rayapuntoraya

#116 Yo tampoco he visto lo de las diez plantas, lamento el error. Tendría que preguntárselo al profesor de urbanismo que lo explicó el curso pasado en la UPV (a los de obras públicas). Lo que encuentro en la normativa es lo siguiente (Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, como bien has citado):

Artículo 10, punto 2. Son obligaciones del proyectista:

Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según corresponda, y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En caso de personas jurídicas, designar al técnico redactor del proyecto que tenga la titulación profesional habilitante.

- Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto.

- Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas... (es más largo el artículo)

Artículo 2, apartado 1 (al que se refiere en el art. 10 es el siguiente, aunque no lo he puesto entero pues no es necesario):

1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:

grupo a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural (

rayapuntoraya

#64 Totalmente de acuerdo, qué pocos saben sobre este tema!! De hecho, qué pocos saben sobre la ley que impide a cualquier ingeniero de caminos (actual obras públicas) firmar un proyecto de edificación (una de las especialidades que pueden realizar) si no tiene al menos diez plantas para así obligarles a contratar a un arquitecto... En fin, me arriesgo a muchos votos negativos, pero esto es algo que se tiene que saber.

Pancar

#99 ¿Qué ley es esa que habla de las diez plantas? Porque mirando por encima la Ley de Ordenación de la Edificación no veo nada parecido a eso.

rayapuntoraya

#116 Yo tampoco he visto lo de las diez plantas, lamento el error. Tendría que preguntárselo al profesor de urbanismo que lo explicó el curso pasado en la UPV (a los de obras públicas). Lo que encuentro en la normativa es lo siguiente (Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, como bien has citado):

Artículo 10, punto 2. Son obligaciones del proyectista:

Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según corresponda, y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En caso de personas jurídicas, designar al técnico redactor del proyecto que tenga la titulación profesional habilitante.

- Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto.

- Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas... (es más largo el artículo)

Artículo 2, apartado 1 (al que se refiere en el art. 10 es el siguiente, aunque no lo he puesto entero pues no es necesario):

1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:

grupo a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural (

D

#99 lo gracioso es que actualmente, los ingenieros de caminos y de obras publicas SI pueden construirse su propia casa, sin necesidad de arquitectos que firmen nada.

rayapuntoraya

#93 Sí. Desde luego que sí, de hecho recuerdo que, como muy pocos saben, los ingenieros de obras públicas tienen una rama de edificación (actualmente el grado de obras públicas viene a ser el caminos de antes) y, lo que no es solo edificación (de edificios, para evitar dudas), pues también está presente el diseño en puentes, por ejemplo.

d4f

#98 No, desde luego que no, tienen una formación funcional, no una formación artística. Sí te crees que para un ingeniero es importante que las cosas queden bonitas estás muy equivocado, con que no sean horrendas es más que suficiente.

rayapuntoraya

#62 Tómate tu pastilla de educación que a mí no me hacen falta, chaval O eres muy listo o en pocos despachos de arquitectos has estado.

rayapuntoraya

¿Cuántos de aquí han hecho una ingeniería y saben -al menos respecto a las ingenierías de caminos, canales y puertos y/o obras públicas- que estos son perfectamente aptos para calcular estructuras y realizar diseños (partes fundamentales de la carrera, entre otras materias)? ¿Y cuántos saben que los arquitectos subcontratan ingenieros para que les calculen las estructuras de los edificios que ellos quieren realizar? Conozco, incluso, el caso de un arquitecto que está estudiando Caminos para evitarse tener que contratar a tantos y así ahorrar gastos (y se las está viendo negras para aprobar...). En fin, los cambios son difíciles de aceptar por lo general y yo solo vería motivo para protestar lo que dice #39 porque los ingenieros, #48, sí tienen esa formación y alguna más: ¿o es que obras públicas no engloba edificaciones?

