Desde el 3 de abril de 2025, la nueva normativa de alquileres turísticos otorga a las comunidades de vecinos la potestad de vetar o permitir nuevos pisos turísticos en sus edificios. Para decantarse por una u otra cosa, la comunidad de propietarios debe reunirse en junta y llegar a un acuerdo. Si su intención es evitar los alojamientos para turistas, la resolución debe rechazarlos expresamente y estar respaldada por al menos el 60% de los propietarios. Una vez con el acuerdo firmado, deben aportarlo al ayuntamiento para que éste lo registre.
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