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Una hija renuncia a la herencia de su padre, pero la Seguridad Social la denuncia: afirma que lo hace para evitar pagar unas deudas

Una hija renuncia a la herencia de su padre, pero la Seguridad Social la denuncia: afirma que lo hace para evitar pagar unas deudas

La SS denuncia a una mujer tras renunciar a la herencia de su padre. La Tesorería General de la SS la denunció tras cuestionar su renuncia ‘pura y simple’. Según este concepto, el heredero renuncia a su parte sin asignarla a nadie, pasando la herencia a los restantes herederos o a los de grado siguiente, quien renuncia no debe pagar impuestos, ya que se considera que no adquirió los bienes. Para la SS, esta acción perjudicaba los intereses de terceros, pues el fallecido tenía deudas con la administración pública que se iban a quedar sin pagar.

| etiquetas: herencias , seguridad social
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Comentarios destacados:                                  
#115 #81 Si tienes deudas no puedes hacer lo que quieras con tu dinero. Pueden embargarte para que pagues la deuda. El "alzamiento de bienes" es el delito de trampear para evitar el embargo. Por ponerte un ejemplo claro: Imagina que el hombre de la noticia, en medio del juicio en el que le iban a embargar sus bienes para pagar la deuda, hubiese "vendido" su casa a su hija por 1€, indicando que el podría disfrutarla hasta que lo que le queda de vida. Pues es un caso claro de fraude.
Ahora me entero de que los hijos deben heredar las deudas de los padres o si no te denuncia la Seguridad Social.
#1 No es magia, son tus impuestos
#2 No sé a qué viene ahora hablar de los impuestos, pero pedirle a un hijo las deudas del padre no es legal y no tiene legalmente ni la más mínima obligación de satisfacer esas deudas. Lo único que puede hacer la Administración es por supuesto coger la herencia, cosa a la cual ya ha renunciado la hija, o sea que si con la herencia la SS no tiene suficiente va a tener que joderse porque la hija legalmente no tiene por qué darles nada.
#12 Ehhh. No, esto no va de pedirle a un hijo las deudas del padre. Una herencia es el pack completo, no solo la parte que te interesa. La definición de Herencia de la wikipedia es clara. Bienes, derechos y obligaciones.

Si tu aceptas una herencia, te viene todo junto. Por eso está bien enterarse bien de las obligaciones (deudas) para evitar sustos posteriores. Pero si no hay herencia o la rechazas, como ha dicho el juez, ya está.

Aquí no se está juzgando a la hija por las deudas del padre.…   » ver todo el comentario
#44 No veo qué puede tener de fraudulento que yo NO quiera aceptar la herencia de mi padre porque está cargada de deudas. Nos ha jodido, la mujer sabe que aceptando esa herencia le va a tocar pagar más que recibir y no le da la gana y la SS llora desconsoladamente. Totalmente legítimo hacer lo que ha hecho, si ella no tiene deudas con nadie y no se hace cargo de la herencia de su padre, NO está incurriendo en ninguna ilegalidad ni tiene que pagar nada que sea de otras personas, en este caso su padre.
#50 Pues si. Lo que no comprendo es a qué lumbreras de la SS se le ha ocurrido que es buena idea presentar una denuncia por ello. Va a ser verdad que la media cultural ha caído mucho...
#1 #56 pues os lo explico: la SS denuncia para que haya una investigación mínima de que no se ha hecho alzamiento de bienes, es decir, alguna donación de bienes en los últimos años realizada justamente para que no se pueda satisfacer la deuda.
Un ejemplo, lo del padre de Ayuso, que fundó 7 empresas y todo lo que dejó en herencia cabía en una bolsa de deporte, y la pensión embargada.
La SS está actuando legítimamente.
#69 entonces deberían abrir una inspección de sus bienes, no denunciarla por rechazar una herencia.
#80 Pero el periodista que escribe el artículo tendría menos clicks y él también tiene que comer.
#80 y una vez inspeccionados que habría que hacer? Pués denunciarla por que es un tema de derecho civil, no se resuelve por vía administrativa. Lo que pasa es que la noticia es un truño que no nos explica nada
#80 me imagino que la denuncia es el paso previo a la apertura de una inspección fiscal.
#80 Eso es, porque renunciar a una herencia sí se puede:

