#117 La verdad, no tengo muy claro cómo responderte de forma eficaz.
Sabes que estás equivocado, pero en lugar de reconocerlo, eliges una huida hacia adelante. Ahora recurres al lenguaje común como excusa, obviando que esa expresión —«carrera»— se ha utilizado históricamente para referirse no solo a las licenciaturas, sino también a diplomaturas, ingenierías técnicas, arquitectura técnica… incluso a trayectorias no académicas, como una carrera artística o carrera deportiva.
Dicho de otro modo: el uso coloquial del término no sustenta en absoluto tu argumento. Ni lo precisa, ni lo justifica. Y mucho menos invalida lo que ya se te ha demostrado con pruebas normativas.
Lo más preocupante es que, si realmente eres quien dices ser (como afirmaste en otro comentario), y efectivamente ejerces como profesor de comunicación y publicidad, deberías tener claro que lo que estás haciendo es manipulación. Has ignorado hechos demostrados y has recurrido a varias falacias argumentativas:
1. Falacia de autoridad: Afirmaste que eras profesor universitario como si eso respaldara automáticamente tu afirmación, ignorando que la ley sobre equivalencias académicas es clara, pública y verificable.
2. Falacia de ambigüedad semántica: Confundes deliberadamente el uso coloquial de «carrera» con su significado formal, y equiparas grado con licenciatura, cuando en realidad el MECES establece claramente que un grado es nivel 2 (como las antiguas diplomaturas), y la licenciatura es nivel 3 (equivalente a un máster).
3. Falacia de distracción (red herring): Desvías la discusión del punto central —las equivalencias académicas reales— hacia una discusión superficial sobre lenguaje común.
4. Falacia circular: Usas como argumento que ambos se llaman «carrera» para concluir que son equivalentes, cuando esa equivalencia es precisamente lo que estás obligado a demostrar, no a asumir.
5. Hombre de paja: Replanteas mi objeción como si el debate fuera sobre cómo la gente llama a los estudios, y no sobre lo que son en realidad según el marco legal.
Como verás, responder a tantos desvíos argumentativos a la vez no solo es agotador, sino que impide mantener una conversación adulta y razonada. Y para colmo, tu comentario termina con un ataque personal: «y aún eres contratado doctor...», lo que revela no solo una intención provocadora, sino también cierta ignorancia del sistema académico que tanto intentas defender.
Lo que diferencia un debate serio de un intento de imponer una opinión es el respeto a los hechos. Aquí los hechos están claros. Que no quieras verlos es otra cuestión.
#111 Entonces, ¿por qué recurriste a afirmar que eres profesor de universidad para darle valor a tu argumento contrario a lo que dice la normativa?
Lo más triste no es sólo que ignores la normativa, sino que emprendas una huída hacia adelante.
¿Hablas ahora de esfuerzo? Para poder argumentar sobre esto, te pediría que definieras cómo estás midiendo tú el esfuerzo para realizar tu comparación. Por cierto, que si es por años, revísalo, porque la Ley de Reforma Universitaria (LRU, Ley Orgánica 11/1983) ya permitía carreras de primer ciclo con 90 créditos anuales, frente a carreras de primer y segundo ciclo con 60 créditos anuales (artículo 6.1 del Real Decreto 1497/1987). ¿Tiene más esfuerzo el estudiante de 4º de una carrera de primer y segundo ciclo de 60 créditos (que empieza con 180 créditos y termina con 240), o el de 3º de una carrera de sólo primer ciclo de 90 créditos (que igualmente empieza con 180 créditos, pero en este caso termina con 270)?
El problema es que quieres justificar una ñapa tipical Spanish como la que se hizo al adaptar los estudios universitarios a los acuerdos de Bolonia. Y seguramente lo hagas por desconocimiento y tradición (desconocimiento de la norma, tradición de lo que te han contado). Si he escogido referirme a la LRU y no a la LOU en el ejemplo anterior es precisamente por ello. Me vas a permitir este pequeño complemento...
En la LRU ya se establecía que los estudios universitarios se estructurarían en tres ciclos (artículo 30):
Los estudios universitarios se estructurarán, como máximo, en tres ciclos. La superación del primero de ellos dará derecho, en su caso, a la obtención del título de Diplomado, de Arquitecto Técnico o de Ingeniero Técnico; la del segundo, a la del titulo de Licenciado, de Arquitecto o de Ingeniero, y la del tercero, a la del título de Doctor. En su caso se establecerán las condiciones de convalidación o adaptación para el paso de un ciclo a otro
#91 ¡Ah! Para tenerlo más directo. En este caso hablamos de una persona que dice ser licenciado en derecho, y posteriormente parece que lo estaría rectificando a graduado en derecho.
¿Qué dice la ley sobre este supuesto concreto?
Bueno, pues tenemos la Resolución de 14 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de septiembre de 2015, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Derecho. que dice lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, se determina que el título oficial universitario de Licenciado en Derecho se corresponde con el nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
Asimismo se indica que el nivel 3 de MECES se corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones, tal como se indica en el artículo 4 del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, en su redacción dada por el Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
¿Y a qué equivale ese nivel 3 MECES, o nivel 7 EQF? De la misma fuente:
El Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, establece cuatro niveles de cualificación en función de los resultados de aprendizaje que proporcionan los estudios oficiales: el nivel de Técnico Superior se incluye en el Nivel 1, el de Grado en el nivel 2, el de Máster en el nivel 3, y el de Doctor en el nivel 4.
