#2 Como jurista civilista te diré: no se paga sucesiones cuando se reunifica la nuda propiedad con el usufructo, pero sí un jugoso impuesto de transmisiones patrimoniales con un tipo SUPERIOR al que hubieses pagado al heredar.
Vamos, un tontopollas que se cree que ha descubierto la fórmula de la cocacola y es un vendehumos que sabe lo justito de derecho para que no le echen del Colegio de Abogados.
#13 Como mujer, confirmo. Entre vivir mi vida feliz, con mis cosas y a mi bola y hacer de criada/madre de un señor con la estabilidad mental de una fregona, lo tengo clarísimo.