#182 Un inspector de trabajo solo puede actuar de forma oficial en un sitio de trabajo. Si un local claramente no esta en situación activa o laboral, el señor no puede tener ni puede ser respetado como que esta actuando en capacidad oficial. Si un inspector de trabajo se presenta a la playa mientras estas de vacaciones y te pide tu identificación mientras estas echado en la toalla, se que te sorprenderá, pero no hace falta que te identifiques.
Un inspector de trabajo no es fuerza de seguridad del estado. Es oficial en las circunstancias que le permiten ser oficial. Otra cosa es que toque que el caso llegue a las cortes de Europea para reconocer sentido legal común, como suele ser habitual con la justicia Española.
#160 Nada tiene que ver que el local esté claramente cerrado o en alquiler. El caso es que al no identificarse el señor, el inspector no puede saber si es el dueño del local (abierto o no) o un pintor contratado por el dueño (aunque tengas un local cerrado puedes contratar a otro para que lo pinte).