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Abogado general del TJUE dictamina que negar el cambio de sexo en el registro civil del país de origen vulnera el derecho de la UE

Abogado general del TJUE dictamina que negar el cambio de sexo en el registro civil del país de origen vulnera el derecho de la UE

El abogado general del TJUE considera que la obtención de un documento de identidad que se corresponda con su identidad de género no debe estar sujeto a la aportación de pruebas de tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo. En otras palabras, el sexo de la persona no debe corresponder única y exclusivamente con su aspecto físico por considerarse un menoscabo de el derecho a la integridad de la persona y el derecho al respeto de la vida privada y familiar.

| etiquetas: tjue , sexo , género , dni , trans , abogado , registro
Vaya cacao tiene el redactor artículo mezclando sexo y género
Por esta razón la normativa nacional no puede impedir a una persona transgénero disfrutar de los derechos protegidos por el Derecho de la Unión, como es en este caso el documento de identidad, que le permite ejercer libremente su derecho a circular y residir en el territorio de otro Estado miembro.

El abogado valora que se está cometiendo una restricción a dicho derecho. Y añade que este tipo de privaciones de circulación y movimiento responde a una lista taxativa y limitada de ejemplos…   » ver todo el comentario
#1 Eso es. Como la asesoría jurídica de cualquier entidad, que establece el marco jurídico de las decisiones que se toman para que no sean contrarias a la ley. El abogado general es el que firma el dictamen, pero detrás hay un importante equipo jurídico.

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