s

#61

editado:
De hecho es lo que pone en el enlace que has puesto, te lo podrías haber leído

Yo lo que quería decir (y me he expresado mal) es que la AN está vinculada por sus resoluciones anteriores en casos idénticos.

Sí que te voy a dar la razón en una cosa, cuando esto llegue al contencioso-administrativo estos órganos no estarán vinculados al auto de la AN, pero me juego 1 contra 100 que esa multa no se pagará. En algún momento (quiero pensar) un tribunal español la anulará (y si no lo hace ya llegará el TEDH para volver a sacar los colores a España).

s

#61 La jurisprudencia nunca es fuente del derecho, es un complemento del ordenamiento jurídico que ayuda a la interpretación y aplicación de la normas. En el modelo anglosajón sí que es fuente del derecho (EEUU o Inglaterra) en el modelo europeo (el de España, Italia, etc...) no. Así que por favor no te inventes cosas.

De todas formas si quieres vamos al TEDH que condenó al Estado español por la STC a Otegi al decir: "El Rey es el jefe de los torturadores". Si eso está amparado por la libertad de expresión es evidente que silbar al rey también lo está.

D

#62 Mira. No me discutas que las fuentes del Derecho Civil, por ejemplo, atribuyen a la jurisprudencia del Tribunal Supremo el carácter de fuente.
Amparado por varias sentencias que confirman la utilización de dicha jurisprudencia como referencia citada en otras sentencias y autos de Juzgados inferiores. Si eso no es fuente, ya me dirás qué lo es.
Deja de consultar la Wikipedia para contestarme a cosas que he estudiado, por favor y que he visto durante un período largo de mi vida de primera mano en Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia.

s

#64 Esto dudo que le interese a nadie (la discusión que estamos teniendo) pero como me está gustando te contesto. Yo también lo he estudiado y lo he visto durante un periodo largo de mi vida. Por ejemplo que me niegues que los TSJ crean jurisprudencia en el ámbito de sus derechos forales no tiene sentido.

Aquí te dejo lo que venía en un manual (carperi) para las oposiciones a judicatura.

Valor jurídico. ¿Es o no fuente del Derecho?
- Posición de la doctrina.
 Los que afirman que sí. Se apoyaban en 1.692 LEC de 1881, que permitía el recurso de casación por “infracción de ley y doctrina legal” (= jurisprudencia). Esta postura no es sostenible por la Ley de Reforma Urgente de la LEC de 1984, que permite el recurso de casación contra la “infracción de las normas del ordenamiento jurídico o la jurisprudencia que fueren aplicables para resolver las cuestiones objeto de debate”, y que no considera por tanto a la jurisprudencia como fuente del Derecho. La LEC de 7 de enero de 2000 sigue la misma línea, pues permite el recurso de casación por “infracción de normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso” y “cuando la resolución del recurso presente interés casacional”, lo que ocurre “cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del TS”.
 Los que afirman que no. Dicen que el TS tiene funciones meramente interpretativas. Críticas: no sólo ésas, aunque de esto no se deriva que creen NJ.

- Posición de la legislación.
 CC. 1.1 no lo enumera entre las fuentes del Derecho, aunque lo aproxima a las mismas al regularlo en el mismo precepto y otorgarle función de complementar el ordenamiento.
 CE. 117.3 (potestad jurisdiccional exclusiva a Jueces y Tribunales), 117.4 (no tendrán más funciones que ésa y las que determine la ley), parecen configurar al TS como aplicador de las NJ, no creador de las mismas.

- Conclusiones. Funciones de la jurisprudencia (DÍEZ PICAZO):
 Interpretación en sentido estricto. Establecer el alcance y significado de una expresión ambigua de un precepto legal.
 Interpretación integradora. Introducir en las NJ variantes que, sin aparecer expresamente en las mismas, son exigidas por su coherencia sistemática dentro del ordenamiento jurídico o por cualquier otro tipo de razones.
 Interpretación y aplicación de los PGD. Los consagra y refuerza su consideración de fuente del Derecho.

D

#65 Mira. Déjalo, porque, además, no tiene sentido hablar de jurisprudencia ante una decisión de la Comisión Antiviolencia que no forma parte ni del Poder Judicial siquiera. Como para hablar de Derecho Foral...
Es un error de base en tu comentario #39, que no había querido mencionar con anterioridad pero que, ante tu insistencia en el tema, te he tenido que recordar.

s

#42 Sí que la crean, no en el sentido del art. 1.6 del CC pero sí vinculan a los Tribunales. De hecho no sólo la AN crea jurisprudencia, también el TC (en materia de amparo de derechos fundamentales) y los TSJ (en materia de derecho foral propio). La AN al ser un tribunal especial para determinados delitos también crea jurisprudencia, es decir, no puede resolver de forma distinta un caso que es idéntico a uno ya juzgado. Y sí, un caso con un auto de sobreseimiento definitivo crea jurisprudencia.

