m

#1 Ese es el total. Realmente son >500.000 que corresponden al gobierno central, y que una pequeña parte de esos son los encargados de revisar esos proyectos: https://es.wikipedia.org/wiki/Funcionario_p%C3%BAblico_(Espa%C3%B1a)#Datos_estad%C3%ADsticos

D

#6 ah bueno, ya me quedo más tranquilo

m

#8 Me alegro

BobbyTables

#2 quien iba a decir que esos carracos de 140cv no utilizan el motor eléctrico y solo lo quieren por la etiqueta!!!!!

camvalf

#5 140 cv, eso es de matao, por lo menos 50 mas

BobbyTables

#33 soy pobre hasta para tener caballos en el coche

p

#35 déjate, esos 140 cv de tracción delantera de un turismo pueden llevar un remolque de más 750 kg mientas que 360 cv de SUV 4×4 no.

m

"Este mes cobrarán la nómina que recibían antes de las movilizaciones: 1.080 euros mensuales de salario base, a los que, a partir de enero de 2023, sumarán 322 euros y progresivamente aumentará hasta los 382 conseguidos en esta negociación. Según detalla la CIG, el sindicato mayoritario en Galicia y el que ha apoyado todas sus reivindicaciones, el incremento anual supone una subida de 4.800 euros brutos, un 25% del salario."

Pierdes un mes de salario y ganas 4800 brutos. Habrá que ver sin impuestos en lo que queda, pero me parece una muy buena subida.

Ivan_Alvarez

#6 sin impuestos mas o menos suponen 250€ al mes por 12 pagas

m

#33 y #36 el número corresponde al número de letras que hay entre la primera letra y la última k-ubernete-s. Lo mismo ocurre con i18n (i-nternationalizatio-n) y l10n (l-ocalizatio-n),

a

#44 Demasiado poco mnemotécnico.

m

#1, #2, #3, #5 Es el que desveló lo de la secta que usaba las criptomonedas como gancho.

m

¿No había una de Franco en la que había pescado una ballena?

m

#129 ok, tienes razón. En el PC puedo acceder pero no desde el móvil. La mejor solución es cambiar los DNS:

Android y iPhone: https://www.xatakamovil.com/tutoriales/servidores-dns-que-como-configurarlos-ios-android-cuales-mejores-rapidos

Windows:
https://www.xataka.com/basics/como-cambiar-o-configurar-los-dns-en-windows-10
https://www.malavida.com/es/soft/windows-11/q/como-cambiar-las-dns-en-windows-11.html

Mac:
https://www.profesionalreview.com/2017/08/16/cambiar-los-servidores-dns-macos/

Los que tengo en el PC son los de Google, que sorprendentemente no está bloqueando a RT. Son los siguientes: 8.8.8.8 y 8.8.4.4, o bien los que se indican en el enlace de tu Sistema Operativo.

m

#119 la captura que ha puesto #7 es de un error en el certificado SSL, que es en lo que me baso: https://support.google.com/chrome/thread/32545695/soluci%C3%B3n-al-error-err-cert-authority-invalid?hl=es

Ahora mismo la página es accesible.

fromtherivertothesea

#125 No. Sigues sin leer el error.

NET::ERR_CERT_AUTHORITY_INVALID

Parece un error de certificado pero no lo es y no se puede salvar. Adjunto screenshot para que lo veas.

No, la página sigue sin ser accesible desde los proveedores que han seguido la norma europea.

m

#129 ok, tienes razón. En el PC puedo acceder pero no desde el móvil. La mejor solución es cambiar los DNS:

Android y iPhone: https://www.xatakamovil.com/tutoriales/servidores-dns-que-como-configurarlos-ios-android-cuales-mejores-rapidos

Windows:
https://www.xataka.com/basics/como-cambiar-o-configurar-los-dns-en-windows-10
https://www.malavida.com/es/soft/windows-11/q/como-cambiar-las-dns-en-windows-11.html

Mac:
https://www.profesionalreview.com/2017/08/16/cambiar-los-servidores-dns-macos/

Los que tengo en el PC son los de Google, que sorprendentemente no está bloqueando a RT. Son los siguientes: 8.8.8.8 y 8.8.4.4, o bien los que se indican en el enlace de tu Sistema Operativo.

m

#5, #7, #8 y #11, por el amor de dios que putas historias de censura os montáis, que el problema que tenía la web era un problema con el certificado SSL de la página, y el navegador os avisa que puede ser inseguro acceder.

