbe esa circulación. No atenta contra ninguna libertad ya que cumplir las regulaciones está al alcance de todos, lo sería si una de las regulaciones fuese ser caucásico o varón, pero no es el caso.

a

#17 No digo eso, sino todo lo contrario, que el 17 CE no tiene nada que ver con las relaciones de trabajo y por ello no las regula. En todo caso, tienes razón en que el Tc interpreta muy restringidamente el 17 CE y prefiere irse al principio del 1.1 (principio general de libertad) para estas cosas. En el fondo, da un poco igual (excepto en que el 17 es derecho fundamental y el 1.1 no, lo que importa a efectos de control jurisdiccional).

Las cuestiones sobre ser varón o caucásico no tienen que ver con la libertad sino con la igualdad. El problema que le veo a tu interpretación es que cualquier "regulación" puede ser admisible. Como la que llegó al TC alemán sobre la prohibición de llevar pasajeros en tu coche o la del Gobierno chino que prohibió hace unas décadas usar corbata... No sé. ¿Qué tipo de obligación o prohibición crees que atentaría contra nuestra libertad según tu visión?

LuisPas

#6 lamento que lo lamentes lamentandote tanto.

LuisPas

#6 lamento que lo lamentes lamentandote tanto.
Ahora me he leido el articulo, y he de decirte que pillo la bici todos los dias y no veo en que medida el casco me coharta la libertad.
Estas sacando las cosas de madre, la bici es un vehiculo y como tal tiene unas normas, a mi me jode que me obliguen a ponerme el casco para ir a comprar el pan, pero es que en 500 metros tambien te pueden matar.

rar

#6 ¿Por qué dices que no me he leído el texto?. Que, por cierto, es demasiado denso. Viene a decir que un Reglamento no tiene carácter de Ley, que sería lo necesario para que esta imposición fuera legal. Luego se hace unas pajas mentales para intentar razonar si la medida es proporcional. Y AHÍ es donde va mi comentario. Y lamento mucho que juzgues a los demás arbitrariamente.

a

#14 Porque pones como ejemplo de falla argumental del texto una cuestión, la del casco para motoristas o cinturón de seguridad, que sí está tratada (otra cosa es que lo esté mejor o peor, que te convenza o no el argumento). A mí no me importa que me puedan rebatir, es más, me gusta. Pero tu réplica me parecía increíble por estar eso que comentabas expuesto. Si eso piensas que es juzgar a los demás arbitrariamente, mis disculpas. Simplemente trataba de pedir que, si discutimos, lo hagamos a partir de lo dicho efectivamente. Un saludo.

rar

#15 Juzgas arbitrariamente cuando acusas a los demás de no haber leído el artículo. Y paso de discutir sobre un artículo que es de todo, menos de interés. Al menos para mi.

a

#16 Vale, dejo el tema, visto lo visto. Un saludo.

Mannu

#6 lamentas tantas cosas que igual el problema lo tienes tú y no toda la gente que decide dejar de leer el texto.
Es más, solo con leer el título pensé en no seguir leyendo, porque es tendencioso a más no poder.

Me da igual el marco legislativo, en este texto se están esgrimiendo argumentos CALCADOS a los que se esgrimen en este país cada vez que nos obligan a ponernos el cinturón en coche, el casco en moto, a no pasar de 120 en autovía, a no fumar en los bares, etc, etc.

Todo lo que no nos gusta, atenta contra nuestras libertades y/o es inconstitucional. Y para defender esta postura podemos citar cientos de leyes o bien interpretarlas a placer, total.. qué más da ¿verdad?


Llevar el casco circulando en bicicleta por la vía pública debería ser completamente incuestionable a día de hoy. Igual que lo es ponernos el cinturón, o que lleven casco los motociclistas. Punto.

Y soy ciclista, ojo. Quizá por eso me irrita todavía más el tema.

a

Gracias, de nuevo, por la aclaración. La regla, por así decirlo es "no subas nunca nada tuyo", ¿no? Oído cocina. ¡Y muchas gracias, de verdad, por las explicaciones.

tollendo

#6 Más bien es "no uses Menéame exclusivamente para subir tus cosas".