D

#45 Mucho me temo que has leído algo por internet y no te has enterado de mucho. No sabes cuánto lo lamento.
La jurisprudencia, como fuente del Derecho, sólo la sienta las SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Oir favor, no te inventes cosas.
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/jurisprudencia/jurisprudencia.htm

s

#61 La jurisprudencia nunca es fuente del derecho, es un complemento del ordenamiento jurídico que ayuda a la interpretación y aplicación de la normas. En el modelo anglosajón sí que es fuente del derecho (EEUU o Inglaterra) en el modelo europeo (el de España, Italia, etc...) no. Así que por favor no te inventes cosas.

De todas formas si quieres vamos al TEDH que condenó al Estado español por la STC a Otegi al decir: "El Rey es el jefe de los torturadores". Si eso está amparado por la libertad de expresión es evidente que silbar al rey también lo está.

D

#62 Mira. No me discutas que las fuentes del Derecho Civil, por ejemplo, atribuyen a la jurisprudencia del Tribunal Supremo el carácter de fuente.
Amparado por varias sentencias que confirman la utilización de dicha jurisprudencia como referencia citada en otras sentencias y autos de Juzgados inferiores. Si eso no es fuente, ya me dirás qué lo es.
Deja de consultar la Wikipedia para contestarme a cosas que he estudiado, por favor y que he visto durante un período largo de mi vida de primera mano en Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia.

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#64 Esto dudo que le interese a nadie (la discusión que estamos teniendo) pero como me está gustando te contesto. Yo también lo he estudiado y lo he visto durante un periodo largo de mi vida. Por ejemplo que me niegues que los TSJ crean jurisprudencia en el ámbito de sus derechos forales no tiene sentido.

Aquí te dejo lo que venía en un manual (carperi) para las oposiciones a judicatura.

Valor jurídico. ¿Es o no fuente del Derecho?
- Posición de la doctrina.
 Los que afirman que sí. Se apoyaban en 1.692 LEC de 1881, que permitía el recurso de casación por “infracción de ley y doctrina legal” (= jurisprudencia). Esta postura no es sostenible por la Ley de Reforma Urgente de la LEC de 1984, que permite el recurso de casación contra la “infracción de las normas del ordenamiento jurídico o la jurisprudencia que fueren aplicables para resolver las cuestiones objeto de debate”, y que no considera por tanto a la jurisprudencia como fuente del Derecho. La LEC de 7 de enero de 2000 sigue la misma línea, pues permite el recurso de casación por “infracción de normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso” y “cuando la resolución del recurso presente interés casacional”, lo que ocurre “cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del TS”.
 Los que afirman que no. Dicen que el TS tiene funciones meramente interpretativas. Críticas: no sólo ésas, aunque de esto no se deriva que creen NJ.

- Posición de la legislación.
 CC. 1.1 no lo enumera entre las fuentes del Derecho, aunque lo aproxima a las mismas al regularlo en el mismo precepto y otorgarle función de complementar el ordenamiento.
 CE. 117.3 (potestad jurisdiccional exclusiva a Jueces y Tribunales), 117.4 (no tendrán más funciones que ésa y las que determine la ley), parecen configurar al TS como aplicador de las NJ, no creador de las mismas.

- Conclusiones. Funciones de la jurisprudencia (DÍEZ PICAZO):
 Interpretación en sentido estricto. Establecer el alcance y significado de una expresión ambigua de un precepto legal.
 Interpretación integradora. Introducir en las NJ variantes que, sin aparecer expresamente en las mismas, son exigidas por su coherencia sistemática dentro del ordenamiento jurídico o por cualquier otro tipo de razones.
 Interpretación y aplicación de los PGD. Los consagra y refuerza su consideración de fuente del Derecho.

D

#65 Mira. Déjalo, porque, además, no tiene sentido hablar de jurisprudencia ante una decisión de la Comisión Antiviolencia que no forma parte ni del Poder Judicial siquiera. Como para hablar de Derecho Foral...
Es un error de base en tu comentario #39, que no había querido mencionar con anterioridad pero que, ante tu insistencia en el tema, te he tenido que recordar.

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#61

editado:
De hecho es lo que pone en el enlace que has puesto, te lo podrías haber leído

Yo lo que quería decir (y me he expresado mal) es que la AN está vinculada por sus resoluciones anteriores en casos idénticos.