¿Y qué denominación debería emplear entonces alguien que tiene un título anterior a Bolonia? ¡El del propio título! Es decir, si es licenciado en X, debe emplear «licenciado en X». No es tan difícil, profesor.
Mira, no sé qué puesto tendrás, pero aquí tienes a un Profesor Contratado Doctor pendiente del paso a Profesor Titular, con un par de sexenios de investigación, un quinquenio docente y otros varios méritos que se comió la transición de plan Bolonia, con todos sus claroscuros (más oscuros que claros).
Te recomiendo que te informes. En mi anterior comentario te puse un enlace sobre el Marco Español de Cualificación para la Educación Superior, que deberías conocer (pues fue aprobado en 2011), y sus correspondencias con los títulos anteriores a Bolonia. No es tu experiencia frente a la mía. Es una simple cuestión de entender y aceptar cuál es la equivalencia que está reconocida en la norma.
Dicho lo anterior, si de verdad eres profesor de universidad y no has hecho por entender las correspondencias entre los títulos anteriores a Bolonia y los actuales, entonces no me extraña el caos que tienen muchos egresados sobre sus niveles cualificativos.
Te reconozco que al principio del cambio hubo confusión desde varios frentes. Fue el momento en el que se aprovechó para sacar dinero con las adaptaciones al grado para las titulaciones de primer ciclo (diplomaturas/ingenierías técnicas). El problema es que los acuerdos de Bolonia se crearon para facilitar la movilidad europea de los estudiantes y titulados universitarios... y por los motivos que fueran ese caos que se hizo en España dificultaba la movilidad de nuestros estudiantes y titulados, al punto de que durante un breve espacio de tiempo a licenciados e ingenieros se les expedían equivalencias a títulos de grado (lo que defiendes), causando que en el resto de Europa no tuvieran el reconocimiento de la cualificación que les correspondía (les daban certificados con cualificación EQF 6 cuando les debería corresponder EQF 7). Ahí fue cuando se tuvo que aprobar a la carrera el acuerdo de correspondencias MECES (en 2014), y cuando se empezó a resolver la… » ver todo el comentario
PD1: La cagada que se hizo en España con la adaptación a Boloña la vamos a estar arrastrando muchos años.
PD2: La vardad, con lo sencillo que sería que todo cargo público tuviese que apoortar el certificado gratuito que se puede obtener en la sede electrónica del Ministerio de Educación, tanto para títulos universitarios como para no universitarios.
#9 Esa capacidad de deformación, ¿funciona a baja velocidad? Y no estoy hablando de los 30 km/h máximos a los que habría que circular en urbano, ni a los 20 km/h o menos en zonas como colegios y cercanas a actividad infantil.
Estoy hablando de salir en parado con un crio delante al que no ves por la maldita altura del monstruo diseñado para carreteras estadounidenses y que nos han colado como símbolo del triunfo social, como si fuera la versión moderna del Cañonero de los Simpsons.
Te puede parecer trivial, porque estás sólo pensando en velocidad. Pero piensa en masa. Un vehículo de esas características es capaz de aplastar a un crío. ¿No te lo crees? Busca, que hay ejemplos documentados. Ejemplos como el del crío de unos 3 años que, en una calle estrecha de un único carril, con el tráfico parado, se descuidó de sus padres un maldito segundo cruzando por delante de un SUV que no lo vió, arrancó, y lo aplastó debajo de la rueda.
Luego hablas de sensores... ¡Tanto cuesta que en ciudad los coches no puedan tener esa altura! ¿Para qué narices necesitas ese tipo de monstruo a motor en una ciudad de tipo europeo?
Hace muchos, muchos años, colaborando en un reconocido servicio madrileño, me tocó participar en la redistribución de personas sin techo entre los diferentes albergues de la ciudad. En particular, en aquél entonces se asumía el exceso de albergues de titularidad privada trasladándolos a albergues de titularidad pública. ¿Por qué cuento esto? Por lo siguiente.
En uno de esos albergues de titularidad privada, propiedad de cierta entidad religiosa, el responsable del centro me comentó de forma crítica que le parecía muy mal que la administración pública se hiciera cargo de las personas sin techo, porque "si no, ¿de qué iba a vivir la caridad cristiana?"
Aquel comentario, que podría pasar como la simple deriva argumentativa de una única persona, me llegó varias veces en los siguientes meses desde diferentes personas de la misma entidad, en diferentes centros y actividades.
Con el pasar de los años he podido coger perspectiva a aquella frase. Se han ido recortando servicios básicos públicos que sirvan de red de apoyo para las personas en dificultades, para que puedan crecer desde ahí y no depender de las mismas. Se ha hecho de tapadillo, incluso aprovechando el desconocimiento general de estos servicios para hacer creer a la ciudadanía que se creaban nuevos, cuando en realidad se estaban desmantelando los ya existentes, cambiándoles el nombre para que pareciesen algo recién creado, y dotándoles de menos medios.
Se ha llegado al punto de denunciar las iniciativas vecinales de apoyo social por competencia desleal con servicios que han pasado a ser privatizados, muchos de ellos gestionados por empresas vinculadas a... cierta entidad religiosa... y cierto(s) partido(s) político(s).