C

Vaya sarta de disparates. Proyectar edificios no es sólo calcular estructuras, que de hecho es en realidad algo secundario. Quien quiere dedicarse a proyectar edificios estudia arquitectura, porque arquitectos son los que proyectan edificios (viviendas, culturales, etc). En este pais cualquiera puede firmar un proyecto de edificación, tan sólo tiene que sacarse el título de arquitecto (o como se llame ahora, que esa es otra).
#51 ¿Todos los arquitectos subcontratan ingenieros para calcular? ¿Si un arquitecto no estudia Caminos no sabe calcular estructuras? Anda tío, tómate la pastilla.

rayapuntoraya

#62 Tómate tu pastilla de educación que a mí no me hacen falta, chaval O eres muy listo o en pocos despachos de arquitectos has estado.

d4f

#51 ¿Los ingenieros tienen formación artística? ¿Qué ingeniería es esa? Bueno... diseño industrial puede que tenga formación artística pero justo por eso se les vacila con que son ingenieros de pega.

rayapuntoraya

#93 Sí. Desde luego que sí, de hecho recuerdo que, como muy pocos saben, los ingenieros de obras públicas tienen una rama de edificación (actualmente el grado de obras públicas viene a ser el caminos de antes) y, lo que no es solo edificación (de edificios, para evitar dudas), pues también está presente el diseño en puentes, por ejemplo.

d4f

#98 No, desde luego que no, tienen una formación funcional, no una formación artística. Sí te crees que para un ingeniero es importante que las cosas queden bonitas estás muy equivocado, con que no sean horrendas es más que suficiente.

rayapuntoraya

Esto es un señor reportaje. Muy, muy interesante. Enhorabuena al autor! Y completamente de acuerdo con #1.

v

#1 #2 O sea, traducciones de traducciones que no respetan la licencia original? Por cierto, la palabra "fuente" parece que para esta gente significa "texto que traduzco", no fuente.

s

Por cierto #2, cuando das la enhorabuena al autor, te refieres a Matthias Schulz, ¿no?

rayapuntoraya

El periodismo está en constante evolución y más con la aparición de nuevos medios y soportes. Si no nos adaptamos a las nuevas oportunidades, como dice #2, solo queda morir y adaptarse no es solo utilizar un nuevo formato, sino también, saber utilizarlo y conseguir que lo que se realiza en ese formato no pueda ser hecho en ningún otro. Desde luego, en España deberíamos aprender de proyectos como el del NYT (y de su periodismo, al igual que el de otros grandes medios).

rayapuntoraya

¿A nadie le ha pasado por casa un tío de Iberdrola para informar que puedes pedir que te cobren todos los meses lo que gastas solamente (vamos, sin lectura estimada) y manteniéndote el precio hasta 2015? El truco de esto (por desgracia, lo he comprobado) es que cuando llamas te dan unas condiciones y tras grabar un momento de la conversación con el teleoperador (te avisa él que lo va a hacer para que quede grabado el contrato) en el que aceptas el nuevo cobro mensual en el que te mantienen la tarifa, cogen y te dicen "vale, pues entonces te cobrarán tanto y tanto por kW" y qué curioso que el precio es mayor al acordado antes de grabar el contrato telefónicamente y mayor, obviamente, del que cobran en la actualidad. Flipante y sin solución por ahora...

k

#9 A mi me han venido a casa dos jovencitos que de ían ser de Endesa, ofreciendo el cambio a factura bimensual. Para cambiar tenías que firmar un contrato de suministro de gas y electricidad. Aunque te aseguraban que no cambiaban en nada tu contrato actual, me sonó a timo...

rayapuntoraya

Todo un ejemplo a seguir, pero tanto en el sector bancario como político y como en todos se debería hacer en España. Lástima que aquí sobren enchufes y falte vergüenza.

andresrguez

#5 Han tardado 4 años desde el inicio de la crisis y éstos son los primeros condenados. Aquí llevamos unos 2 años y con los banqueros (principalmente los de Bankia) como imputados. No vamos tan mal.

Anikuni

#6 Y...