Sí que te voy a dar la razón en una cosa, cuando esto llegue al contencioso-administrativo estos órganos no estarán vinculados al auto de la AN, pero me juego 1 contra 100 que esa multa no se pagará. En algún momento (quiero pensar) un tribunal español la anulará (y si no lo hace ya llegará el TEDH para volver a sacar los colores a España).

s

Yo no entiendo nada: "Un auto de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional consideró en 2009 que pitar el himno de España está amparado por la libertad de expresión". Es decir, estos administrativos deciden saltarse decisiones judiciales para multar por expresar una opinión política. Gustara más o menos (a mi se me ocurren otras formas de protesta mas "joviales") pero no deja de ser: A mi esto no me representa. Y no sólo se multa al Barça, también a Catalunya en Acció (100.000€) y a varias organizaciones culturales con 70.000€ (como El Sotrac).

¿Sabéis de cuando es la última multa en España por pitar el himno? De 1925, con la dictadura de Primo de Rivera.

Sospecho que Cardenal quiere ir en la lista unitaria con Mas y Junqueras, desde luego se está esforzando para convencer a los indecisos.

D

#39 Los autos de la Sala de lo Penal NO CREAN JURISPRUDENCIA.
Y Mas no quiere la independencia: quiere seguir viviendo como un corregidor de la milonga independentista, no te confundas.

s

#42 Sí que la crean, no en el sentido del art. 1.6 del CC pero sí vinculan a los Tribunales. De hecho no sólo la AN crea jurisprudencia, también el TC (en materia de amparo de derechos fundamentales) y los TSJ (en materia de derecho foral propio). La AN al ser un tribunal especial para determinados delitos también crea jurisprudencia, es decir, no puede resolver de forma distinta un caso que es idéntico a uno ya juzgado. Y sí, un caso con un auto de sobreseimiento definitivo crea jurisprudencia.

D

#45 Mucho me temo que has leído algo por internet y no te has enterado de mucho. No sabes cuánto lo lamento.
La jurisprudencia, como fuente del Derecho, sólo la sienta las SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Oir favor, no te inventes cosas.
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/jurisprudencia/jurisprudencia.htm

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#61 La jurisprudencia nunca es fuente del derecho, es un complemento del ordenamiento jurídico que ayuda a la interpretación y aplicación de la normas. En el modelo anglosajón sí que es fuente del derecho (EEUU o Inglaterra) en el modelo europeo (el de España, Italia, etc...) no. Así que por favor no te inventes cosas.

De todas formas si quieres vamos al TEDH que condenó al Estado español por la STC a Otegi al decir: "El Rey es el jefe de los torturadores". Si eso está amparado por la libertad de expresión es evidente que silbar al rey también lo está.

D

#62 Mira. No me discutas que las fuentes del Derecho Civil, por ejemplo, atribuyen a la jurisprudencia del Tribunal Supremo el carácter de fuente.
Amparado por varias sentencias que confirman la utilización de dicha jurisprudencia como referencia citada en otras sentencias y autos de Juzgados inferiores. Si eso no es fuente, ya me dirás qué lo es.
Deja de consultar la Wikipedia para contestarme a cosas que he estudiado, por favor y que he visto durante un período largo de mi vida de primera mano en Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia.

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#64 Esto dudo que le interese a nadie (la discusión que estamos teniendo) pero como me está gustando te contesto. Yo también lo he estudiado y lo he visto durante un periodo largo de mi vida. Por ejemplo que me niegues que los TSJ crean jurisprudencia en el ámbito de sus derechos forales no tiene sentido.

Aquí te dejo lo que venía en un manual (carperi) para las oposiciones a judicatura.

Valor jurídico. ¿Es o no fuente del Derecho?
- Posición de la doctrina.
 Los que afirman que sí. Se apoyaban en 1.692 LEC de 1881, que permitía el recurso de casación por “infracción de ley y doctrina legal” (= jurisprudencia). Esta postura no es sostenible por la Ley de Reforma Urgente de la LEC de 1984, que permite el recurso de casación contra la “infracción de las normas del ordenamiento jurídico o la jurisprudencia que fueren aplicables para resolver las cuestiones objeto de debate”, y que no considera por tanto a la jurisprudencia como fuente del Derecho. La LEC de 7 de enero de 2000 sigue la misma línea, pues permite el recurso de casación por “infracción de normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso” y “cuando la resolución del recurso presente interés casacional”, lo que ocurre “cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del TS”.
 Los que afirman que no. Dicen que el TS tiene funciones meramente interpretativas. Críticas: no sólo ésas, aunque de esto no se deriva que creen NJ.