Un placer.

a

Ah, perdón. No tengo costumbre de meter las cosas que escribo, pero he pensado, a la vista del follón que había organizado con el tema (y la desinformación al respecto), que podía tener interés hacerlo.

Me llama la atención, de todos modos, que la penalización tiene que ver con haberlo hecho de manera "sincera", por así decir, usando mi usuario habitual y esas cosas. Me parece una regla equivocada porque incentiva la creación de falsos usuarios y esas cosas, ¿no?

Por bueno, son las reglas. Y las reglas las pone quien manda y quien puede. ¡Gracias por la información! (que me va a ahorrar el trabajo de volver a preocuparme de hacer algo así nunca, que son 5 minutos, pero mira, si no sólo no es bueno hacerlo sino malo... pues no se hace)

Gracias de nuevo por la información.

tollendo

#4 >>Me llama la atención, de todos modos, que la penalización tiene que ver con haberlo hecho de manera "sincera", por así decir, usando mi usuario habitual y esas cosas. Me parece una regla equivocada porque incentiva la creación de falsos usuarios y esas cosas, ¿no?

No, no lo creas. Gente que intenta hacer trampas las tenemos a diario y no suelen colar. Hay quien intenta promocionar sus sitios usando varios usuarios distintos pero tenemos métodos para detectarlo.

La norma de no permitir la autopromoción se ha debatido muchas veces. Y se ha llegado a la conclusión de que permitir la autopromoción/autobombo/spam haría de Menéame un auténtico coñazo.

a

#2 ¿En serio? ¡Qué cosas! La verdad es que es gracioso ver cómo van cayendo los zurriagazos de los usuarios esos con una especie dd medallitas (¿qué es eso?) cada vez que va subiendo. Son, además, tipos con mucho karma de ese. Pero vamos, a lo mejor es una casualidad o simple ruido en la muestra.

a

#14 Que la narrativa del bando vencedor nos la haya contado como una guerra de independencia no significa que lo fuera (o que lo fuera totalmente, o que lo fuera solamente). Lo cierto es que gran parte de las elites liberales españolas estaban al principio con el francés y sólo con el tiempo (la Pepa, de hecho, cumple un papel en este cambio) el bando español cuenta con esta parte de la población. Las grandes batallas, como es sabido, fueron de ejércitos donde se mezclaban españoles (pocos) en ambos bandos, con ingleses y franceses, que liquidaban en suelo español, y ambos con aliados locales, sus cuitas europeas. En el fondo, la guerra fue la primera vuelta de los sucesivos enfrentamientos que, con distinta narrativa pero igual fondo, enfrentaron a conservadores y liberales a lo largo del siglo XIX español, mientras unas estructuras de poder central muy débiles y secuestradas por ciertas elites eran incapaces de construir una nación moderna. Álvarez Junco cuenta muy bien esto último en su libro Mater Dolorosa.

ChukNorris

#16 La narrativa del bando vencedor (España) y la del bando perdedor (Francia) coinciden en este caso y ninguno trata ese periodo como una guerra civil. Que haya un alto número de afrancesados luchando con el bando francés no lo convierte automáticamente en una guerra civil, simplemente eran traidores.

a

#7 Por supuesto, el contexto y lo que era o no posible es el marco de comparación, juicio y crítica adecuado. Por eso justamente se trata de entender qué es lo que fue la Constitución de 1812, por qué llegó hasta donde llegó y no a más, sin caer en un ridículo elogio desmesurado que deforma la realidad y nos impide entender nuestro pasado. Como he escrito, no creo que el texto constitucional careciera de méritos y tuvo gran influencia en nuestro desarrollo constitucional posterior (y el americano). Y es obvio, como dices, y también menciono, que el entorno de guerra civil (la de Independencias y luego las carlistas) no ayudaban nada. Pero reconocer ese mérito en su justa medida requiere, precisamente, de un análisis recto y realista, no de ditirambos sin medida (y sin demasiado apoyo).