Si pulsáis en "Configuración avanzada" os dará la opción de entrar. Lo que me dice que ni siquiera os habéis molestado en leer el mensaje, ni en buscar en internet el código de error que os da el navegador.

Increible. wall

fromtherivertothesea

#117 Ni te has leído el aviso. lol No es un error SSL. No estás muy al día. Llevan semanas capados los dominios principales de RT en las operadoras que funcionan a nivel europeo.

m

#119 la captura que ha puesto #7 es de un error en el certificado SSL, que es en lo que me baso: https://support.google.com/chrome/thread/32545695/soluci%C3%B3n-al-error-err-cert-authority-invalid?hl=es

Ahora mismo la página es accesible.

fromtherivertothesea

#125 No. Sigues sin leer el error.

NET::ERR_CERT_AUTHORITY_INVALID

Parece un error de certificado pero no lo es y no se puede salvar. Adjunto screenshot para que lo veas.

No, la página sigue sin ser accesible desde los proveedores que han seguido la norma europea.

m

#129 ok, tienes razón. En el PC puedo acceder pero no desde el móvil. La mejor solución es cambiar los DNS:

Android y iPhone: https://www.xatakamovil.com/tutoriales/servidores-dns-que-como-configurarlos-ios-android-cuales-mejores-rapidos

Windows:
https://www.xataka.com/basics/como-cambiar-o-configurar-los-dns-en-windows-10
https://www.malavida.com/es/soft/windows-11/q/como-cambiar-las-dns-en-windows-11.html

Mac:
https://www.profesionalreview.com/2017/08/16/cambiar-los-servidores-dns-macos/

Los que tengo en el PC son los de Google, que sorprendentemente no está bloqueando a RT. Son los siguientes: 8.8.8.8 y 8.8.4.4, o bien los que se indican en el enlace de tu Sistema Operativo.

lameiro

#117 A mi con orange y firefox n me deja de ninguna manera. Censura pura y dura.

eskape

#117 Firefox + Vodafone = Censura
Firefox + Vodafone + Windscribe (proxy en EEUU), fíjate tú = Noticia

painful

#117 El mensaje que me sale a mi no es el de un error de SSL. Ya he lidiado con otros errores como ese en otras ocasiones.
El que sale en Firefox es este:

Probado con conexión WiFi y 4g.

m

#4 no. Muy pocas imágenes de objetos del universo se hacen en color. Normalmente se fotografían en blanco y negro con un filtro para una frecuencia de luz concreta (la del hidrógeno, la del azufre, etc.). Para crear una imagen a color se realizan varias fotografías con varios filtros. Luego se asigna cada imagen a uno de los colores que conforman el RGB (Red, Green, Blue (Rojo, Verde, Azul)), creando así la imagen a color.

De hecho el pie de la imagen lo indica: Webb NIRCam composite image of Jupiter from three filters – F360M (red), F212N (yellow-green), and F150W2 (cyan) (Imagen compuesta del Webb NIRCam de Júpiter desde tres filtros - F360M (rojo), F212N (amarillo-verde) y F150W2 (cian)

La razón por la que no se realizan fotografías a color directamente es porque las frecuencias al rojo suelen dominar la imagen, o bien se quiere fotografiar en otras frecuencias que no están en el espectro de luz visible. De hecho en nuestros móviles y cámaras de fotos, encima del chip CMOS o CCD hay un filtro llamado "Filtro de Bayer" que lo que hace es asignar un color a cada pixel, y además aumentando la cantidad de azules y verdes que de rojos (o reduciendo los rojos). Así se consigue una fotografía más parecida a lo que ven nuestros ojos. Si quitásemos el filtro Bayer de nuestras cámaras, nuestras fotos serían muy rojas.

EmuAGR

#9 "Si quitásemos el filtro Bayer de nuestras cámaras, nuestras fotos serían muy rojas".