- Posición de la legislación.
 CC. 1.1 no lo enumera entre las fuentes del Derecho, aunque lo aproxima a las mismas al regularlo en el mismo precepto y otorgarle función de complementar el ordenamiento.
 CE. 117.3 (potestad jurisdiccional exclusiva a Jueces y Tribunales), 117.4 (no tendrán más funciones que ésa y las que determine la ley), parecen configurar al TS como aplicador de las NJ, no creador de las mismas.

- Conclusiones. Funciones de la jurisprudencia (DÍEZ PICAZO):
 Interpretación en sentido estricto. Establecer el alcance y significado de una expresión ambigua de un precepto legal.
 Interpretación integradora. Introducir en las NJ variantes que, sin aparecer expresamente en las mismas, son exigidas por su coherencia sistemática dentro del ordenamiento jurídico o por cualquier otro tipo de razones.
 Interpretación y aplicación de los PGD. Los consagra y refuerza su consideración de fuente del Derecho.

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#61

editado:
De hecho es lo que pone en el enlace que has puesto, te lo podrías haber leído

Yo lo que quería decir (y me he expresado mal) es que la AN está vinculada por sus resoluciones anteriores en casos idénticos.

Sí que te voy a dar la razón en una cosa, cuando esto llegue al contencioso-administrativo estos órganos no estarán vinculados al auto de la AN, pero me juego 1 contra 100 que esa multa no se pagará. En algún momento (quiero pensar) un tribunal español la anulará (y si no lo hace ya llegará el TEDH para volver a sacar los colores a España).

D

#65 Mira. Déjalo, porque, además, no tiene sentido hablar de jurisprudencia ante una decisión de la Comisión Antiviolencia que no forma parte ni del Poder Judicial siquiera. Como para hablar de Derecho Foral...
Es un error de base en tu comentario #39, que no había querido mencionar con anterioridad pero que, ante tu insistencia en el tema, te he tenido que recordar.

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Que un Ministro de Interior no conozca la Ley... "es obligación de los deportistas federados asistir a las convocatorias de las selecciones deportivas nacionales para la participación en competiciones de carácter internacional, o para la preparación de las mismas" Ley 10/1990 art. 47.1. Después el art. 76F considera infracción muy grave "f) La falta de asistencia no justificada a las convocatorias de las selecciones deportivas nacionales." Y el art. 79 establece las penas "a) Inhabilitación, suspensión o privación de licencia federativa, con carácter temporal o definitivo, en adecuada proporción a las infracciones cometidas." Así que a lo mejor iba por dinero, a lo mejor porque le gusta jugar a fútbol, a lo mejor porque le caía bien el seleccionador, a lo mejor porque era la única forma de jugar eurocopas o mundiales, a lo mejor para que no le insultarán (aún más) en los campos de España o, a lo mejor, iba porque está obligado.

España es un Estado donde el servicio militar es voluntario pero es obligatorio ir a la selección.

s

#75 Eso no es exactamente así, la reparación civil se incluye en el 90% de los procesos penales, sólo se reserva la vía civil para esos daños cuando el agraviado lo pide (cosa que, según se deduce de la noticia, no ha hecho, ya que si no ese apartado de 500€ por daños morales no saldría).

D

#249 Yo no he dicho que no se pueda. He dicho que también esta la via civil si se quiere hacer otra reclamación aparte.

s

#6 Habla del equipo de fútbol, eso es pagar con dinero (que encima a saber cómo pagaron, tienen juicios también por las cuentas de su período).

Laparra y Osuna en el fútbol, Fabra (el mafias) en la diputación, Fabra (el que ahora es "pecident") de alcalde, todo eso se juntó y la ciudad no ardió, estamos hechos a prueba de fuego...

s

#16 ¿Cañas es ese imputado por fraude fiscal que Ciutadans, como ejemplo de regeneración democrática, ha puesto en el Parlamento Europeo? ¿O hablas de otro Cañas?

RocK

#19 "insultos que recibió Cañas" que no fueron ni insultos, ni a Cañas.

Fernàndez dijo: "nuestro partido no se manifestará este 12 de Octubre junto a organizaciones abiertamente racistas como PxC o Falange Española de las JONS", se lo decía al PP y a C's (no a Cañas) respecto a la manifestación del día de la hispanidad.

s

Normal lo que han hecho, si la pena es por impedir el normal funcionamiento de las instituciones (y no por actos concretos como lesiones o daños -la gabardina de M. Tura) no entiendo como condenan a 8 de 20, de hecho no entiendo por qué no condenan a los ¿5.000? que se manifestaron ese día delante del Parlament, es una sentencia arbitraria y, por lo tanto injusta.