¿En cuanto a desahucios como vamos? muchisimo peor
¿En cuanto a convertir deuda privada en publica? nos arrasan
¿En cuanto a recortes? nos vapulean

¿En serio no vamos tan mal?

andresrguez

#12 Punto 1 y 2... correcto lo que dices. El punto 3, los recortes en Islandia ya comenzaron en 2009 http://eng.fjarmalaraduneyti.is/Frontpage-fjr/nr/14568 http://eng.fjarmalaraduneyti.is/customs-and-taxes/principaltaxrates/nr/11977 con subidas de impuestos para TODOS los ciudadanos, independientemente de su nivel de renta y con recortes en Sanidad y Educación, así como en partidas de bienestar social y un largo etcétera.

#18 Condena a 3 meses de cárcel...

D

#19 No será suficiente, pero aquí hay muchos directivos como ellos que han hecho fraude con cientos de millones y no lejos de no ser castigados alguno se ha ido con primas...

Si nos quejamos, con razón, de lo leve que es la justicia en Islandia si la comparamos con la de aquí...

D

#5 Hombre, 4 años de espera para ver dos banqueros en carcel 3 meses, no parece un ejemplo a seguir.

rayapuntoraya

Lo peor que se me ocurre a mí de todo esto es que, mientras la sociedad pide justicia y un aumento de la pena en casos como este, haya abogados y jueces que dicen que el Código Penal español es de los más duros (de hecho, me lo han llegado a decir en clase, en la universidad...) y que habría que "desendurecerlo". Sinceramente, lo que es duro es aguantar que esto pase cada dos por tres con niños y adultos (especialmente mujeres).

rayapuntoraya

#208 Estoy de acuerdo contigo en todo!! Y, como dices, el despilfarro no solo es valenciano... Por poner ejemplo, Cataluña y Madrid no están mucho mejor (y digo ejemplo, que hay más). ¿O es que la burbuja inmobiliaria, entre otras, se ha creado sola? Probablemente en Valencia se vea más, pero no por ello es el único lugar.
Por último, como valenciana, también verifico que no hay mucha alternativa al PP (¿Quizá Compromís? Probablemente, es la mejor alternativa que tenemos...)

rayapuntoraya

Lo peor de todo es que Mapfre ya hace esto a diario con accidentes de coche... Ahora también en accidentes de aviones (que no aéreos porque ni despegó) y, si mañana pasa algo en un barco, pues lo mismo harán. Lo peor de todo es que la gente todavía confíe en esta empresa, este tipo de empresas y casi casi en cualquier empresa: Todo lo que sea cobrar bien, pero cuando tienen que cumplir la otra parte del contrato... :-

S

#19 #20 Un vecino mio fallecio (de muerte natural estando sano con 35 años) y tenia dos seguros de vida. Pues ninguno de los dos quiere pagarle la hipoteca y se agarran a cualquier detalle para no pagar.

Cuando a uno le concenden una hipoteca le "obligan" a firmar un seguro de vida para esos casos. Si lamentablemente se da el caso NO PAGAN y hay que llevarlos a juicio. ¡Que asco!

cookieforker

#23 eso es problema del banco, que es el beneficiario del seguro y no tú.

S

#62 No sé quien es el beneficiario, lo que sé es que los dos seguros de mi vecino son papel mojado y ahora mi vecina se tiene que hacer cargo de toda la hipoteca y reclamar judicialmente al seguro.

rayapuntoraya

Sin periodismo libre no hay democracia. Como estudiante de periodismo no veo ni osadía ni nada malo en preguntar aquello que quiere conocer la ciudadanía.

D

#9 También como estudiante de Periodismo comparto tu opinión. Es el trabajo del periodista, informar de aquello que interesa al lector.

sintesisnianalisis

#9 #10 ¿Sois estudiantes de periodismo?

¡Huid, insensatos!

rayapuntoraya

#10 Mecano no les puede denunciar si han pagado derechos de autor. Los dueños de la canción en versión heavy son Stravaganzza y a ellos es a quien se les paga derechos de autor en un programa así para que no denuncien al programa y, por tanto, se les debería reconocer la propiedad de la canción y no decir que la han hecho a posta para Rafa wall