Está pasando con todos los servicios sociales desde hace más de 20 años, está pasando con los servicios sanitarios. Y estamos comprando el discurso, porque en el fondo, parece que nos reconforta más dar el donativo de turno que resolver como sociedad el problema para que nadie tenga que depender de la caridad.
#17 Yo no tengo npi, las cosas como son. Pero que ayer por la tarde el feed en vivo sobre la situación en Ucrania de Sky News y de otros medios dejasen de informar con un comunicado de que volverían a hacerlo en breve y desde entonces estén en silencio no es una buena señal, en mi humilde opinión.
¿Quiere decir que Rusia vaya a utilizar un arma nuclear de cualquier tipo? No lo sé, no lo creo, y espero que no. Pero pinta a que se esperan alguna acción fuerte. ¿De qué tipo? Insisto, no lo sé. Solo sé que desde ayer por la tarde (incluso desde el viernes) están sucediéndose una serie de movimientos a nivel mundial que podrían indicar que algo podría pasar.
Es posible que al final no pase nada, ya sea porque realmente no iba a pasar nada y estos movimientos han sido sólo coincidentes en el tiempo, o porque lo que fuera a pasar se haya frenado de alguna forma que no se vaya a conocer en años (¿décadas? ¿nunca?).
En cualquier caso lo que yo sé es que desde febrero (incluso antes) había una actualización constante de información e incluso de artículos de opinión en medios como el citado Sky News, y que ahora lllevan más de 20 horas sin decir nada: news.sky.com/story/ukraine-latest-news-zelenskyy-calls-for-detention-c
Y eso mosquea.
Y mosquea más cuando EE.UU. exige a sus ciudadanos residentes en China que abandonen el país.
Y mosquea más cuando otros países, como Holanda, hacen lo mismo.
Y mosquea aun más cuando China pide a sus ciudadanos residentes en Ucrania que abandonen el país.
No sé. como digo, no tengo npi. Pero todo esto tiene pinta de preparativos para una acción a gran escala. Y por supuesto, mosquea.
#14 Por experiencia (no directa, pero sí de conocidos ciclistas que han sufrido experiencias similares), el proceder de los abogados defensores en estos casos es siempre buscar dudas que reduzcan o eliminen la posibilidad de aplicar sanciones. En este caso:
1. Sobre el consumo de alcohol, como ya han señalado, van a intentar generar la duda sobre el consumo de alcohol previo al accidente. Para ello se van a amparar en que no se le realizó prueba de alcohol en sangre nada más ocurrir el accidente. Cualquier otra prueba posterior se va a desligar del accidente porque:
- No se puede demostrar que el consumo se produjera antes o después del accidente (y el conductor causante del accidente declarará que consumió después).
- Si se le realizó alguna prueba posterior seguramente sería la típica alcoholemia por espiración, lo que no permite establecer una cronología válida de cuándo había iniciado el consumo de alcohol.
2. Sobre darse a la fuga, van a intentar buscar que los propios testigos del accidente, si los hubo, sirvan de excusa, amparándose en el que la omisión del deber de socorro no aplica si ya hay gente atendiendo al herido.
Sí, son unos cab***es.
Sí, en casos como este habría que retirar el carné de conducir a este tipo de conductores.
Pero los abogados carroñeros van a seguir buscando como defender a este tipo sinvergüenzas porque en el fondo es lo que les da más dinero (confirmado por un conocido abogado que acabó trabajando para un despacho de carroñeros porque era donde estaba el dinero).
Toca revisar y reforzar la norma para protegerla del abuso de este tipo de personajes.
#226 Con la expresión plaza nominativa asociada a los funcionarios ya has dejado claro que no tienes mucha idea de cómo funcionan las estructuras laborales de la administración pública. Voy con una explicación corta y rápida para quien llegue hasta aquí y quiera saber porqué digo la afirmación interior.
Las plazas funcionariales son puestos de trabajo (PT) que se crean por identificación de necesidades permanentes en la administración pública. Por ejemplo, un municipio puede determinar que es necesario contar con X bomberos contratados, para lo cual se crean X puestos de trabajo (PTs). Y son precisamente estos PTs los que tienen asociados, por ejemplo, destinos. En este ejemplo, una parte de X podrían tener como destino un parque de bomberos, y otra parte otro.
Las personas acceden a la función pública mediante un proceso de selección en el que adquieren dicha condición, y en función de la convocatoria, del número de PTs convocados y de su posición en la lista, eligen un PT (con su destino asociado) de entre los que queden disponibles en la relación de PTs de la convocatoria cuando les corresponda turno (según su posición en la lista).
Entonces, ¿está una plaza de funcionario (un PT) asociado a una persona? ¡No!
De hecho, un funcionario puede ser apartado de la función pública (despedido) por faltas muy graves, y eso implica que esa persona pierde la condición de funcionario. Pero el PT sigue existiendo, porque sigue siendo una necesidad, que pasa a estar vacante. En esos casos, dependiendo del PT, se puede cubrir mediante bolsa de trabajo (como interino), se puede crear una nueva convocatoria para su cobertura, se puede mantener vacante hasta la siguiente convocatoria prevista en a que se incluya, o se puede amortizar, es decir, eliminar el PT (y con ello la necesidad).
Así pues, no es cierto que las plazas sean nominativas, aunque existan colectivos con interés en extender esa idea.