hereditasabogados.com/procedimiento-renuncias-herencias/

- Renuncia expresa: La renuncia debe formalizarse mediante un documento público ante notario o en sede judicial. No se admiten renuncias tácitas o informales.
-Irrevocabilidad: Una vez formalizada, la renuncia no puede revertirse, salvo en casos excepcionales que impliquen nulidad por defectos en el procedimiento.
- Deudas hereditarias: Rechazar una

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#69 eso es ilegal? O es ingeniería fiscal?
No tengo ni idea, por eso pregunto. Yo pensaba que en vida podías hacer con tu dinero lo que quisieras
#81 Existe el delito de alzamiento de bienes. Un ejemplo extremo: si yo saco todo el dinero de una empresa, se lo doy a mi tía, no pago mis deudas con ningún proveedor y declaro la empresa bancarrota, mi tía no se puede quedar con el dinero.
#81 Si tienes deudas no puedes hacer lo que quieras con tu dinero. Pueden embargarte para que pagues la deuda. El "alzamiento de bienes" es el delito de trampear para evitar el embargo. Por ponerte un ejemplo claro: Imagina que el hombre de la noticia, en medio del juicio en el que le iban a embargar sus bienes para pagar la deuda, hubiese "vendido" su casa a su hija por 1€, indicando que el podría disfrutarla hasta que lo que le queda de vida. Pues es un caso claro de fraude.
#69 "La SS está actuando legítimamente"

¡NO!
#69 legítimamente sería si la administración ve que la hija ha ganado dinero, ha subido su nivel de vida de repente, si ha entrado un dinero en una cuenta. Si no hay ningún indicio no es legítimo esto y en la noticia solo pone que la ss se enfado y se puso a llorar
#3 #26 os lo explica muy bien #69
#69 Pero si se ha hecho alguna donación de bienes o capital se habrá pagado el correspondiente impuesto y debería estar todo correcto.
#69 A ver si es verdad eso de que la justicia es igual para todos. Y ya de paso que también investiguen a este "pobre" defraudador:

www.vanitatis.elconfidencial.com/casas-reales/2020-09-08/juan-carlos-d
#69 Las donaciones de bienes pagan los mismos impuestos.
#69 Con la salvedad de que la SS no es AvalMadrid (prestamista del padre Ayuso), al que muchos han calificado de chiringuito que habría que cerrar.
#162

1 - Se renuncia a unas 50.000 herencias todos los años (el15% del total). La noticia va de la fiscalía ha denunciada esta renuncia porque habrá algún indicio de delito - como explica #69 - pero aún así el juez ha dicho que se puede renunciar.

2 - El estado no se lucra con la corrupción, al revés, los corruptos suelen robar al estado (Más bien llevarse una migajas del robo al estado de los corruptores) o bien utilizar su cargo en el estado para lucrarse personalmente.

3 - Suele usarse como metáfora del fondo de reserva. No acabo de entender que quieres decir
#69 no, si encima hasta le va a haber que dar la razón. La gente está anestesiada, de verdad, no hay futuro ni revolución.
#69 los cojones mios legítimamente. Es abuso de poder.
La que debe investigar mínimamente es la SS antes de actuar contra un ciudadano.
Lo dicho.

#125 pues vaya mierda de explicación que da.
#69 por esas donaciones en vida, ya se pagarían impuestos.
Y ahora más quieren.
Y cuando se ha muerto el hombre, también.