Recordemos que esto pasa días después del desalojo de Plaza Catalunya, donde hay 120 heridos, varios de ellos necesitan eparina durante meses para evitar trombos, uno de los heridos es David Fernández, 27 porrazos según STC judicial, 270€ de multa al agresor, el resto (119) ni siquiera eso, impunidad total por la salvajada de los antidisturbios.

Si alguien ve normal que 8 personas vayan a la cárcel 3 años, 1.095 días, por una manifestación dónde no hay daños físicos ni graves destrozos de mobiliario es que nos hemos vuelto todos locos.

Por último una reflexión con calzador a lo que se ha puesto en #6 Político mejor valorado en España Albert Rivera, político mejor valorado en Catalunya David Fernández, joder, pues no hay diferencia casi...

s

Una cosilla a los de "El diario.es" la charla no fue el miércoles como dicen si no el sábado a las 19:30, no pasa nada porque hayáis conseguido el vídeo hoy pero dar a entender que fue ayer... no sé, me parece feo.

Y otra cosa a los "los valencianos estáis todos lobotomizados", todos no, algunos no tenemos culpa de nada o, al menos, no tenemos más culpa que el resto de los españoles que no votan al PP y están comiendo mierda, es cierto que tenemos a Rus, Fabra y Rita, pero también que tenemos a Oltra, Xavi Castillo y Xavi Sarrià.

s

Pues a ver qué pasa porque es bastante curioso. A diferencia de los jueces que son independientes (al menos sobre el papel) los fiscales están sujetos al principio de dependencia y jerarquía interna, el jefe de todos es el Fiscal General del Estado (FGE), es decir, si Torres Dulce le dice a un fiscal: "Salta" el fiscal salta o se expone a acciones disciplinarias.

El FGE es nombrado directamente por el gobierno (aunque después se supone que él sí goza de independencia), maravillas de la separación de poderes del estado español, el Gobierno nombra a un FGE, no le da instrucciones para que persiga a Mas (no, no se las da, no seáis mal pensados, seguro que no le han dado ni una recomendación), éste manda al Fiscal Superior de Catalunya que investigue un presunto delito de Mas, el FJC dice que no ve nada, que para él eso no es delito, ahora el FGE puede hacer dos cosas:

a) Ok, no es delito, lo había mirado mal. (Aquí se acaba).
b) Es delito, te ordeno que lo persigas.

Con lo cual se dejan dos opciones al FJC

a) Te digo que no es delito pesado, déjame en paz. Resultado: Acción disciplinaria que puede acabar en expulsión. Follón.
b) Cumplo tus órdenes pero dejo claro que es contra mi voluntad. Resultado: Follón

Como ya he dicho al principio va a ser bastante curioso (y divertido de ver).

s

Después de la rueda de prensa de Rajoy de hoy, donde no ha parado de hablar de legaidad, cumplir los mandatos judiciales, etc. imagino que estos "personajes" serán inmediatamente detenidos y trasladados a Argentina para ser juzgados.

Pdta: Manda huevos que por una ley de amnistía contraria a todos los tratados internacioanles no puedan ser juzgados aquí.

s

Rajoy es indepe, hoy un último empujón para subir la participación. No se puede hacer peor.

s

#5 Ahora hay 4 posibilidades:

1) CiU acata la suspensión, no se sacan las urnas, CiU se va a la mierda en las próximas autonómicas.

2) CiU saca las urnas, la gente vota, hay poca participación (menos de 1,5 millones) y no pasa nada.

3) CiU saca las urnas, sobre 2 millones de personas votan, gana el sí por amplia mayoría, problemón.

4) CiU intenta sacar las urnas, la Guardia Civil/Mossos impiden que se abran los colegios, foto en la prensa internacional de policías impidiendo votar al pueblo, "justificación" de una declaración unilateral de independencia, problemón al cuadrado.

D

#23

Caso más probable: CIU se hace la victima y no saca las urnas, en las elecciones llora que si tuviera más mayoría todavía habría impedido que Pujol robara y habría conseguido la consulta, luego pacta con el PP otra cortina de humo y los dos se reunen a celebrar sus mayorías absolutas para parar unos con otros.

Vamos cómo cuando Hitler pactó con Stalin no intervenir en la guerra civil Española y mandó cuatro tanques para disimular

S

#33 Es que aprendo unas cosas sobre historia del siglo XX
que no se lo salta ni MarianJoy en pantis y Soraye pellizcandole el culete ...

"Vamos cómo cuando Hitler pactó con Stalin no intervenir en la guerra civil Española y mandó cuatro tanques para disimular"

Eign?
Donde ha salido usted mozo?
D'un univierso para-lelos?

