#424 "Es este artículo el que avala la legislación de medidas de discriminación positiva " solo en ciertas cabezas algo retorcidas en las que "promover condiciones" parece ser equivalente a castigar más duramente en la ley un mismo acto si es realizado por un hombre a si lo hace una mujer, algo que contradice sin lugar a dudas el artículo 14 de la constitución.
Para que una ley sea constitucional tiene que cumplir absolutamente todos sus artículos, no los que te interesen a ti.
#48 La Constitución también dice, en su artículo 9.2, “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”. Es este artículo el que avala la legislación de medidas de discriminación positiva para colectivos que, en la realidad, tienen dificultades para poder disfrutar de dicha igualdad. Legislación en este sentido hay bastante, por ejemplo las medidas para facilitar la integración de los discapacitados en la sociedad. Leyes contra las que aún no he escuchado decir que son inconstitucionales por ser discriminatorias. Se puede discutir sobre si el colectivo femenino tiene dificultad para ser tratado con igualdad en la sociedad actual y realmente necesita medidas de discriminación positiva, o si estas medidas son o no las más adecuadas, pero no que la ley sea inconstitucional.