@lamonjamellada Eso es verdad, pero no hay que la necesidad de una firma de un padre o marido era un imperativo legal, y aquí estamos discutiendo sobre imponer un imperativo legal sobre cómo debe vestirse una mujer. No sé si me explico, pero igual la hostia viene por otra parte.
Personalmente pienso que es de esos problemas cuya solución debe venir por parte del soft power social. No siendo yo anarquista ni mucho menos, y creyendo en un Estado fuerte, se me plantean dudas a dejar la puerta abierta a un Gobierno con capacidad de decisión sobre la vestimenta de las mujeres cuando cambie (como ya lo está haciendo) el sentir político y los derechistas católicos vuelvan al poder.
@lamonjamellada Puf, ya, pero ¿cómo lo prohíbes? ¿Dices expresamente "burka" y "niqab"? Pueden ponerse una simple sábana por encima y ya no lo sería. ¿Eres generalista y para evitarte temas de discriminación religiosa hablas de rostro tapado sin nombrar las priendas? Entonces cuando yo bajo de la moto a comprar una cosa con el casco puesto, ¿lo incumpliría? Y para evitar esto, ¿hablas de prendas de ropa exlusivamente? Entonces en carnavales habrá un montón de infractores. ¿El chador y el hiyab entran o no? Si hace frío, ¿no puedo ponerme una braga de cuello y unas gafas de sol?
@Golan_Trevize Estoy de acuerdo contigo en general en el plano moral, no me entiendas mal. Es sólo que su encaje jurídico es complicado y no veo manera de legislarlo sin que a la vez toques derechos muy sensibles, y no me refiero solamente a los derechos religiosos.
@paumal Añadiría yo que por compliance algún negocio privado podría requerir el descubrirse. Recuerdo que a un amigo, durante la pandemia, le robaron la cartera e hicieron operaciones en persona en el banco, con la mascarilla. Mi amigo consiguió anular las operaciones y percibir una indemnización tras un acuerdo judicial con el banco (nunca pudieron atrapar al ladrón) por negligencia a la hora de identificar al supuesto cliente, así que en esos casos también veo legítimo que un negocio privado pida que te descubras para poder operar, pero es un tema discutible.
@PasaPollo Quicir, que da por hecho de que habrá gente con el rostro cubierto, y que en ese caso se le puede requerir que lo descubra, pero sólo a los efectos de identificarle. Lo mismo podría suceder para realizar ciertos trámites administrativos o privados en los que se deba cotejar tu identidad, pero más allá de ello (ir caminando por la calle) no le veo ninguna prohibición legal. @lamonjamellada@Catapulta
@lamonjamellada Yo no tengo clara la ilegalidad de ir con el rostro cubierto. De hecho la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana implícitamente da por hecho que puedes ir con la cara tapada:
Artículo 16. Identificación de personas.
1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito. En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.
@Cuchipanda@Catapulta@Pertinax@Eunomia Vamos a ver. Que tú me digas que tomo parte en esto y que mis intervenciones parten de lo personal ya es, en sí mismo, para caerse de culo. Pero vamos a dejarlo aparte. Estos dos llevan un tiempo en un tira y afloja entre sí tan absurdo como lo son de media las broncas de bajo nivel ya estandarizadas entre usuarios del lugar. Eso es lo que digo que es un coñazo. Y si tan claro fuera el favoritismo hacia una de las partes la otra tendría entre 10 y 35 strikes por reporte.
Como no ha ocurrido, y la única referencia es hacia esa bulla interhilos de intervención repetida, no trates de montar un evento mayor a partir de la nada, que es lunes.
@Catapulta@Pertinax@Eunomia Siempre estáis esperando amenazas soterradas, no sé si es que os gusta sentiros perseguidos o a qué se debe, pero es una constante del sitio. Hablo de la reciente guerra de comentarios cruzados y denuncias entre tú y ya sabes quién. Y ahora de nuevo el rollo este de que hay una agenda oculta para proteger a grupos de amiguis que, vaya, para unos y para otros, siempre son los otros.
@Catapulta@Pertinax@Eunomia Catapulta, te estás haciendo ya un poco pesado en distintas líneas. Ya vale. Miraré esto y actuaremos como consideremos adecuado.
@Zoidborg@Ripio El tema es ese, cómo marcas el descarte. Según cómo lo indiques, conlleva penalización. Como está reabierto, HAL debería devolver esos puntos cuánticos cuando complete su ciclo positrónico.
Yo soy más de meterles un paraguas por el orto, y cuando esté dentro abrirlo.
Personalmente pienso que es de esos problemas cuya solución debe venir por parte del soft power social. No siendo yo anarquista ni mucho menos, y creyendo en un Estado fuerte, se me plantean dudas a dejar la puerta abierta a un Gobierno con capacidad de decisión sobre la vestimenta de las mujeres cuando cambie (como ya lo está haciendo) el sentir político y los derechistas católicos vuelvan al poder.
@paumal
@lamonjamellada @Catapulta
Artículo 16. Identificación de personas.
1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito.
En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.
@Catapulta
El usuario que la envía puede cerrar sus noticias en la primera media hora desde su envío. En este caso se le avisó que era duplicada y procedió a cerrarla, como se puede ver en el registro:
www.meneame.net/story/asesinada-mujer-expareja-madrid/log
Lo extraño en este caso es que permanezca en la cola de pendientes estando cerrada en lugar de irse a "descartadas".
www.meneame.net/story/asesinada-mujer-expareja-madrid
Como no ha ocurrido, y la única referencia es hacia esa bulla interhilos de intervención repetida, no trates de montar un evento mayor a partir de la nada, que es lunes.
▬ Pero si estamos a 40 grados.
▬ Ya, pero yo no sé qué freír.
#chiste_de_yoma
- Paco, ¿has visto mis gafas?
- ¿Las de ver?
- No, las de partir piñones.
#chiste_de_yoma
▬ Hola, ¿esto es una casa de citas?
▬ Si corazón, dime qué deseas.
▬ Pues una para el médico y otra para la ITV.
#chiste_de_yoma