RogerDF

#33 Godwin wins! una vez más... http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_Godwin

Dene

#23 te falta una
"Mas no tiene mas cojones que convocar unas elecciones anticipadas plebiscitarias, o sea, los partidos a favor de la independencia ponen como unico programa, eso.. CIU se va a la mierda, hundida por la corrupcion, Pujol ens roba y su inoperancia al frente de la generalitat y los recortes...ERC se hace con la Generalitat...el PP de Cataluña se desploma y miss universo (Alice) se qeuda fuera del parlament...."

D

#23 La ultima ¿problemos?, se manda a la cabra de la legion y se actua contra los instigadores por traicion (y no se si podrian ser ejecutados)

mynoks

#57 La Asamblea Nacional Catalana tiene 30.000 voluntarios para la realización del 9N (entre los que me incluyo) ¿Nos vas a ejecutar a todos?

¿Has pensado lo que dices?

D

#165 A ver, me refiero a los responsables, lease, mas, junqueras, etc, no a los tontos a los que les han comido el coco.

Aunque no estoy seguro de que si por traicion te pueden ejecutar en tiempos de paz (en tiempo de guerra juraria que todavia si).

A

#23 Viendo como esta twitter, apostaría por la 4. Y si pasan a la DUI.. verás la opcion 5 que serán los militares. Esto ya es un "por mis cojones" y a burros.. a ver quien gana.
Algunos parece que han nacido ayer.

Rustufary_1

#23 La opción 4 es inviable. No se va a dar órdenes a la GC ni al CNP para que actúen así. El ejército ya se ha posicionado y ha dicho que no piensa mover un dedo.
Que ojo, no digo que antaño no las tuvieran en otros intentos de consulta.

P

#23 No va a pasar ninguna de esas 4 opciones.

CiU delega la organización del evento a la sociedad, ANC, Omnium, etc ... y el Tribunal Constitucional no puede hacer nada.
CiU se va a la mierda. Si convoca o no elecciones ya se verá.

CiU ya adelantó las elecciones solo para dedicarse a organizar una consulta legal. No lo ha conseguido. En mi opinión debería convocarlas, de hecho ya se habla de 18 o 25 de enero.

jiajoe

#23 Voto por la 3 peeero...

Aunque haya una participación masiva no va a haber tal problema. Rajoy cuenta con que si al final sacan las urnas, el 90% de los votos sean al SI SI ya que la gran mayoría que acuda a votar será independentista (puesto que gran parte de los partidarios del NO al no estar invalidadas se quedarán en casa). Eso le servirá para decir "claro, es un 90% SI SI que NO SE CORRESPONDE con la realidad catalana, por lo que mi valor a esas elecciones es entre cero y nada..." y así volveremos a un principio... el pez que se muerde la cola.

G

#74 De haber más síes que más de la mitad de votantes de las últimas elecciones el problema estará ahí.

D

#23 No seas tontorrón, la única posibilidad es la de la realidad, que esto del referéndum es una mierda de truño propugnado por CiU y los cuatro radicales de siempre que al final acabará en nada y menos.

Eres un patán, eso si es un problemón.

scitainfinite

#23 3 o 4. La gente esta muy motivada por votar. Incluso es probable que el SI+No + No puedan rondar el 10%/20%.

D

#23 hasta hace un rato hubiese apostado por la 3. Ahora va all in a la 4.

D

#23 Eh, eh! no me pueden hacer esto! Que yo ya he impreso la papeleta para votar que sí y, no es porque sea catalán, es porque la tinta de impresora es tan cara como la sangre de unicornio. Eso le duele a cualquier ciudadano del estado.

Lo mínimo que espero es que CIU definitivamente se vaya a la mierda. Yo por mi parte, si pasa la 4º opción, estaré entre esos a los que los maderos pegarán, porque yo creo en el derecho a voto. Igual salgo en el los periódicos internacionales...aunque sea con una brecha en la cabeza.

D

#23 me estás diciendo que 1,5 de vitantes son pocos y 2 son muchos? Pero bueno, que son 7 millones de catalanes! (Casi todos pueden votar) Para que sea medio legítimo deberían votar mínimo 4

D

#131 Pues te haré caso y no me preocuparé. Ya sabes, lo importante es votar en las plesbicitarias
#156 "medio"? Tu país te ha vendido un concepto de la democracia "medio" oscuro, creo yo ...

d

#156 Si no recuerdo mal, los que pueden votar son 5 millones (si llegan)

Xtrem3

#23 Me subo al carro y me juego 3... que coño, 4 habas a que 1) y 2) están descartadas, o 3) o 4) y tiro más a la 4), es además la que más les conviene, "yo me he saltado la ley por vosotros, por cumplir lo que os prometí, pero el siempre malvado y opresor estado español me ha dicho que tralarí"

Lo que les costará dejarlos votar y hacer algo bien aunque sea un día...