Es increíble la voracidad de hacienda en este país, acaba siendo un deber moral no pagar .
#69 y aunque no venga al caso, si yo acepto una herencia y años después se descubre que el muerto tenía unas deudas que todavía están en tiempo de poder reclamarse, tengo que hacerme cargo de ellas?
#56 la seguridad social abusa muchísimo de disparar con pólvora del rey y te lleva al juzgado a la mínima, lo hace incluso contra otras administraciones en unas huidas hacia adelante bastante surrealistas.
#50 exacto, de ahí lo notorio de la noticia
#50 pactar con tu padre que se endeude con hacienda a tope, incluidas las deudas del hijo (por ejemplo usando su condición de autónomo para la actividad del hijo) sabiendo que va a morir y te vas a ahorrar todos esos impuestos impagados
#50 Pues entiendo que igual investigan si ha habido un "alzamiento de bienes". Donaciones antes de fallecer... que tampoco se si es ilegal o no.
#50 menudo chollo. Pides créditos a tutiplén, no los pagas, no pagas impuestos, vives como Dios hasta que te mueres, y aquí no ha pasado nada.
Pues me temo que no va así.
#44 La hija ha renunciado al pack completo.
#44 no es del todo correcto, hay una forma de herencia en la que si la deuda supera al beneficio.. el receptor puede renunciar a la misma. Otra cosa es que no lo hayan realizado así. Se llama herencia a beneficio de inventario
#12 tiene obligación de heredar las deudas si hereds también bienes.
Y es legítimo renunciar a una herencia precisamente por ese motivo... Al menos lo era hasta ahora.
#65 puedes heredar a beneficio de inventario. Se satisface la deuda con la herencia no con tu patrimonio.
#72 oh, eso no lo conocía.
Entonces nunca tiene sentido renunciar, no? Nunca pagarías más de lo heredado...
#90 no sé los detalles, pero es algo como lo que dices.
#90 No no, a beneficio de inventario significa eso: tienes derecho a verlo todo y hacer el inventario para decidir si finalmente aceptas o no. Es para que no te aparezcan deudas que no sabías que existían y si hubieras aceptado de entrada serían tuyas.

Lo que no puedes hacer es gastarte nada durante ese tiempo, porque entonces estás aceptando la herencia implícitamente y ya no puedes renunciar.

¿Y cuándo tiene sentido renunciar? Pues si sabes bien que la herencia no te interesa (porque ya sabes de primeras que hay más deudas que haberes) entonces es mejor renunciar directamente porque te ahorras trámites y obligaciones legales.
#90 a no ser que las deudas superen lo que heredas.
#72 lo que no se es ¿Como se reparten las deudas entre los herederos?


Y unos padres podrían actuar de mala fé, por ejemplo pedir un préstamo sabiendo que van a morir, para pagarle a un hijo unos cursos carísimos pero que te aseguran un muy buen trabajo. El hijo se beneficia mucho pero no hereda ninguna deuda.
#12 No sé a qué viene ahora hablar de los impuestos, pero pedirle a un hijo las deudas del padre no es legal y no tiene legalmente ni la más mínima obligación de satisfacer esas deudas.

A no ser que el difunto se empufara para favorecer a su hija y ella ya haya estado beneficiándose de ello. En tal caso, no me parece mal la actuación de hacienda.

Pero yo por supuesto no me he leído la noticia. Aquí venimos a jugar.
#12 seguramente haya algo mas detras que la simpleza de renunciar a la herencia
#2 No. Es que tu viejo es un puto ladrón.
#2 No son tus impuestos, es un funcionario gilipollas.
#2 Es simplemente mentira. Incompetentes hay en todas partes y la seguridad social no es una excepción. La legislación es cristalina, y no puede haber intención fraudulenta porque para empezar nunca existió la obligación de pago por su parte. Todos los involucrados por la parte de la seguridad social es esta mierda deberían estar en el paro el lunes.
#1 Creo que no es el primer caso y siempre pierde la administración, no se porque lo hacen. A lo mejor alguien con una deuda pequeña prefiera pagar que meterse en pleitos con la administración
#3 lo hacen porque no crujen al funcionario que denuncia injustamente.
Si lo suspendieran de empleo y sueldo por denunciar sabiendo que va a perder esto no pasaría.