#224 Tomando de ejemplo el caso expuesto, ¿crees sinceramente que habría cambiado algo si el sujeto en cuestión hubiera sido laboral fijo en lugar de funcionario?
Sólo una pregunta más. ¿Desconoces los casos de abusos que ya se dan entre los laborales fijos en aquellas administraciones que han ido fomentando ese tipo de contratación?
En lo relativo a los abusos cambiar un tipo de contrato por otro no resuelve el problema. No entiendo qué es lo que te parece incorrecto de esta afirmación.
En fin, creo que mi percepción inicial era correcta: no parece que vayamos a llegar a un entendimiento. Me gustaría saber por qué eres tan vehemente con respecto a los contratos laborales como sustitución de la función pública para resolver los problemas de faltas por parte de los trabajadores públicos, sin darte cuenta de que en muchas administraciones y servicios públicos hay cada vez más laborales fijos, y el problema de las faltas no ha desaparecido (y me atrevería a decir que ni se ha reducido, sino todo lo contrario).
#222 No iba a responder, porque creo que nos estamos desviando mucho, y al final no creo que lleguemos a un entendimiento. Pero resulta que acabo de leer una noticia de un caso de corrupción en una empresa pública del ayuntamiento de Madrid, y me he acordado de este hilo.
Este caso, que tiene unos cuantos años de recorrido, ejemplifica precisamente cómo se coloca a afines al partido en puestos públicos donde puedan resultar de utilidad (el sujeto de la noticia accedió a un puesto de relevancia gracias a un proceso interno en 2008, cuando casualmente su padre era gerente del Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid, quien fue puesto en dicho cargo por elección directa de Esperanza Aguirre.
Sin entrar en muchos detalles (el enmarañado es el habitual), tenemos el caso de un trabajador público que, con otros políticos (en 2018) fue sancionado a lo segundo peor que permitía el régimen sancionador (dos meses sin empleo ni sueldo, pues lo siguiente era el despido fulminante). Un trabajado público que, saltándose las incompatibilidades de su puesto obtuvo comisiones elevadas en un proceso en el que participó de forma irregular, beneficiando en el proceso a amigos del partido, partido que actualmente gobierna en dicho ayuntamiento, y que ha demorado el proceso sancionador todo lo posible para poder zanjarlo con un ha prescrito (como cuando vendieron la funeraria municipal por 100 pesetas).
A donde quiero llegar es a lo siguiente: no es posible corregir a aquellos trabajadores públicos con deficiencias en el desempeño de su trabajo cuando el problema es un régimen disciplinario inadecuado y un proceso disciplinario corrompido por los abusos.
Por ello, convertir los puestos funcionariales en laborales fijos no resuelve este problema. Es más, lo agrava, ya que facilita el abuso por parte de quien ya lo hace, porque quien abusa lo hace porque de una forma u otra está protegido (y no precisamente porque su puesto sea de funcionario).
En resumen, si el problema que se quiere resolver es que hay trabajadores públicos que incumplen sus funciones (que los hay, no lo voy a negar), lo que hay que corregir es el motivo por el que dichos trabajadores públicos incumplen sus funciones.
#43 No desvíes la atención, por favor, que queda feo, y parece que más que estar desinformado lo que pretendes sea intoxicar.
Una cosa son las competencias legales, y otra las acciones que cualquier persona física o jurídica pueda llevar a cabo.
En este caso hablábamos de las competencias legales, que como ya te he informado, con fuentes oficiales para tu consulta, son en todo momento de la Comunidad de Madrid. Dicho de otra forma, quien tiene la obligación de realizar inspecciones (lo que mencionabas en #34) es la Comunidad de Madrid.
Por supuesto, al margen de las inspecciones que mencionabas tú en #34, y que ya deberías tener claro que son competencia de la Comunidad de Madrid, claro cualquier persona física o jurídica puede informar, reclamar, demandar y denunciar. Y eso no sólo es extensible hacía, por ejemplo, los propios residentes y sus familiares (que son precisamente quienes denuncian en este caso), ONGs, partidos políticos (alguno de la oposición en la Comunidad de Madrid lleva haciéndolo años, aunque no trascienda en la prensa generalista), etc. Y eso sería aplicable a las personas físicas de Isabel Díaz Ayuso (presidenta de la Comunidad de Madrid), Concepción Dancausa (Consejera de Políticas Sociales de la Comunidad de Madrid), Rocío Monasterio, etc.; y a las personas jurídicas del Partido Popular, Vox, y cualesquiera otras organizaciones afines. ¿Por qué tu generalización de obligación libra de responsabilidad a estas personas físicas y jurídicas, e intenta responsabilizar a otras?
Así que si me permites un breve resumen:
1. Las competencias para inspeccionar las residencias de mayores en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid son de...
... ¡LA COMUNIDAD DE MADRID!
2. Cualquier persona, física o jurídica, puede informar, reclamar, demandar y denunciar irregularidades de las que sea testigo y/o perjudicado. Y eso implica también a...
... ¡EL PROPIO GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID!
#25 Deja que te cuente mi experiencia como alumno que era de lo que ahora llaman altas capacidades en una época en la que no existían ni Internet, ni por supuesto las redes sociales digitales (tal vez Fido, y eso ya sería años más tarde, y no comparable).
Mi primera experiencia de acoso la tuve con cinco años: mi profesora de pre-escolar me castigaba por terminar las tareas antes de tiempo. Me apartaba a un rincón, aislándome de mis compañeros. Me ponía motes. Era el sabelotodo.