Si le quitas el filtro de Bayer a un sensor, lo que pasa es que todos los subpíxeles registran la suma de las luminosidades de cada frecuencia. Por lo que tienes una imagen en blanco y negro.

f

#12 Cierto, y extiendo: En tu respuesta tu estas asumiendo que la respuesta del sensor es plana para todas las frecuencias, cuando lo que ocurre es que estos sensores son todos mucho mas sensibles al infrarrojo que al espectro visible. Por eso, si te compras una webcam viejita (en la que es facil quitar el filtro de infrarrojos que hay encima del sensor), te habras fabricado una "camara de vision nocturna" si te la llevas por ahi, o en casa a oscuras, veras que puedes iluminar la zona con el mando a distancia de la tele

t

#17 Lo probaré

f

#30 en estas camaras web viejas, cuando las has abierto, normalmente encuentras una pieza de plastico negra, como un cono, que focaliza la luz en el sensor. Se trata de desatornillar esa pieza y ver si hay una lamina muy fina de cristal encima del sensor. Si es el caso, con un destornillador pequeñito se rompe ese cristal, lo vuelves a atornillar todo y listo. La camara, funcionando normal, debería mostrar una imagen con todo virado hacia el rojo, y en una habitacion oscura puedes hacer la prueba con el mando a distancia (pero tiene que estar muy oscura). Suerte!

EmuAGR

#17 Conozco lo de la sensibilidad al infrarrojo, lo uso para comprobar fibras ópticas de 850nm con la cámara del móvil. Los filtros de Bayer no dejan de ser un filtro de paso banda para luz visible.

f

#36 si si: no te estaba corrigiendo, sino complementando

T

#9 ¿Y cuando se han hecho fotos por los satélites enviados? ¿Esas cámaras si que han captado el color real o tampoco?

m

#6 o está usando un bot para votar negativo cualquier noticia con ciertas palabras. Vamos a ver qué opinan en el centro de mando@admin

m

#28 y os olvidáis de T'pol en Star Trek Enterprise, que sí que la serie es para olvidar, pero no recordar a Jolene Blalock: https://es.wikipedia.org/wiki/Jolene_Blalock

senfet

#67 T'pol se daba un aire a Hillary Swank

m

10/10. La nueve hay que hacerla a boleo o descartando opciones, si conoces las misiones que han podido fotografiar un polo de un planeta gaseoso.

Technics

#3 Idem, la 9 por descarte.

soaptrap

#3 Justo esa foto está hecha con el telescopio Hubble.

ayatolah

#3 Yo de primeras descarté Saturno porque pensé que de poner un polo (por las marcas de los meridianos y paralelos) de Saturno, pondrían el hexágono por ser una curiosidad. Y Urano, simplemente porque no me parecía.

jdhorux

#3 pues 9/10 yo porque mi boleo no ha funcionado

m

¿No se supone que ya funciona así?. Si tu denuncias que te han ocupado una vivienda tienes que demostrar que es tuya (obviamente), pero a partir de ahí los ocupas tienen que demostrar que tienen derecho a estar ahí.

Creo que esto va más por el tema de la dilatación de los tiempos a la hora de enjuiciar estos problemas, que pueden pasar meses o años hasta que hay una resolución. Además de valorar si la vivienda ocupada es vivienda habitual o segunda vivienda, que creo que también afecta en la celeridad de estos procesos.

¿Algún abogado en la sala para echar luz sobre esto?

StuartMcNight

#7 Si la vivienda ocupada es la primera vivienda salen más rápido de lo que han entrado.

Por eso no pasa.

TipejoGuti

#7 Con la vivienda principal y la vacacional no se produce ocupación sino allanamiento. Como dice #8 la cosa puede ir en cuestión de horas.

#1 Una curiosidad, es falso que actualmente tengas que demostrar la propiedad de una vivienda para propiciar la ejecución de un desahucio. De hecho el 90% de los desahucios por causas hipotecarias el banco ejecutor no era el propietario del bien ni tenía derecho alguno sobre él.

#2 Sí, tiene mucho sentido que a las puertas de una crisis de estanflacion los siervos del poder quieran garantizar que la inmensa cantidad de viviendas que están en manos de fondos especuladores puedan echar al personal a la calle como el que hace palomitas... Mucho sentido, para los fondos de inversión.

#13 Para desahuciar a una persona sí has de probar que tienes un derecho sobre la vivienda, ya sea como titular, como usufructuario o como arrendatario.... Has de demostrarlo, de lo contrario careces de legitimación activa.

En muchas ocasiones, cuando el banco cede el crédito hipotecario a un fondo buitre, en el contrato de cesión se autoriza al banco cedente a llevar la ejecución y el desahucio contra el deudor.

e

#16 ¿Y si yo firmo un contrato con mi primo por el cual me vende la luna, entonces la luna es mía? Lo que ponga en un contrato es nulo si no es legal. Si ese contrato permite hacer un desahucio a alguien que no es el dueño entonces será legal que haga un desahucio alguien que no es el dueño. Si no ese contrato no vale.

