Como cada mes, yo esperaba una factura de luz de la compañía donde fundamentalmente se cobrase la potencia contratada, puesto que la vivienda es de uso turístico y suele estar vacía en invierno y primavera, pero descubrí que en la factura, también se cobraba la potencia consumida con un importe tan elevado que me causó sorpresa y estupor a partes iguales.
Reclamé a la comercializadora regulada Gas Power del grupo Naturgy y enseguida me llamó por teléfono una chica del servicio de atención al cliente de la compañía en la que confirmaba con una risa casi inaudible que la compañía que me suministra de la luz no me facturó por la potencia consumida que figuraba en el contador inteligente porque este aparato no hizo ninguna medición y que ya me compensarían en la próxima factura (sic). Tambien recibí un correo electrónico que adjunto donde reconocían sin ningún pudor esta infamia.
Los lumbreras de la comercializadora regulada Gas Power del grupo Naturgy decidieron por que sí, porque ellos lo valen, estimar un consumo de energía eléctrica ficticio de 620 Kwh en una vivienda deshabitada para el periodo comprendido entre el 20 de marzo y 20 de abril de 2023. Esta comercializadora emitió una factura falsa cobrando por conceptos que nunca se han producido y no aparece ninguna nota en la misma en la que se me advierte de este hecho.
La pregunta es ¿Cuántas veces La comercializadora regulada Gas Power del grupo Naturgy habrá hecho algo así con una vivienda habitada sin que se enterase sus clientes y no se lo habrán notificado?
Comentarios
#0 FYI: Si tienes ganas, puedes reclamar y esa factura no te la pueden cobrar, es ilegal. Pon primero una reclamacion a la empresa y luego en la oficina de consumo. Es partido ganado, pero pueden tardar 1 año o asi y te devolveran todo lo cobrado en la factura sin ajustarlo con el mes siguiente.
#2 Estoy en ello.
#2 #3 La estimación de la lectura es legal desde el año de la caída de Numancia, siempre que se cumpla un número de lecturas reales al año (creo que dos). Reclama, no te van a poner problemas.
#4 No no lo es, solo en los casos en los que el contador no se pueda leer porque es imposible la ley lo permite (el dueño no permite el acceso o ha caido una nevada, no puede subir nadie a ver el contador o alguien ha rebentado el contador) lo cual, en la mayor parte de los casos, desde que hay contadores electronicos jamas puede suceder.
https://www.ilpabogados.com/es-legal-la-facturacion-con-lectura-estimada-del-contador/
Y el tercer y cuarto párrafo del apartado 1 del artículo anterior nos dice:
“En aquellos suministros en los que el encargado de lectura no pueda acceder al equipo de medida para realizar la lectura, deberá dejar un aviso de imposible lectura en el que se indique un número de teléfono y una dirección web mediante la cual el usuario podrá facilitar la lectura de su equipo, así como el plazo para hacerlo. En el aviso de imposible lectura se especificará la información que deberá indicar el usuario para poder facilitar dicha lectura. En el caso de que el usuario no ponga a disposición del encargado de la lectura, la lectura de su equipo de medida en el plazo de dos meses desde el aviso de imposible lectura, el encargado de la lectura podrá estimar el consumo de dicho suministro en función del procedimiento recogido en la normativa vigente en cada momento."
Otro fragmento.
Existe normativa que regula los supuestos en los que las eléctricas están facultadas para su emisión. Concretamente, cuando no hay libre acceso a los contadores que impide su lectura y en los casos de rotura de contador.
Y si, te han estado timando media vida, a mi tambien. Me he enterado ahora porte tengo un compañero que acaba de aprobar unas opos para la oficina de consumo. Un saludo.
Se sabe a quien han fichado de PPSOE…?