Joder, que somos ciudadanos, no siervos.
#26 Bueno, hasta donde yo sé existe el delito de prevaricación. Otra cosa es que la perjudicada tenga ahora la fuerza, motivación y capacidad económica necesaria para emprender las acciones legales correspondientes contra el funcionario que prevaricó.
#70 juegan con eso, con la indefensión del ciudadano medio. MAFIA
#26 pues seguramente sea eso , un funcionario retrogrado de los muchos que hay, seguramente la justicia le dieran la razon a los herederos, si lo llevan a juicio
#3 Lo hacen para que quede constancia de la deuda y de la herencia sin aceptar. Así, cuando la herencia se la quede Hacienda, la Seguridad Social está la primera para cobrar.
#55

Eso que dices ¿Significa que si heredas algo y renuncias o pides el beneficio de inventario hay siempre denuncia aunque ganes?
#3 se llama plus de productividad, no se quien dijo que perdian +50% de los juicios, el problema es que cuentan que a juicio va solo la gente con pasta, de todos los panolis pagamos y listo
#3 lo hacen porque el estado y especialmente Hacienda es una mafia y por lo tanto actúan como tal, amedrentado y presionando al ciudadano hasta exprimirle el último centavo para que los políticos puedan gastararselo en sus chiringuitos, desviarlo a empresas amigas a cambio de comisiones y directamente gastarlo en putas y cocaína.
#6 MPR *
#1 Además:
"Según este concepto, el heredero renuncia a su parte sin asignarla a nadie, pasando la herencia a los restantes herederos o a los de grado siguiente"


Un heredero renuncia y, en su lugar, hereda otro heredero, pero ¿la deuda con Hacienda se pierde? Suena a que no había ninguna deuda y que, simplemente, el primer heredero habría pagado más impuestos (cosa rara porque los herederos de primer grado pagan menos impuestos que los siguientes, supongo que ese heredero tendrá unos ingresos muy altos y los siguientes no y juntando ambas cosas el pago a Hacienda se habría disparado)
#6 no creo que sea eso, es que no habrá más herederos o el resto también se habrá puesto de lado. Al final la herencia se la quedara el estado, pero o bien el caudal hereditario es bastante inferior a la deuda y quieren cobrárselo a alguien (si alguien hereda se carga con la deuda completa aunque herede una bicicleta) o para la administración es un engorro hacer liquido herencias inmobiliarias o similares.
#8 Heredar deudas siempre ha sido motivo de renuncia: para heredar deudas no heredas, la deuda se pierde y no pasa nada. Para eso está el renunciar a la herencia, dudo que nadie renuncie a heredar una fortuna.

El artículo no dice que la herencia se haya perdido y se la haya quedado Hacienda, dice que "el heredero renuncia a su parte sin asignarla a nadie, pasando la herencia a los restantes herederos o a los de grado siguiente". O alguien en Hacienda a intentado pasarse de listo y…   » ver todo el comentario
#15 Entiendo que no es así. Los que han heredado se quedan la deuda. Lo que me extraña es la resolución judicial

"El tribunal también abordó el alegato de la TGSS sobre el supuesto fraude, indicando que la simple renuncia no constituye un acto fraudulento, o a menos que haya sido ejecutada de mala fe o con el propósito expreso de perjudicar a los acreedores, "