Dalit

#16 #18 #22 y asta ahí llegué

Hilo sobre la 'okupación' explicado por un juez

Hace 4 años | Por XurdeKio a twitter.com

https://elpais.com/espana/2020-09-05/una-dudosa-alarma-sobre-los-okupas.html

Esta es buena:
Responde el juez Adolfo Carretero, magistrado titular del juzgado de instrucción número 47 de Madrid: “Llevo 27 años en los juzgados y creo que no he visto en mi vida, que yo recuerde, un caso de ocupación de vivienda de un particular, todos son de bancos o entidades. Es mentira que no se pueda actuar. Si el dueño presenta el título de propiedad, es en el acto, desalojo cautelar y en el juicio ya se verá”

https://www.publico.es/tremending/2020/09/23/congreso-de-los-diputados-datos-vs-patranas-oskar-matute-explica-en-el-congreso-la-diferencia-entre-allanamiento-y-okupacion/
https://maldita.es/malditateexplica/20201102/okupas-plazo-48-horas-policia-orden-judicial/
https://magnet.xataka.com/en-diez-minutos/no-okupacion-que-allanamiento-morada-asi-se-diferencian-sus-penas-procedimientos

https://www.lacienciaysusdemonios.com/2020/09/16/estadistica-para-negacionistas-i/

Ahora se está llamando "ocupación" a cualquier cosa. Por ejemplo,si un inquilino no paga a su casero es un "ocupa". Eso no es ocupación ni el tipo un ocupa.

Los medios de (des)información están metiendo miedo a la gente de que alguien se les pueda meter en su casa y no puedan hacer nada. Eso es falso:

El miedo suele magnificar las consecuencias de un mal entendimiento de los números, creando situaciones catastróficas cuando hay poca o ninguna justificación. Veamos un ejemplo que tiene mucha repercusión estos días: el tema de la okupación.

En España, durante 2019, se ocuparon ilegalmente 14.621 inmuebles. Esta cifra, convenientemente aderezada con algún testimonio trágico, hace que un gran número de personas esté pensando seriamente en la instalación de un sistema de alarma si no lo ha hecho ya. Pero veamos que significan estos números, sin entrar en demasiadas apreciaciones.

En España hay unos 26 millones de viviendas, por lo que las 14.621 okupadas vienen a representar el 0,056 por ciento. Es decir, una de cada 1.768 viviendas o, dicho de otro modo, tendrías una posibilidad entre 1768 de que tu casa fuera okupada. Por comparar, en el mismo año 2019 se ejecutaron 50.006 desahucios, que representa el 0.19%, o una de cada 526 viviendas. Por otro lado, también en 2019 hubo 93.467 incendios en viviendas, un 0,36% o, dicho de una forma más trágica, una de cada 278 viviendas ardió en España durante 2019, provocando más de 100 muertos.

cc: #13

T

#105 #114 #164

Que no os engañen con la teoría. Realmente, ¿qué ocurre en la práctica?
Sobre lo de las 24/48h:

https://maldita.es/malditateexplica/20201102/okupas-plazo-48-horas-policia-orden-judicial/

...este plazo de 48 horas en el que la policía puede entrar en una casa okupada sin orden judicial no existe, aunque la Policía Nacional defiende que está establecido por jurisprudencia.

Es decir, jueces y expertos dicen que no existe, no está escrito, pero en la práctica la policía actúa como si existiera. Pasado ese plazo ya no lo consideran delito flagrante.

Atención a esto:
“este plazo de 48 horas no existe. En el caso de una okupación de primera o segunda vivienda se está cometiendo un allanamiento de morada, que es un delito de tipo permanente, lo que significa que se comete desde el momento en el que los okupas entran en la vivienda hasta que se vayan, por lo que siempre que se pueda demostrar el delito sería flagrante. Pero si las personas tienen algún documento que acredite que viven ahí, como un recibo de la luz o del agua, o incluso un documento de alquiler falso que les haya podido dar una mafia, los policías no pueden entrar a valorar quién vive en esa vivienda, sino que ya debe hacerlo el juez”.

Y ahí nos vamos al terminio medio de 3 meses a un año para el lanzamiento de los okupas.