En 1º y 2º de EGB tuve una profesora bastante buena, que intentaba que todos hiciéramos grupo aceptando nuestras diferencias. Y aun así, en 2º de EGB me castigó por no prestar atención en clase llevándome a la clase de los de 3º de EGB.
Ese día hice un nuevo enemigo: el profesor que más tarde tendría precisamente en 3º y 4º de EGB. Ese día, que recuerdo como si fuera hoy, estaban en una clase de matemáticas (una de mis materias favoritas), y ninguno de los alumnos de 3º era capaz de resolver los problemas que a mí me parecían sencillísimos. De hecho, cuando el profesor pregunto por la respuesta a los problemas yo levanté la mano, me ignoró hasta el final, y cuando me permitió responder lo hizo "para reírnos de lo que diga el de 2º".
Ese profesor, en 3º y 4º, me puso otros motes despectivos, burlándose de mi nombre, de mi pelo, o de lo que pillara en cada momento.
En 5º, con un nuevo profesor, se puso en marcha la dinámica de ordenar a los estudiantes en clase por sus notas, y por una competición que se hacía todas las semanas. Casi siempre estaba en primera fila. Y un día, por llevar varias semanas seguidas el primero y no prestar atención en clase (me aburría), me castigó poniéndome el último, con evidentes expresiones de desprecio.
En 6º, 7º y 8º de EGB pasamos a tener profesores por materias, en lugar de un profesor para todo.
Recuerdo como, para explicarnos las ecuaciones de segundo grado, el profesor escribió una en la… » ver todo el comentario
#34 Desconozco si realizas esa afirmación por desconocimiento o por intoxicar.
Limitándome a la parte de hostelería, la normativa que regula en la Comunidad de Madrid la inspección de los locales de restauración es la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid [2].
En concreto, el artículo 49 de dicha ley autonómica dice bien claro en su primer punto que "La comprobación, vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones en materia turística se ejercerá por la inspección de turismo dependiente de la Consejería competente en la materia". Es decir, que dependen de la Consejería autonómica, o lo que es lo mismo de la Comunidad de Madrid.
¿Y si lo llevamos al terreno de la asistencia a personas mayores (servicios sociales)? Pues bien, en este caso la norma que lo regula es la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid [3]. ¿Y de quién dice esta ley que es competencia la inspección de inspección? Artículo 44: "Corresponden al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid las siguientes competencias: a) La iniciativa legislativa en el ámbito autonómico que le es propio, para la autorización, establecimiento, gestión, inspección, supervisión de la calidad de los servicios sociales y ordenación del sistema en general".
Cierto que hay un nuevo Proyecto de Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid [4], donde las competencias siguen siendo de la Comunidad.
¿Se pueden delegar estas competencias en los municipios? La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [5] regula las competencias autonómicas que pueden delegarse. Y en este caso, puedes consultar en la propia documentación de la Comunidad de Madrid y del municipio implicado que ninguna de estas competencias está delegada actualmente en dicho municipio. Sólo podría entenderse como tal, cogiéndolo con muchas pinzas, la competencia delegada de inspección de bienes y servicios de consumo. La inspección principal, que es la correspondiente a los servicios sociales sigue siendo competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid.
#68 Son especialistas en mercadotecnia, especialmente en el PP madrileño (mira cuál es la actividad profesional de su principal estratega).
Tomando como referencia el caso de la noticia, les basta con dejar caer que el problema son esas familias que no cuidan de sus mayores y los aparcan en una residencia. Como la inmensa mayoría de la población desconoce cuáles deberían ser las funciones de las residencias de mayores, y ya llevan escuchando ese mantra muchos años, será fácil que esa idea penetre en la mentalidad colectiva. Y así, de repente, de ser un problema responsabilidad de la gestión del centro, y por extensión de la gerencia autonómica del área, pasará a ser un problema de las familias que llevan a sus mayores a una residencia.
Luego, los que entendemos que las residencias son fundamentales, y que las personas mayores, simplemente por serlo, van a ir evolucionando cada año a ser más y más dependientes, tendremos que discutir constantemente con todas aquellas personas que ya han memorizado el mantra de que "como en casa en ningún sitio". Personas que, llegado el momento, pensarán que es mejor contratar a un cuidador con formación mínima (incluso sin ella), recurriendo muchas veces a contratos en negro por tener un elevado coste. Personas que, cuando se den cuenta de que necesitan una residencia para sus mayores (si es que se llegan a dar cuenta), se encontrarán con un proceso largo y lento para conseguir una plaza en una pública, o un coste muy elevado (y también listas de espera) para conseguirla en una privada (en general con peor calidad de servicio que las públicas).
#220 Por eso propones que mejor que el político pueda enchufar a quien le dé la real gana directamente en lugar de reforzar el sistema de oposición pública para reducir, y en lo posible evitar por completo las irregularidades que mencionas. ¿Es eso?
No se puede resolver un problema ignorando sus causas y en el camino enquistando los problemas ya existentes y creando otros nuevos.