¿mala fe? ¿proposito expreso de perjudicar a los acreedores? Pues claro que ese el proposito, a ver si ahora uno va a estar obligado a cargar con las deudas de sus progenitores.
#20 No es eso. Lo que quiere decir lo que has puesto es que si se pudiera deducir un fraude por la renuncia (si es que se pudiera dar el caso), o que se quiera perjudicar explícitamente a los acreedores (que hay una intención manifiesta), tendría lugar las reclamación. Lo que dice el tribunal es que no hay mala fe, ni intención de daño por parte de la heredera y, por lo tanto, no ha lugar a la reclamación.
#20 «De acuerdo con el Código Civil, “la aceptación y repudiación de la herencia son actos enteramente voluntarios y libres, por lo tanto, no pueden los acreedores obligar o compeler a un heredero a aceptar la herencia, como sería el caso de que tuviese éxito la acción rescisoria”.»
#20 Un poco raro sí que es todo esto de las herencias. Si no hay deudas lo quiero todo, pero si hay deudas, nada, nada quiero. Me recuerda el rescate de los bancos, Felipe renunciando a una parte de la herencia, pero no a toda...Es medieval, pero como todo el mundo quiere pillar...
#15 Te cuento una película. Una herencia de una casa y además algo de dinero y quizas alguna empresa pequeña.

La casa es lo que mas vale y lo que hereda la hija, pero es una casa hipotecada y el valor es tan alto como el de la casa.

El dinero fisico y quizas la empresa pequeña, no tienen cargos pendientes y lo herendan otros familiares. Ahi tienes un motivo para renunciar. Siempre y cuando haya sido asi testado.

De todas maneras no queda claro en esta historia.

Por cierto, que yo sepa no se puede renunciar asignando a alguien tu parte, si tu "renuncias" asignando se entiende como donación y te crujen a impuestos. Si renuncias, es a favor de los restantes.
#1 heredas cualquier deuda, no importa a quién se deba el dinero.
#19 si no renuncias a la herencia.
#24 O la aceptas "a beneficio de inventario".

www.rae.es/dpd/beneficio de inventario
#1 Alguien sabe donde se encargan los volquetes de putas y cocaina?

Tiene tela la cosa, así que si me quedan dos telediarios me puedo dar la vida padre que ya lo pagarán mis hijos :palm:
#1 Diría que el artículo deja varias opciones en el tintero. Tú padre puede haber fallecido debiendo un millón a Hacienda y tener varias viviendas, puede aceptar la herencia por inventario. Significa que se liquidan las deudas y después cobra si queda algo y acepta, en caso contrario puede no aceptar. Y los acreedores se quedan con el patrimonio del padre. Al menos eso recuerdo yo de derecho patrimonial hace muchos años.
#37 Es que eso que dices, es la manera correcta de hacerlo. Lo que no entiendo es la denuncia de la SS. Porque el que acepte la herencia se lleva todo: derechos y obligaciones. Así que al final alguien lo pagará.
#45 Entiendo que -si no hay más herederos- la herencia es para el Estado y es insuficiente para pagar las deudas o es un engorro para la administración el poder liquidar esos bienes e intentan cobrar la deuda por la forma rápida...
#1 El que hereda lo hace con todo, bienes y deudas. Para eso está la fórmula de aceptar la herencia a beneficio de inventario para si tiene muchas deudas no poner en riesgo tu patrimonio personal.
#1 Me huelo que lo que ha ocurrido aquí es algo de lo que conozco varios casos cercanos.
El padre tenía propiedades y un pufo con la SS y Hacienda. Pocos meses antes de fallecer donó todos activos a su hija y deja solo el pufo.
Eso o lo que dice #35
#51 Eso en todo caso sería levantamiento de bienes, y si ha sido el caso que lo gestionen como tal. Lo que no puedes hacer es forzar a los herederos a aceptar herencias cargadas de deudas de forma obligada.
#1 tan injusto es que tenga que pagar las deudas como que reciba las ganancias.

Abolición de la herencia ya.
#1 Cuando un deudor a la S.S. (o cualquier otra Admón.) fallece, la Tesorería Gral. puede derivar la responsabilidad a los herederos. En términos legales, esto se enmarca dentro del proceso de aceptación de la herencia, donde los herederos pueden optar por aceptar la herencia pura y simplemente (incluyendo las deudas), aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a ella.