D

#23
4) CiU intenta sacar las urnas, la Guardia Civil/Mossos impiden que se abran los colegios, foto en la prensa internacional de policías impidiendo votar al pueblo, "justificación" de una declaración unilateral de independencia, problemón al cuadrado.
No hay justificacion que valga, mirad en ucrania, se ha votado y se apoya a kiev con bombardeos incluidos.

D

#189 #23 EN LA HISTORIA mundial jamas ha habido un precedente en democracia de declaracion unilateral de independencia, al dia siguiente que? como echas a la policia del Prat? a la guardia civil de las fronteras o puertos? como echas a los funcionarios?
LA UNICA MANERA de imponer una nueva legalidad es por la fuerza, no hay otra manera, o por la fuerza, o porque los otros SE VAN CON EL RABO entre las piernas, o directamente pasan de todo. Ahora bien, yo no veo a la policia nacional poniendose a las ordenes del junqueras, y yendose de sus puestos de trabajo. TENDRAS que hacer como en crimean; POR LA FUERZA, como hace cualquier estado cuando se quebrante su legalidad, usa la fuerza para reponerlo, si tu quieres implantar una nueva legalidad, tendras que usar la fuerza, PORQUE REPITO, no veo a las decenas de miles de funcionarios y fuerzas de seguridad que dependen del estado haciendo caso a junqueras antes que al gobierno legal de españa....no lo veo.

xavierstark

#195 jajaja típico comentario anticambios nacionalista.

¿Que se hace? te creas una democrácia y un país a medida.
y se acaba comer mierda castiza de la casta imperialista.

Para muestra un botón:
http://es.m.wikipedia.org/wiki/EE._UU.

GuL

#23 5) Las sacan, votan más de 2 millones. Sale NO. Problemilla

Neochange

#23 Estando en Catalunya y por mi circulo cercano creo que va a ir por la tercera. pocos votaran que no pero se ira a votar.

neotobarra2

#23 La tercera opción no es un problema para nadie, ya se demostró en la diada que en Cataluña hay mucha gente a favor de la independencia y eso no cambió nada. Esta consulta no va a tener mayor validez en absoluto, ya que sólo van a ir a votar quienes están a favor del "Sí" y lo único que podría servir de algo (ver la cantidad de personas que son en números absolutos los partidarios de la independencia) también va a ser puesto bajo duda. Hace poco un familiar que vive en Barcelona contaba que nadie se va a fiar de los resultados de esa consulta porque no hay nadie neutral ni partidario del "no" controlando que no se falsifiquen los resultados.

Y la cuarta opción no va a suponer un problemón porque la prensa internacional lleva ya mucho meses poniendo a parir a Rajoy y a todo su gobierno sin que eso les haga avergonzarse lo más mínimo, CIU no se va a atrever a lanzar una declaración unilateral de independencia y sólo una parte de los independentistas va a ver eso como una justificación para dicha declaración. Recuerda que estamos gobernados, en Europa y en el mundo, por capitalistas que por encima de todo desean seguir robándonos como hasta ahora. La independencia les genera demasiadas incertidumbres e inestabilidades, así que nadie fuera de España va a apoyar la independencia de Cataluña sólo porque no se deje celebrar una consulta.

El Estado ha dejado claro que no va a permitir que Cataluña se independice por las buenas. Ahora sois los catalanes quienes tenéis que decidir si lo hacéis por las malas. Y en caso de decidir que sí, tendréis que asumir las consecuencias, porque si la independencia va ligada a un proyecto político revolucionario puede merecer la pena pero es que ése no es ni de lejos el panorama actual y una Cataluña independiente que quiera seguir siendo capitalista puede acarrear muchos problemas...

J

#266 Desde mi humilde opinión tienes buena parte de razón. Y será a malas ya que el siguiente movimiento, las elecciones autonómicas avanzadas, ERC va a ganar casi seguro, y ellos lo tienen bastante claro. Y cuando eso suceda, el turno pasa a tenerlo el estado (y la UE), y ahí desconozco esas "consecuencias" que comentas.

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#9 Pretenden votar unilateralmente, siendo la minoría e imponiendole lo que ellos voten a la mayoría sin dejarla votar.


Para ser catalán te veo mal informado:

1) En las papeletas se puede votar Sí y, cosa curiosa en una pregunta con dos respuestas, No. Efectivamente, se puede votar No. Qué locos están...

2) Las últimas elecciones catalanas, en las que votaste (o podías hacerlo) si eres mayor de edad y estás en el pleno ejercicio de tus derechos civiles, 80% del Parlament favorable al referéndum, más del 50% a favor de la independencia. Eso no es una minoría, minoría son el PPC y C's.