¿Quieres que los políticos no puedan abusar del sistema para meter a los suyos por oposición? No se lo pongas más fácil permitiendo que sean laborales en lugar de funcionarios. Pónselo más difícil. ¿Cómo? No hay una solución única, pero si varias acciones necesarias que complementadas pueden contribuir a ello:
1. Quítate de en medio a los políticos corruptos, sean del partido que sean. Es decir, vota a otros.
2. Corrige el sistema legislativo para que sea independiente del ejecutivo, y se logren aprobar normas que responsabilicen a los políticos del ejecutivo de las decisiones que tomen de manera consciente para beneficio propio, incluyendo este tipo de abusos.
3. Corrige el sistema judicial para que sea independiente del legislativo y ejecutivo, y que dotado de medios suficientes puedan aplicar correctivos y sanciones a los políticos que participen en este tipo de abusos.
En cuanto al propio personal de la función pública, es más de lo mismo, y se puede resumir en revisar y corregir el régimen disciplinario, y además reforzar su aplicación con independencia y sin la protección del político de turno.
¿Es difícil? ¡Sí!
¿Es idealista? ¡Sí!
Pero lo que propones, lo de convertir las plazas públicas en laborales, no lo resuelve: lo complica.
Por supuesto, los políticos de turno te venderán lo contrario (les interesa). Te dirán que así pueden exigir a los trabajadores públicos que trabajen, y te mostrarán despidos, e incluso no renovaciones (en los casos que no son fijos) como prueba. Lo que no te mostrarán es como en el camino van metiendo a sus lacayos en los puestos de su interés, y como hacen abuso de ello. No te mostrarán como sus laborales lacayos no revisan las contrataciones públicas fraudulentas que ellos les proponen para con sus primos, hermanos, etc. ¿Te suena?
Cuando en unos años la cosa siga sin funcionar e incluso vaya peor te dirán que es cosa de que la administración pública no puede asumir tal o cual actividad y te justificarán su externalización (a una empresa amiga, por supuesto). Ya lo están haciendo.
Y así seguirán porque saben muy bien cómo vender una idea aprovechándose del desconocimiento de la mayoría de la población. No es común saber si una gestión es de responsabilidad local, autonómica o nacional, imagínate saber porqué y para qué es necesaria la función pública.
#192 También atraerías (y facilitarías) a candidatos que quisieran servir al político de turno. Ejemplo: porfi, regálale este título universitario a este personajillo de mi partido, que lo necesita para que le podamos utilizar. Y si lo haces igual te damos un puesto mejor.
Y en el extremo opuesto, también atraerías (y facilitarías) que los políticos pudieran despedir a los trabajadores públicos que les fueran incómodos. Ejemplo: ¿cómo que no le quieres regalar el título universitario a este personajillo de mi partido? Te voy a a trasladar a un puesto imposible para que, si no lo dejas tú, cometas los errores suficientes para que te eche yo.
Posiblemente, si no has conocido este tipo de abusos en la administración pública, te parezcan exagerados, o directamente invenciones. El problema es que los casos que he puesto de ejemplo han sido seleccionados porque han tenido un poco de trascendencia pública, pero no han sido los únicos que he conocido.
Recuerdo, por ejemplo, el caso de un amigo, interino en un puesto que el político de turno (Ayuntamiento de Madrid para más señas), quería externalizar a una empresa amiga. En realidad no era el puesto, sino el servicio al completo, para el que ya existía personal público que hacía adecuadamente su función (0 quejas ciudadanas, o muy poquitas).
¿Qué ocurrió? Pues que sí o sí el político de turno externalizó el servicio, duplicando funciones. Es decir, contrató a una empresa amiga, puso a los trabajadores de la empresa al frente de la responsabilidad del servicio, y mantuvo a los interinos (y a los titulares) en sus puestos, pero sin funciones. Básicamente si cualquier ciudadano les pedía algo tenían la obligación de limitarse a derivarlos al personal privado bajo riesgo de sanción.
A quienes al principio siguieron atendiendo a los ciudadanos porque el personal privado no hacía bien sus funciones les apercibieron, llegando en algunos casos a sanciones mayores, e incluso traslados… » ver todo el comentario
Hubo un tiempo en el que las residencias públicas de mayores eran un servicio del que sentirse orgulloso. Mi padre, que entró a trabajar en una de ellas a principios de los 90, se sorprendía para bien de la cantidad de detalles, cuidados y consideraciones que nada tenían que envidiar a un hotel de lujo, con prestaciones sanitarias 24/7 para quien las necesitase.
Para ubicarnos mejor, se trataba de una residencia pública de mayores recién inaugurada en Madrid, dependiente entonces del Ministerio de Asuntos Sociales, siendo entonces ministra Matilde Fernández.
Mi padre siguió trabajando en esa residencia hasta jubilarse hace unos años, y siempre me contó cómo había empeorado todo desde que la competencia de las residencias había sido transferida a la Comunidad Autónoma de Madrid. Una pérdida de calidad que yo mismo pude constatar por las visitas que hacía ocasionalmente al centro.
Empezaron por externalizar servicios sin justificación razonable. Por ejemplo, la lavandería, contando con unas instalaciones más que suficientes y personal adecuado en el centro, la externalizaron a un servicio externo y comenzaron los problemas de prendas desaparecidas, prendas dañadas, y prendas tratadas sin el debido cuidado para la delicada piel de algunos residentes.
Otro ejemplo, las comidas. Contando con cocinas más que suficientes y personal dedicado se externalizó el servicio a una empresa de catering que no cumplía las expectativas, ni de calidad, ni de cantidad.