“En su demanda, la Seguridad Social argumenta que la renuncia a la herencia tiene una “intencionalidad fraudulenta” y

…   » ver todo el comentario
#116 #1
Si los herederos renuncian a la herencia debido a las deudas del fallecido, legalmente se entiende que no aceptan ni los bienes ni las obligaciones del difunto. Esto significa que no tienen que asumir sus deudas y que la Administración o los acreedores no pueden reclamarles el pago.
Cuando todos los herederos renuncian, el patrimonio del fallecido queda sin titulares, y los acreedores pueden intentar cobrar las deudas contra los bienes existentes en la herencia. En última instancia, si nadie acepta la herencia, el Estado podría quedarse los bienes (herencia vacante).
#1 Yo pensaba que renunciar a las herencias precisamente servía para librarte de las deudas de dichas herencias.
#1 sin tener demasiada idea, pero si lo hacen seguramente es por algún tema de alzamiento de bienes previo, rollo pactos de mejora, donaciones, "ventas" de patrimonio a bajo precio, préstamos con condiciones ventajosas... Dudo mucho que él caso sea tan simple como nos suelta la noticia
#1 Perdona que me cuelgue de ti pero es que el redactor no entendió lo que dijo el juzgado ni el asunto dirimido y así no se entiende.

Personajes supuestos:

1 - Padre fallecido que deja una herencia

2 - Hija que tiene deuda con la seguridad social

3 - (Posibles nietos o hermanos de la hija u otros herederos).

El padre fallece, y a la hija le corresponde dinero o propiedades. Como ella tiene una deuda son la seguridad social, si la acepta la SS le reclamará, embargará y esas cosas. Entonces…   » ver todo el comentario
#1 Ahora me entero de que algunos trabajadores de la Seguridad Social son hijos de puta
La noticia es errónea, #0 (#1, tú instinto era el correcto; un saludo a todos los demás que le han dado credibilidad a tamaña tontería)

Otra fuente que tiene más sentido: noticiastrabajo.huffingtonpost.es/economia/una-hija-renuncia-a-la-here

La deuda con la seguridad social la tenía ella, no su padre. Si ella hereda, la seg. social le embarga su patrimonio. Así que…   » ver todo el comentario
Si pretenden hace heredar de forma obligatoria las deudas que se hereden tb las pensiones
#5 Otra forma de verlo sería ¿Si es injusto heredar las deudas (que obviamente lo es) por qué es justo heredar la riqueza? Que una persona empiece el partido con -2 goles sería una barbaridad ¿Pero no lo es tambien que otros lo empiecen con 100 goles a favor?
#5 Las pensiones no, pero cobrar todas las ayudas a las que tenían derecho pero no se pagaron por morir antes, sí, incluyendo gastos médicos.
Cuando se firma una herencia si es posible que existan deudas, hay que hacerlo siempre "a beneficio de inventario"
#9 ¿Te vale la pena el engorro si el saldo es negativo?
#16 es posible que en el Momento de recibir la herencia no se sepa que hay una deuda?
#18 Pues la aceptas a beneficio de inventario por si acaso.
#18 claro que es posible, pero sería tu culpa por idiota y no informarte
#16 si, si no sabes si el saldo es negativo o tienes dudas del montante de la deuda.
#16 SI ya sabes por adelantado que el saldo es negativo, entonces no aceptes la herencia y listo
#60 ¿Y si luego resulta que tenía patrimonio oculto? :troll: una cuenta en Suiza con un par de milloncetes, por ejemplo..

CC #16
#9 Gracias, no conocía esa opción.
No me jodas, tiene que haber algo más.

A ver si antes de palmar hubo una cesión de patrimonio o algo por el estilo y la hija se quedó con la herencia y la SS con las deudas.
#22 Yo también lo he pensado, pero en ese caso lo lógico es que la sentencia fuera a favor de Hacienda y no lo es.
#27 #22 Pues a lo mejor si va por ahí la cosa y empieza a tener sentido esto. Le dona en vida los bienes, paga su impuesto correspondiente, palma y no le quedan más que deudas que evidentemente nadie acepta la herencia envenenada. Pero aún así entiendo que el deudor se tiene que comer un colin, a lo mejor podría calificarse de alzamiento de bienes, pero es un delito que habría comtido el muerto.
#30 Con la colaboración de la hija que además se lucra.