T

#13

Si no detectas la ocupación en las primeras 24-48h la cosa se complica. Si te vas de vacaciones o eres anciano y estás unos meses en casa de tu hijo que te está cuidando la has jodido. Tendrás que denunciar, pero por lo civil, no por lo penal. Ahí ese "la cuestión puede resolverse en horas" no es cierta. Los okupas tienen mil formas de dilatar los plazos. Inventarán contratos falsos, tunearán la casa, etc. Entre 3 meses y 1 año puede tardar el "lanzamiento" de los okupas.

alfema

#18 por ocupación ¿te refieres a un local o vivienda que no es de uso habitual?, porque esto ya lo hemos comentado un montón de veces, si se ocupa una vivienda de uso habitual o no, por ejemplo una segunda vivienda, se considera morada y allanamiento, el desalojo es inmediato y conlleva prisión, por eso no se suele producir ocupación de este tipo.

Si no es morada, entonces es usurpación, aquí no hay prisión, sólo multa y sí hay que denunciar en juzgado.

k

#18 pareces un anuncio de alarmas. Te vas a por el pan y... Te han ocupado la casa. Es un argumento bastante enclenque ni se sostiene. Pero vamos me recuerda mucho al argumentario de hace dos años en medios de opinión y demás barras de bar cuando el cuñado de turno se viene arriba

StuartMcNight

#18 Que no. Que eso no pasa. Que dejeis de peliculas de indios. Que no se ocupan las primeras viviendas del personal. Y para prueba todas las noticias "mediaticas" que vais meneando y que al final siempre terminan en asuntos turbios del propietario.

montaycabe

#18 te han colado varios bulos, empezando por el de las 24/48 horas

M

#18 Aquí lo contradice:
https://verne.elpais.com/verne/2020/09/01/articulo/1598938999_179935.html
“Siempre que lo denunciemos ante la policía o un juzgado y acreditemos mediante cualquier documento, ya sea con el DNI, un registro de la propiedad, un contrato de alquiler en vigor, facturas o incluso testigos que esa es nuestra residencia”, aclara De la Mata. “Da igual que sea la casa de veraneo y solo vayamos una vez al año”.
En ese caso, la policía puede actuar en cualquier momento (aunque hayan pasado más de 48 horas desde la ocupación) y desalojar a los ocupadores ilegales ya que se considera un delito flagrante, el que se está cometiendo o se acaba de cometer cuando el delincuente es sorprendido.

M

#18 Y encima los okupas llevarán algún menor.

#13 La izquierda a favor de la ocupación, como siempre.

w

#43 luego cuando el alquiler Duba debido al riesgo de ocupaciones echarán las manos a la cabeza....

ahoraquelodices

#43 Más bien, la derecha, tú y otros tantos usuarios sin tener ni idea de la normativa actual o intentando confundir al personal con que te vas a por el pan y te okupan tu piso.

Komod0r

#43 Siempre ha sido así, después se extrañan de los resultados de las elecciones.

#65 Eso, y los vecinos que viven al lado de un piso del banco y pagan religiosamente, que se jodan con la gentuza okupa ahí.

Como se nota que no has tenido la "suerte" de comprobarlo.

D

#13 Me hace mucha gracia tu comentario. Claro que el banco tiene derecho sobre el bien, por eso la hipoteca consta como carga en el registro de la propiedad

D

#13 Madre mía lo que hay que leer. En ningún caso el acreedor hipotecario tiene que demostrar su propiedad sobre el bien hipotecado porque por definición NO puede ser propietario. Ni en el 90 ni en el 99% de los casos.

Lo que tiene que acreditar será que es titular de un crédito garantizado con hipoteca o que ha adquirido el crédito por algún medio admitido en Derecho. Porque la hipoteca en si misma es un derecho real que sujeta los bienes ajenos, cualquiera que sea su poseedor, al cumplimiento de la obligación para cuya seguridad se constituya (1876 CC).

m

#94 A ver, si el banco tituliza la hipoteca, y vende la deuda a un fondo inversor, cosa que sucede muchas veces, deja de ser el acreedor de la deuda, y pasa a ser meramente el gestor.

Y pierde el derecho a reclamar dicha deuda, lo tiene quien es propietario de la deuda, el fondo inversor.

https://www.registradoresdemadrid.org/sentencias/TITULIZACION-HIPOTECARIA-LEGITIMACION-ACTIVA-116

PasaPollo

#13 A eso le sumas las posibles adquisiciones de vivienda por prescripción adquisitiva y la ausencia de documentos que prueben que realmente el usucapiente es titular real... Y la asentadísima jurisprudencia del Supremo acerca de que no corresponde en dichos casos al titular acreditar el dominio.

