Estás confundiendo islam con un hádice muy debatido y nada dogmatico suní. En el islam en general está prohibido el matrimonio con preadolescentes y cualquier práctica sexual dolorosa o dañina. Jurisdiccionalmente está prohibido el sexo con menores.
Salvo Isis, talibanes y similares ramas suníes extremistas. Nada de lo que dices aplica al islam que práctica la mayoría de musulmanes.
Nada. Repito. Lo que dices es un bulo. Así de claro.
Hasta donde sé, en el Nótame puede hablar cualquiera. Si quieres hablar en privado, habla en privado.
Heredar qué? Yo que tú buscaría mejores formas de comunicar lo que expresas. Parece que vengas aquí a luchar contra todos o algo así. Qué te crees un héroe de la derecha metido en un bastión de izquierda para luchar contra el comunismo? Es que algunos venís con una película mental tan desarrollada que da miedo.
@vazana@Tumbadito@EGraf Yo ya te he dado argumentos varios para no generalizar. Y ahora has generalizado que son bandas de violadores. Pues en mi ciudad aun no han violado a nadie y los que conozco son unos agradables y otros no, como todos los demás habitantes de la ciudad. Ninguna mujer lleva Burka, solo se tapan el cabello, alguna al más puro estilo virgen María. Pero como digo, las experiencias personales no valen. Tampoco creo que violen al grito de por Allah. Tampoco creo que a todos los de VOX les hayan violado los musulmanes, creo...
Centrándonos nuevamente. El islam se basa en el Corán, si. Existen multitud de religiones en torno al Coran, no todas lo interpretan igual ni todos son fervorosos yihadistas. Y lo mismo que un cura te dice que hay que interpretarlo y blabla bla, en el islam es igual. Por lo tanto la gente no es consciente de las barbaridades literales que pone en biblia y Corán, solo siguen la religión que les cascarón de niños.
Y luego de eso, reiterarte que estás encorsetando todo a criterios interpretativos de ISIS o talibanes. Por el contrario tienes Sufies y Alevies donde no hay nada de lo que comentas. Vamos que es como si tomases a todos los cristianos por inquisidores. Y déjate de tanto ChatGPT.
@PasaPollo Uy uy que te cuenten los que saben. Pero un usuario dijo algo de que Meneame infringía la ley y le han baneados por la reciente norma que obviamente los usuarios que no se pasan todo el día aquí no conocen. Imparsifal hizo un artículo inclusive.
@Tumbadito@vazana@EGraf@vazana No sé qué le pasa con el islam, literalmente te lo cuenta como si todos fuesen del ISIS. Si se demoniza en base al Coran, perfecto, pero entonces está al mismo nivel que cristianismo y judaísmo y sus primos. Si no es por eso y es por cultura local pues hay muchas y muy distintas con distintas interpretaciones y grados de seguimiento.
@lamonjamellada Eso es verdad, pero no hay que la necesidad de una firma de un padre o marido era un imperativo legal, y aquí estamos discutiendo sobre imponer un imperativo legal sobre cómo debe vestirse una mujer. No sé si me explico, pero igual la hostia viene por otra parte.
Personalmente pienso que es de esos problemas cuya solución debe venir por parte del soft power social. No siendo yo anarquista ni mucho menos, y creyendo en un Estado fuerte, se me plantean dudas a dejar la puerta abierta a un Gobierno con capacidad de decisión sobre la vestimenta de las mujeres cuando cambie (como ya lo está haciendo) el sentir político y los derechistas católicos vuelvan al poder.
@lamonjamellada Puf, ya, pero ¿cómo lo prohíbes? ¿Dices expresamente "burka" y "niqab"? Pueden ponerse una simple sábana por encima y ya no lo sería. ¿Eres generalista y para evitarte temas de discriminación religiosa hablas de rostro tapado sin nombrar las priendas? Entonces cuando yo bajo de la moto a comprar una cosa con el casco puesto, ¿lo incumpliría? Y para evitar esto, ¿hablas de prendas de ropa exlusivamente? Entonces en carnavales habrá un montón de infractores. ¿El chador y el hiyab entran o no? Si hace frío, ¿no puedo ponerme una braga de cuello y unas gafas de sol?
@Golan_Trevize Estoy de acuerdo contigo en general en el plano moral, no me entiendas mal. Es sólo que su encaje jurídico es complicado y no veo manera de legislarlo sin que a la vez toques derechos muy sensibles, y no me refiero solamente a los derechos religiosos.
