Hace 4 años | Por --637383--
Publicado hace 4 años por --637383--

Comentarios

GatoMaula

#0 Articulazo, de meneo obligado.

Me permito hacer una pequeña reseña al antecedente romano que supuso la aprobación de la Lex Agraria del 111a.c., también conocida por Lex Sempronia.

"Las bestias que discurren por los bosques de Italia, tienen cada una sus guaridas y sus cuevas; los que pelean y mueren por Roma sólo participan del aire y de la luz, y de ninguna otra cosa más, sino que, sin techos y sin casas, andan errantes con sus hijos y sus mujeres; no dicen verdad sus caudillos cuando en la batalla exhortan a los soldados a combatir contra los enemigos por sus aras y sepulcros, porque de un gran número de romanos ninguno tiene ara, patria ni sepulcro de sus mayores; sino que por el regalo y la riqueza ajena pelean y mueren, y cuando se dice que son señores de toda la tierra, ni siquiera un terrón para su sepultura tienen propio."

Discurso de Tiberio Sempronio Graco, Tribuno de la plabe (recogido por Plutarco).

D

#1 Pues me alegro de que te haya gustado, gracias por el comentario. Tus aportaciones creo que son bastante buenas también. Son bien recibidas.

D

#0 Buen artículo. En general solo haría dos matizaciones que considero de importancia sobre la siguiente afirmación:

"Después de aproximadamente dos siglos desde la aparición del modelo de relación laboral que todavía se utiliza -el trabajo por cuenta ajena voluntario y retribuido-".

Lo que denominas "modelo de relación laboral" esto es, la prestación de un servicio por cuenta ajena, dependiente, voluntario y retribuido, es anterior al propio derecho del trabajo, yo incluso me abstendría de ponerle fecha porque puede ser antiquísimo. Esto es lógico, el derecho del trabajo no creó el trabajo, sino que el trabajo creó el derecho del trabajo, y a partir de entonces, en momento distinto en cada lugar, quedó encuadrado bajo él.

Como puedes ver he agregado el componente de la dependencia en la matización anterior, y esto se debe a que, en los países de nuestro entorno se "desecha" la idea de que lo distintivo de la relación laboral sea la ajenidad, aceptándose en su lugar como elemento determinante la subordinación o dependencia (caso de Italia por ejemplo). Creo que sería incorrecto decir que tales son los elementos que definen "el modelo de relación laboral" cuando en realidad se trata de una visión bastante particular y nacional, el cual no tiene gran protagonismo en la normativa internacional.

D

#3 Gracias por el comentario. Soy un aprendiz en la materia, y escribí el artículo como si estuviese haciendo un trabajo para clase. Tenía algunas de las ideas y la estructura, y me fui documentando un poco sobre la marcha. Pero bueno... me ha gustado hacerlo porque he aprendido algunas cosas, y estoy satisfecho.

Veo que es una inexactitud hablar de la aparición de este modelo laboral, por lo que dices, que debe ser muy antiguo. Quizás hubiese sido mejor decir que desde la época de la Revolución Industrial es el modelo predominante, pero pensé que anteriormente se daban relaciones basadas en la esclavitud o en la servidumbre, y que la "relación voluntaria, retribuida, por cuenta ajena y dependiente" sería en la antigüedad una más, o incluso minoritaria.

El párrafo final fue un párrafo de cierre del artículo, y quería pasar un poco de puntillas por su contenido para salir airoso cuanto antes del atolladero en que me había metido. Entonces, no quise "calcar" las notas características de la relación laboral que se desprenden del art 1.1 ET, (voluntariedad, retribución, cuenta ajena -pérdidas y ganancias son del empresario-, y dependencia -a las órdenes del patrón-), porque, aunque hoy son las que se aceptan en nuestro ordenamiento como definitorias de la relación, realmente no sabía si en otras épocas o en otros ordenamientos se define o definió la relación laboral igual que ahora en España, y lo dejé ahí en plan... "poco más o menos", pero reconozco que debí haber sido también un poco más riguroso con eso, y haber investigado un poco.

En cualquier caso, las correcciones o matizaciones son bienvenidas, y me ha parecido bien lo que has escrito. Y me alegro si te ha gustado el artículo.