ChukNorris

"Se aprueba el texto, recordemos, en plena Guerra Civil entre afrancesados y “nacionales”

¿Desde cuando la guerra de independencia contra Francia se considera una guerra civil?
cc/ #12

a

#14 Que la narrativa del bando vencedor nos la haya contado como una guerra de independencia no significa que lo fuera (o que lo fuera totalmente, o que lo fuera solamente). Lo cierto es que gran parte de las elites liberales españolas estaban al principio con el francés y sólo con el tiempo (la Pepa, de hecho, cumple un papel en este cambio) el bando español cuenta con esta parte de la población. Las grandes batallas, como es sabido, fueron de ejércitos donde se mezclaban españoles (pocos) en ambos bandos, con ingleses y franceses, que liquidaban en suelo español, y ambos con aliados locales, sus cuitas europeas. En el fondo, la guerra fue la primera vuelta de los sucesivos enfrentamientos que, con distinta narrativa pero igual fondo, enfrentaron a conservadores y liberales a lo largo del siglo XIX español, mientras unas estructuras de poder central muy débiles y secuestradas por ciertas elites eran incapaces de construir una nación moderna. Álvarez Junco cuenta muy bien esto último en su libro Mater Dolorosa.

ChukNorris

#16 La narrativa del bando vencedor (España) y la del bando perdedor (Francia) coinciden en este caso y ninguno trata ese periodo como una guerra civil. Que haya un alto número de afrancesados luchando con el bando francés no lo convierte automáticamente en una guerra civil, simplemente eran traidores.

a

Hola. Gracias a los votos y los comentarios. Sinceramente, algo como esto, con mi tendencia al rollo, es lo último que yo me imaginaba que pudiera concitar interés masivo en Menéame. No sabéis lo que me alegra comprobar que estaba equivocado. Muchas gracias, además, por los comentarios. Los de aquí y los del blog.

jozegarcia

#4 De nada, buen artículo.

a

La verdad es que lo que ha pasado durante estos años es de traca, pero al menos tiene esos toques berlanguianos que nos hacen especiales. 600 euritos para montar eso de la imagen gráfica de un congreso de 2 millones de euros. ¡Y luego nos quejaremos de que derrochaban el dinero!

a

#56 Fayser, soy consciente de que ese episodio es una anécdota. Pero me encanta por lo reveladora que es. El encargado de innovación educativa de mi Universidad decidiendo que no se pueden leer libros porque eso va contra Bolonia... Me parece un absurdo tan berlanguiano. Gracias por la crítica. Tomo nota.

a

Muchas gracias a todos por los meneos, los comentarios y las críticas.

En el texto no se habla de Bolonia ni se dice que los problemas descritos los haya creado la reforma. Se dice que los ha agravado y potenciado. Y, en concreto, se critican las sucesivas ampliaciones de grupos y reformas de planes de estudio sucesivas sin demasiada previsión, orden, ni concierto.

No creo que la enseñanza pública funcione peor que la privada, ni mucho menos. Creo que en el texto queda clara mi opinión sobre la educación de chiringuito.

Por último, tampoco pido recortes drásticos sino dejar de derrochar y ampliar plantillas y mapas de titulaciones. No por nada sino porque si no lo hacemos un día nos encontraremos con que habrá que reducir salvajemente por no haber racionalizado a tiempo.

a

Soy el autor del artículo. Gracias por los comentarios y la discusión. Me ha parecido muy interesante descubrir en el #78 que UPyD no sólo se ha manifestado por boca de gente como Martínez Gorriarán a favor de que el Estado metiera pasta sino que allí donde tienen pasta han estado activos en esta dirección.

Respecto de la discusión la sensación que me queda es que a quienes siguen confiando en UPyD, como a sus líderes el laicismo se la pela. Hoy en El País Marc Carrillo publica un artículo muy interesante sobre lo que es un Estado aconfesional. Merece la pena leerlo.

a

El artículo debería ser de obligada lectura ciudadana. O empezamos a debatir en serio estas cosas o nos la meterán, una vez más, doblada.