Para los nuevos gerentes del área en la Comunidad de Madrid las residencias para mayores eran una oportunidad de negocio. Sabían que no se iba a quejar mucha gente, y para reducir las quejas llegaron incluso hacer campañas para limitar los beneficiarios del servicio: de ser un servicio destinado a personas mayores con y sin necesidades especiales, para que puedan hacer su vida con la mayor libertad y naturalidad, y pudiendo contar en su caso con sus familias, se pasó a venderlas como un servicio destinado a… » ver todo el comentario
#160 No tiene nada que ver, y de hecho sería peor.
Un laboral indefinido puede ser despedido con despido procedente por cualquier excusa que se le ocurra al político de turno en el área correspondiente.
El abuso de la interinidad se resolvería como indico en #190:
1. Que la justicia no tarde tantos años en resolver las denuncias por uso indebido de la interinidad por parte de las administraciones públicas (actualmente un mínimo de 10 años, superando con facilidad los 15, contando recursos, etc).
2. Que los políticos implicados en estas gestiones se tengan que responsabilizar por ellas (por ejemplo, políticos que recurren sentencias que no les son de su interés porque los gastos judiciales los asume la administración para la que han sido elegidos).
#148 De hecho también están prohibidas en la administración pública.
Para empezar, las interinidades se crearon para cubrir vacantes por sustitución. Cuando se usan las interinidades para cubrir nuevas plazas se está cometiendo un fraude por parte de la administración pública. Sin embargo los políticos que toman la decisión de usar interinidades de esa forma abusan de la administración porque saben que si les denuncian, no serán ellos los responsables. Es más, los gastos jurídicos de cualquier denuncia, y sus posteriores recursos los asumirá la administración de la que forman parte, no ellos.
Para continuar, si se crea una plaza funcionarial, la norma establece que se debe cubrir desde ese mismo momento, con una oposición que garantice los principios de igualdad, mérito y oportunidad. ¿Por qué no se hace?
Porque cubrir la vacante con una interinidad (abusando de la norma) es algo tan extendido ya que si se denuncia, con suerte, se resuelve en 10-15 años. Y en ese tiempo, a quien se ha colocado en el puesto a través de una bolsa que vulnera los principios de igualdad, mérito y oportunidad se le ha proporcionado la suficiente antigüedad para garantizarle la consolidación.
Es muy sencillo: imagina que ahora tienes dos candidatos para la plaza: el candidato A, con méritos sobrados (formación, experiencia y conocimientos demostrables en fase de oposición), y el candidato B, con menos méritos que A, pero que es afín al partido (y de utilidad para el mismo).
Si se crea la plaza y se convoca el concurso-oposición correspondiente, en esas condiciones sería A el que la obtendría, y todos saldríamos ganando al tener al mejor trabajador para el puesto. ¿Todos? Todos no. El político quiere a alguien afín y manejable como B. ¿Cómo hacerlo?
Se crea la plaza y se cubre con una interinidad. Para ello, si se puede, se propone directamente a B. Si no, se crea una bolsa y se busca la forma de llamar antes a B que a A (o simplemente a A se le ofrece cubrir una baja… » ver todo el comentario
#122 Dices: "el que consigue mejores notas Sí es mejor profe, no porque se las invente". Eso es falso, y demuestra un profundo desconocimiento de la labor docente.
De nuevo hablo de casos que conozco en persona. Imagina dos centros docentes públicos que, dependiendo de la misma administración política compiten en una materia para una misma cantidad de alumnos.
En el centro A, para 300 alumnos se cuentan con 10 docentes con dedicación completa, y al menos 5 con dedicación parcial. Además, cuentan con los últimos medios técnicos para la docencia de la materia. Por si esto fuera poco, se le asignan los alumnos con mejor expediente de entrada, y de estos, los que mejores medios personales tienen para seguir la materia.
En el centro B, para los mismos 300 alumnos se cuentan con 5 docentes con dedicación completa y 1 con dedicación parcial. Los medios técnicos tienen entre 5 y 10 años de antigüedad, y llevan dando problemas al menos los últimos dos cursos académicos. Por si esto fuera poco, se le asignan los alumnos descartados del centro A, con peores expedientes académicos de entrada y con menos posibilidades personales de acceso a recursos que les permitan seguir la materia adecuadamente.
En esas condiciones (tomadas de un caso real, que insisto conozco en primera persona), ¿de verdad si los alumnos del centro A obtienen mejores notas que los del centro B es porque los profesores del centro A son mejores? En otras palabras, ¿si los alumnos del centro B obtienen peores notas que los del centro A es porque los profesores del centro B son peores?
La realidad es que en la docencia influyen muchos más factores.
Y en cuanto a la noticia, insisto, la productividad cuando existen intereses políticos no se mide en factores objetivos de la actividad, sino en favores hacia los intereses del político que gestione la actividad en ese momento. Normas como la que se presenta en el parlamento andaluz favorecen la creación de cortijos serviles en la administración pública.
Por supuesto, creo necesario revisar y reforzar la disciplina en la administración. Desde dentro he conocido muchos casos que no han sido corregidos precisamente por la existencia de cortijos. ¿Sabes quienes están más contentos con este tipo de normas? Los que forman parte de estos cortijos, porque siguen siendo intocables, y ahora además podrán amenazar y abusar de sus compañeros que no formen parte de sus mismos cortijos.
