Hace 9 años | Por --433403-- a foro.elhacker.net
Publicado hace 9 años por --433403-- a foro.elhacker.net

La Audiencia Provincial de Castellón ratificó el pasado miércoles la sentencia condenatoria, que hace poco más de un año le impuso el Juzgado de lo Penal número cuatro de la capital de La Plana al propietario de las páginas web de enlaces Bajatetodo.com, por la comisión de un delito continuado contra la Propiedad Intelectual al considerar que las webs de enlaces a contenidos ilícitos son también ilícitas

Comentarios

D

Menuda sentencia más curiosa, en vez de aplicar la ley lo que hacen es interpretarla, de modo que no la cumplen. Muy típico de la justicia española, que cuando hay que interpretar a favor del ciudadano no quieren interpretar nada y aplican al pie de la letra leyes pensadas para cosas que no tienen nada que ver con el caso, pero cuando hay un poderoso en el proceso, ahí si que reinterpretan todo lo que necesiten para decir que la finalidad de la ley es darle la razón al fuerte, y que es irrelevante lo que diga la ley en cuestión.

Moléculo

La justicia está matando la música

D

Hola, igual que la otra vez, en la anterior sentencia, escribo por aquí. Soy el acusado.
Esta vez, ha sido en el provincial, han hecho un copia-pega para el que han tardado algo más de un año y se han quedado tan anchos.
Nuevamente, la sgae y compañía ha filtrado la noticia por todos los medios porque esto es muy beneficioso para ellos.

La ratificación, igual que la anterior sentencia, está llena de cosas que no son así, que expliqué en el juicio y que no tuvieron en cuenta, como que no eran descargas directas como dan a entender, sino elinks de emule, que nisiquiera se creaban en bajatetodo, se copiaban de otras webs.

Por otro lado, hablan de que se ingresó 21000 euros, pero es que yo además de esas, tenía otras que generaban más dinero y de las que no se me acusa, pero han metido los ingresos en el mismo saco... además de que esto fue durante 4 años y prácticamente todo se lo llevaba el server (quien tenga webs, sabrá de lo que hablo)

Nuevamente en la noticia no vuelven a indicar que es una sentencia recurrible, esta vez en el tribunal de justicia europeo, a ver si ahi tienen algo más de sentido común.

D

Por otro lado, la ley ahora no es igual que en 2006, a mi se me tienen que aplicar las leyes de 2006, no pueden justificarse con lo de " al considerar que las webs de enlaces a contenidos ilícitos son también ilícitas " que es algo que salío después.