Dalit

#13 #8 desokupa.com/ y no comento más, no hace falta.

rafaLin

#158 No sirven para nada, hacen una visita, intentan intimidar, y si no funciona (nunca funciona) mandan a un abogado normal y siguen el procedimiento normal, pero más caro.

B

#13 para los siervos del poder y para mí mismo, que no necesito una estadística para estar protegido, necesito simplemente leyes justas que protejan mi pequeño patrimonio, si por desgracia esto ayuda a fondos especuladores ya lo siento...

d

#61 si no pasa, no veo cuál es el problema, será una ley que no es necesaria, pero tampoco costará nada.
#13 sea allanamiento o de un fondo buitre, si no es tu casa, fuera. Y si hay leyes que garantizan esto, mejor para todos. El argumento no puede ser que como pasa poco no se tiene que legislar. Veréis como os pase a vosotros.

navi2000

#13 Sobre tu primer párrafo: no es así, por mucho que lo repitan en #29, #99, etc. Tu estás pensando en una casuistica muy concreta. Te voy a dar 2 ejemplos que conozco de primera mano:

1) Una mujer que vive sola en su casa conoce a otra mujer en situación vulnerable. Con toda la buena voluntad del mundo la invita a que se quede en su casa unos días mientras se resuelve su problema. Al cabo de unas semanas, la mujer no solo no se va, sino que trae a casa a su marido y su hijo que estaban trabajando en otro lugar. Sale juicio y el juez resuelve que tienen derecho a quedarse por la situación de vulnerabilidad. (Este caso lo conozco porque la abogada fue mi vecina)

2) Mi hermano puso una segunda residencia en alquiler. La alquila una familia, pero un día deciden no pagar. 10 meses después se produce el alzamiento. Por supuesto, el piso destrozado que nadie pagará y no son unos días, son 10 meses de no pagar el alquiler.

Y por supuesto que hay casos de patada en la puerta en primeras viviendas y vacacionales, aunque es cierto que son casos raros.

El problema con la legislación es que existe una colisión entre dos derechos, el de la propiedad y la vivienda. Y el estado, ante su incapacidad para resolver el segundo, limita el primero a un tercero.

alfema

#235 lo que tu planteas son casuísticas diferentes, en el primer ejemplo la persona fue acogida en la vivienda, no entró en un descuido ni por la fuerza, coincido contigo en que debería ser el estado y no los ciudadanos los que se hagan cargo de los problemas de vivienda en personas vulnerables.

En el segundo caso se trata de un problema de morosidad de un inquilino, ni allanó la casa, porque no es morada ni la usurpó.

En ambos casos la solución debería ser más rápida.

Katipunero

#13 Nada en la administración de justicia, en ningún orden jurisdiccional, es cuestión de horas salvo la espera entre la hora a la que se ha señalado una vista y el momento en que se entra en sala.

D

#13 Efectivamente, ahora que el mercado vuelve la cara hacia la inversión inmobiliaria hay que fijar posiciones especulativas. Qué bien enseñados les tienen los lobbys que les pagan.

d

#13 por supuesto que tiene sentido. Quien te piensas que invierte en esos fondos de inversión? La gente que tiene su dinero ahí. Miles de millones de personas en todo el mundo.

La propiedad es la propiedad y debe ser respetada siempre y de manera rápida y eficaz. No debería existir niguna diferencia entre vivienda principal, vacacional, segunda residencia, tercera residencia, para alquilar, para dejar vacía o para usar de picadero.

#7 Sastamente.....

La idea parece ir dirigida a acortar plazos en materia de desalojo, pero en el ámbito penal.
Como se dice en el artículo, otra cosa ya es el ámbito civil.

Así que la cosa quedaría más o menos como sigue: si te encuentras una vivienda de tu propiedad okupada, presentas la correspondiente denuncia; se concede un plazo de 48 horas al okupante para que justifique que tiene derecho a quedarse ahí. Si no lo hace, condena penal y se le desaloja.
Ojo: no se le exige prueba documental, sino prueba de que tiene derecho a ocupar la vivienda.

Si por falta de esa prueba es desalojado y realmente tenía derecho a residir podrá reclamar por la vía civil.

Es lo que he entendido.