Que el régimen disciplinario de la función pública no resulta todo lo eficaz que debería no es ningún secreto.
Que debería reformarse para ser mejorado, tampoco es ninguna novedad.
Que la medida que se propone desde el parlamento andaluz no va a mejorar nada, y sí que lo va a agravar, lo veremos en unos años.
Y dicha la expresión fácil, permitidme que os explique porqué realizo la última afirmación.
El objetivo de la función pública es que los trabajos públicos necesarios no dependan del interés de los políticos de turno. Es decir, que el trabajador de la función pública que desempeña una labor no se vea forzado a agradar al político de turno para mantener su puesto de trabajo.
Desde hace algunos años este principio de la función pública se ha ido vulnerando desde las diferentes administraciones mediante un abuso de la norma, de la mala gestión política, y de la nula repercusión electoral. Ejemplos:
1. Abuso de la interinidad.
Las interinidades son puestos temporales creados para necesidades puntuales. Todos conocemos interinos que han estado años ocupando un mismo puesto. ¿Qué clase de necesidad puntual requiere una cobertura de años?
Los políticos de turno (especialmente los del PP, pero también los del PSOE y otros) han justificado la amplia duración de las interinidades por las dificultades presupuestarias para constituir las plazas fijas. Pero la realidad es que una interinidad permite meter presión a los trabajadores con la amenaza de amortizar la plaza, es decir, eliminarla, y que se vayan a la calle. De hecho ya se ha hecho, especialmente en sanidad: finalizar unas interinidades molestas y acto seguido crear unas nuevas para las mismas funciones.
Estas presiones se extienden con alguno de los ejemplos restantes.
2. Abuso de las bolsas de trabajo.
Una de las formas de pervertir los principios de igualdad, mérito y oportunidad en el acceso a la función pública ha sido la constitución de bolsas de trabajo para la cobertura… » ver todo el comentario
Una cosa que aprendes trabajando en emergencias: lo importante es llegar, y para eso es mejor ir lento pero seguro, que rápido pero inseguro.
Entiendo los nervios de los padres que llevan a su hija a urgencias, pero no sólo no llegaron antes, sino que además empeoraron la situación, y mucho: se han llevado por delante otra vida, ellos seguramente acabaron con lesiones, incluyendo a su hija, además de aquello que motivase sus prisas por llevarla a urgencias.
Supongo que ahora no faltarán las defensas para minimizar las consecuencias a esos padres, sin darnos cuenta de que por mucho que se pudieran justificar los nervios, no se deberían de justificar ni las imprudencias ni las temeridades al volante.
NOTA: Aunque estamos acostumbrados a ver alguna que otra barbaridad, es bueno recordar que todos los vehículos prioritarios (coches de policía, ambulancias, bomberos) pueden ignorar ciertas restricciones cuando circulen en servicio urgente (velocidad, semáforos), siempre bajo su propia responsabilidad, y con la máxima precaución y diligencia.
Sabes que estás equivocado, pero en lugar de reconocerlo, eliges una huida hacia adelante. Ahora recurres al lenguaje común como excusa, obviando que esa expresión —«carrera»— se ha utilizado históricamente para referirse no solo a las licenciaturas, sino también a diplomaturas, ingenierías técnicas, arquitectura técnica… incluso a trayectorias no académicas, como una carrera artística o carrera deportiva.
Dicho de otro modo: el uso coloquial del término no sustenta en absoluto tu argumento. Ni lo precisa, ni lo justifica. Y mucho menos invalida lo que ya se te ha demostrado con pruebas normativas.
Lo más preocupante es que, si realmente eres quien dices ser (como afirmaste en otro comentario), y efectivamente ejerces como profesor de comunicación y publicidad, deberías tener claro que lo que estás haciendo es manipulación. Has ignorado hechos demostrados y has recurrido a varias falacias argumentativas:
1. Falacia de autoridad: Afirmaste que eras profesor universitario como si eso respaldara automáticamente tu afirmación, ignorando que la ley sobre equivalencias académicas es clara, pública y verificable.
2. Falacia de ambigüedad semántica: Confundes deliberadamente el uso coloquial de «carrera» con su significado formal, y equiparas grado con licenciatura, cuando en realidad el MECES establece claramente que un grado es nivel 2 (como las antiguas diplomaturas), y la licenciatura es nivel 3 (equivalente a un máster).
3. Falacia de distracción (red herring): Desvías la discusión del punto central —las equivalencias académicas reales— hacia una discusión superficial sobre lenguaje común.
4. Falacia circular: Usas como argumento que ambos se llaman «carrera» para concluir que son equivalentes, cuando esa equivalencia es precisamente lo que estás obligado a demostrar, no a asumir.
5. Hombre de paja: Replanteas mi objeción como si el debate fuera sobre cómo la gente llama a los estudios, y no sobre lo que son en realidad según el marco legal.
Como verás, responder a tantos desvíos argumentativos a la vez no solo es agotador, sino que impide mantener una conversación adulta y razonada. Y para colmo, tu comentario termina con un ataque personal: «y aún eres contratado doctor...», lo que revela no solo una intención provocadora, sino también cierta ignorancia del sistema académico que tanto intentas defender.
Lo que diferencia un debate serio de un intento de imponer una opinión es el respeto a los hechos. Aquí los hechos están claros. Que no quieras verlos es otra cuestión.