El juzgado de Instrucción número 41 concluyó que “no ha quedado acreditada la comisión de ilícito penal alguno” sobre un caso relacionado con los ‘protocolos de la vergüenza’. Este periódico ha tenido acceso a los textos que certifican la demanda, así como al auto de sobreseimiento, pero se reserva datos personales por respeto a la persona afectada y su familia