3) PPC y C's no quieren que se vote, ni los del sí ni los del no, nadie. Es el PP el que ha impugnado la primera votación (y ahora el doodle por el que la han sustituido). Así que si te quieres quejar de que no te dejen votar no culpes a los proreferendum (que ellos lo que quieren es que vote todo el mundo ya que eso legitima aún más el resultado), culpa al PP y al Tribunal Constitucional.

D

#12 Quien está mal informada y tergiversa la realidad eres tu. Yo no tengo ningun problema en que vayamos al tribunal de la haya a que sean ellos y no los españoles a ver, que nos digan que derechos tenemos los españoles sobre nuestro país, como ciudadanos de él que somos.

La votación es ilegal. Es ilegal tanto el si como el no. Es ilegal la convocatoria. Y la votación excluye a muchos votantes, todos los españoles no catalanes.

Lo que los calanazis pretenden es lo que he dicho. Otra cosa es que no se les permita imponernos a todos los españoles cual es nuestra soberanía nacional.

No he votado en mi vida. Ni en autonómicas ni en generales. Ni lo haré mientras no concuerden los programas con mis ideales (de extrema izquierda por así llamarlo) / mi nivel de exigencia.

PPC y C's tienen razón en esto, la consulta es ilegal, y es antidemocrática. La consulta se le debe realizar a los españoles, no a los catalanes. Y el referendum en caso de que los españoles lo vean necesario.

AlphaFreak

#14 Hasta ahora todavía no he visto ninguna argumentación que justifique que consultar a la población sobre qué futuro quiere para su país pueda ser "antidemocrática". Aparte de "lo dice la Constitución" (FALSO), "No hay garantías" (FALSO), "No se permite expresarse a los del NO" (FALSO) y "No me da la gana" (VERDADERO).

El argumento de "deberíamos votar todos los españoles" sería de chiste, si no fuera porque hay gente que lo usa en serio. Really, nunca en el mundo mundial ha habido un referéndum de autodeterminación en el que vote más gente que los habitantes de la zona que se autodetermina.

Además, era la forma más razonable (y segura) de evitar lo que ahora es prácticamente inevitable. Existía ese enorme agujero negro en forma de "SI-NO", cuyo contenido es absolutamente ambiguo. Una campaña inteligente, a lo Cameron, hubiese podido llevar a una victoria del SI-NO con cierta facilidad. Aunque el genio de Rajoy, acompañado por los más genios todavía del PSOE nos ha hecho el trabajo más complicado saboteándose a sí mismo.

Cuando proclamemos la independencia tendremos que hacer una cuestación para erigir un monumento a Mariano Rajoy. Si él, no hubiese sido posible.

Robus

#16 Mira que te voy a decir... el comportamiento de Rajoy es tan favorable a los secesionistas que no me extrañaría que, el día de la problamación de la independencia, aparezca en el balcón de la Generalitat saludando mientras nos explican que era un agente infiltrado...

Y con el Losantos al lado diciendo que sí con la cabeza... lol

AlphaFreak

#17 Ese (El FJL) ya está fuera de onda. El auténtico infiltrado tiene que ser Marhuenda. No puede existir un tipo tan estúpido si no es porque tiene una agenda oculta.

Edito: aunque lo de la portada del ABC del domingo, junto con ciertos tuits de personajillos de la prensa española ya es para cagarse.

Ictineo

#17 Bueno... por lo menos Losantos era militante del PSUC .

Cabre13

#15 Según ciertas corrientes de pensamiento (personificadas enpandacoloridopandacolorido tal y como explica hoy mismo aquí Las "camisetas feministas" fabricadas por trabajadoras explotadas [ENG]/c57#c-57 NADIE es ultra de nada y llamar ultra, radical o extremista a alguien son una muestra de poca cultura.
#14 El típico que dice ser de extrema izquierda y lo demuestra dedicando todos sus comentarios a criticar el nacionalismo catalán.

Pandacolorido

#23 Lo que #15 llama "ultra" yo lo llamo facha, fascista o nazi.

"Ultra" es lenguaje sensacionalista que la prensa utiliza para retroalimentar los estereotipos faciles que promueven los defensores de la falacia del punto medio.

D

#3 #13 #14 Mirad a ver si los nazis son los falangistas.

D

#29 Los falangistas se decantan hacia el fascismo, exactamente igual que los que se manifestaban por el 9N. Pretenden siendo la minoría imponerle a la mayoría su decisión y robarnos a los españoles nuestro derecho a votar / opinar sobre la soberanía nacional. Cosa a la que tenemos pleno derecho.