#287 Pues te he demostrado que no es así como dices, y que las normas autónomas flexibilizan esto y que al final quedan en la interpretación de los jueces.
"se resuelve a favor del mantenimiento de la custodia individual paterna pese a existir diligencias abiertas contra este en materia de violencia de género, al no existir condena toda vez que como dice la sentencia «no consta que haya alcanzado tal estado procesal, ni que haya habido juicio»"
Pero como supongo que los datos van en contra de tus prejuicios, ya dejo el asunto.
Un saludo.
#279 FALSO, artículo 92.7 código civil. Es justamente ese uno de los principales motivos por los que se instrumentaliza esta ley. De esta forma se consigue una custodia monoparental, la expulsión de tu pareja de la vivienda familiar, la automática obtención de una pensión, reconocimiento como victima de violencia de género (permite la obtención de ayudas, facilidades para acceder a puestos públicos, obtención de créditos)....
Ojo, me parece genial que todo esto ocurra cuando realmente hay una victima.