Dasoman

#4 El problema es que el copago (o repago) es un sí o sí tanto para PSOE como para PP. Ninguno lo incluirá en su programa, pero en cuanto pasen las elecciones de 2012 nos la van a colar como puedan.

Está claro, #Nolesvotes y todo eso, pero o esto da un vuelco épico (yo ya intento convencer a mis padres para que dejen de votar al PSOE) o nos lo comeremos con patatas.

a

Gracias a todos por los comentarios y los meneos. Acabo de enterarme de que esto había entrado aquí y se estaba comentando.

Por centrar el tema, la cuestión no es si nos parece bien o mal la manifestación. Cada cual puede tener su opinión. De eso se trata en una democracia, ¿no? La cuestión es cuándo es sensato limitar ese derecho. ¿Cuando se molesta a alguien? ¿Cuando las opiniones hieren? Pues no. Nuestra Constitución, y es razonable esta solución (de hecho, es la de cualquier país democrático liberal), estima que sólo cabe la prohibición cuando haya peligro para bienes o personas. No cuando pueda haber "molestias".

El problema es que meras "molestias" se entiendan como justificadoras de una prohibición. Y si hay previsión de conflictos porque se evalúa que las huestes católicas son peligrosas (al estilo de las hordas que celebran un mundial de fútbol bien cargaditos de alcohol) y pueden agredir a los manifestantes ateos, pues lo que hay que hacer es garantizarles protección policial. Todo lo más cambiar el recorrido por uno menos conflictivo. Pero nunca prohibir la manifestación.

Luego ya está el tema de traca de que se inicie por este asunto una imputación penal. Eso es algo que sólo se ve en países como Arabia Saudí. En un Estado de Derecho serio el Código penal se dedica a resolver conflictos de verdad, se limita a castigar las más graves acciones contra la convivencia. Delitos de opinión o de blasfemia no debiera ser aceptables en un país moderno.

Andrés Boix Palop (el autor)

a

A mí me parece más interesante que el de la religión porque trata más temas y además son cuestiones más polémicas si cabe.

a

Ambas entregas son imprescindibles para comprender cómo funciona el modelo sanitario timo de gestión privada.

Lo peor de todo es que esto, desde Valencia, se está extendiendo al resto de España.

c

#2 No se si esto se ha inventado en Valencia, pero creo que en Madrid ya lleva un tiempo cociendose la misma situación. Se nota que son gobiernos diferentes... oh, wait!!!

Viva España y que vivan los políticos, pero que vivan lejos.

a

#15 gracias por la información. Puede haber ocurrido que se haya registrado gente para votar porque hemos retuiteado que alguien nos había metido en menéane. Supongo que será eso. Lo cual no es spam organizado, creo. Pero si el sistema para filtrar los casos de spam requiere de filtrar noticias con muchos meneos de usuarios sin historial pues es inevitable que se lo lleve por delante. Gracias de nuevo.

a

¿Sabéis por qué de repente ha bajado mucho el karma a pesar de que no hay ningún voto negativo a la noticia? ¿Cuál es la razón de que pueda pasar algo así?

padre

#12, el algoritmo pega un azote al karma cuando, entre otros motivos, detecta que hay demasiados usuarios con baja actividad que votan la noticia. Se hace para evitar el spam organizado desde una página externa.

¿Crees que ha sido un falso positivo? Si no, se pueden analizar los votos de los usuarios (para eso son públicos) para comprobar si hay algo raro.

a

#15 gracias por la información. Puede haber ocurrido que se haya registrado gente para votar porque hemos retuiteado que alguien nos había metido en menéane. Supongo que será eso. Lo cual no es spam organizado, creo. Pero si el sistema para filtrar los casos de spam requiere de filtrar noticias con muchos meneos de usuarios sin historial pues es inevitable que se lo lleve por delante. Gracias de nuevo.

a

Yo lo he meneado. Creo que es importante conseguir que cosas así se difundan lo más posible.