@paumal Añadiría yo que por compliance algún negocio privado podría requerir el descubrirse. Recuerdo que a un amigo, durante la pandemia, le robaron la cartera e hicieron operaciones en persona en el banco, con la mascarilla. Mi amigo consiguió anular las operaciones y percibir una indemnización tras un acuerdo judicial con el banco (nunca pudieron atrapar al ladrón) por negligencia a la hora de identificar al supuesto cliente, así que en esos casos también veo legítimo que un negocio privado pida que te descubras para poder operar, pero es un tema discutible.
@PasaPollo Quicir, que da por hecho de que habrá gente con el rostro cubierto, y que en ese caso se le puede requerir que lo descubra, pero sólo a los efectos de identificarle. Lo mismo podría suceder para realizar ciertos trámites administrativos o privados en los que se deba cotejar tu identidad, pero más allá de ello (ir caminando por la calle) no le veo ninguna prohibición legal. @lamonjamellada@Catapulta
@lamonjamellada Yo no tengo clara la ilegalidad de ir con el rostro cubierto. De hecho la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana implícitamente da por hecho que puedes ir con la cara tapada:
Artículo 16. Identificación de personas.
1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito. En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.
@Tumbadito@vazana@lamonjamellada Quizás poniendo una ley que se llame Ley del enfermo mental que permita a enfermos mentales llevar una prenda en concreto porque temen que les pase algo si no lo hacen sirva para señalar a los religiosos como locos. Estaría bien para que se den cuenta de que lo están. Eso sí, que acrediten ante un psiquiatra que creen en seres imaginarios.
@Tumbadito@vazana@lamonjamellada Hombre, en ese caso que pones hay discriminación por parte de los empleados o del aeropuerto por sus normas. Lo que no la hay es en la ley española que no dice nada de que si eres religioso tienes derecho a saltarte ninguna norma de una entidad privada o pública.
@vazana@lamonjamellada La Sharia como sabrás no es parte obligatoria en el islam. Hay distintos grupos según si la aceptan o no, en qué grado o cómo se interpreta. Estás tomando a todo musulman como a todo cristiano. Aquí tienes de kikos a mormones e iglesia del palmar todos cristianos y todos chalados, luego tienes a tu vecino el que va a misa para bodas y bautizos y se santigua a veces.
¿Prohibimos adoctrinar niños en religiones antes de los 14 o 16 años? Ahí sí entramos en el lío.
Estás confundiendo islam con un hádice muy debatido y nada dogmatico suní. En el islam en general está prohibido el matrimonio con preadolescentes y cualquier práctica sexual dolorosa o dañina. Jurisdiccionalmente está prohibido el sexo con menores.
Salvo Isis, talibanes y similares ramas suníes extremistas. Nada de lo que dices aplica al islam que práctica la mayoría de musulmanes.
Nada. Repito. Lo que dices es un bulo. Así de claro.
Hasta donde sé, en el Nótame puede hablar cualquiera. Si quieres hablar en privado, habla en privado.
Heredar qué? Yo que tú buscaría mejores formas de comunicar lo que expresas. Parece que vengas aquí a luchar contra todos o algo así. Qué te crees un héroe de la derecha metido en un bastión de izquierda para luchar contra el comunismo? Es que algunos venís con una película mental tan desarrollada que da miedo.
Centrándonos nuevamente. El islam se basa en el Corán, si. Existen multitud de religiones en torno al Coran, no todas lo interpretan igual ni todos son fervorosos yihadistas. Y lo mismo que un cura te dice que hay que interpretarlo y blabla bla, en el islam es igual. Por lo tanto la gente no es consciente de las barbaridades literales que pone en biblia y Corán, solo siguen la religión que les cascarón de niños.
Y luego de eso, reiterarte que estás encorsetando todo a criterios interpretativos de ISIS o talibanes. Por el contrario tienes Sufies y Alevies donde no hay nada de lo que comentas. Vamos que es como si tomases a todos los cristianos por inquisidores. Y déjate de tanto ChatGPT.
www.meneame.net/story/baneos-medios-usuarios
www.meneame.net/story/matar-al-mensajero-3
Personalmente pienso que es de esos problemas cuya solución debe venir por parte del soft power social. No siendo yo anarquista ni mucho menos, y creyendo en un Estado fuerte, se me plantean dudas a dejar la puerta abierta a un Gobierno con capacidad de decisión sobre la vestimenta de las mujeres cuando cambie (como ya lo está haciendo) el sentir político y los derechistas católicos vuelvan al poder.
@paumal
@lamonjamellada @Catapulta
Artículo 16. Identificación de personas.
1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito.
En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.
@Catapulta