De todas maneras estamos suponiendo muchas cosas.
#33 la hija no tiene por qué saber si su padre tiene deudas cuando está aceptando la donación.

Más ahora que la donación en vida es muy común
#74 seguramente tendrá que demostrarlo, igual que cuando compras algo robado.

De todas maneras, no lo sabias?, OK ya lo sabes y todos esos bienes tienen que volver para pagar las deudas
#22 #27 #30 #33
Parecería un método muy fácil de defraudar al estado, y por eso el estado ya tiene un mecanismo para protegerse, ¿cómo?
Pues el estado te reclaman una deuda, y te da un plazo. Si no cumples, te sigue avisando, sumándote intereses, y si sigues sin pagar, te empieza a embargar, cuentas personales e incluso activos (coches, viviendas....)

Si este hombre tuvo una deuda en vida, la SS ya habría empezado a tramitar embargos. Si pretendió hacer el chanchullo donando a la hija, ya le habrían acusado en vida de alzamiento de bienes.
Solo puede darse este caso si hubieran sucedido las dos cosas -acumular la deuda y traspasr las propiedades- en poco plazo antes de morir. Lo cuál no sé si tiene sentido.
#27 A lo mejor es que lo han hecho muy bien y lo que queda es mira pobrecilla que mala es la SS.
#27 que la seguridad social no es hacienda.
#22 A mi también me huele a alzamiento de bienes transformado en "pobre hija que no puede ni aceptar la herencia"
Jaja es delirante la manía recaudatoria de este país
#7 a ver si te crees que sale gratis tener a belén Esteban dando servicio público
#7 De algún lado tienen que salir los dineros para las putas de Aldama o Koldo... oh, pero qué fachanazi soy, ¡qué digo! si son las cloacas judiciales de la ultraderecha montándose películas con ciudadanos socialistas de bien que fijo que nunca han hecho nada malo.
#61 y si son las dos? Porque el estado roba y despilfarra dinero, y da igual quien ocupe el gobierno, y lo peor es que nos hemos acostumbrado y hasta normalizado.

Otra cosa son las cloacas del estado, el viraje del PSOE para controlar la fiscalía, .....y suma y sigue
Aquí falta algo de información, si renuncias no eres responsable de las deudas.

Imaginate si todos los que se mueran con deudas hiciesen testamento poniendo a… yoquese, a Ayuso como beneficiaria! :troll:
#25 Es que si renuncias en favor de alguien concreto se considera donación.
Por eso lo de renuncia pura y simple, que es paso el turno a los siguientes.
#25 Imaginate que el vecino al que le caes mal tiene deudas y te pone de heredero para joderte la vida
Los españoles según la Seguridad Social  media
Si aceptas herencia aceptas deudas...

Pero si no... No!
"Para la SS, esta acción perjudicaba los intereses de terceros, pues el fallecido tenía deudas con la administración pública que se iban a quedar sin pagar."

Cobrarle a los muertos...
Eso solo les pasa a los ciudadanos corrientes.
El pufo del padre de Ayuso nos lo comemos todos los españoles (al menos los madrileños) y ningún estamento oficial la denuncia, ni siquiera la empresa a la que le debe el dinero.  media
Esto parece una simulación de renuncia y que se trata de una aceptación tácita por disposición de bienes por parte de los herederos antes de conocer si quiera el inventario real, lo he visto mucho. Se muere el abuelo, lo entierran, uno de los hijos que está autorizado en el banco saca 80.000€ y cuando van a adjudicar herencia y a pagar impuestos ven que el abuelo debía 200.000, y como se han gastado y repartido los 80.000 se consideran aceptación tácita por disposición y además es aceptación pura, vamos con las deudas. Así que la seguridad social ante la falta de prueba documental de inventario y buena administración del caudal hereditario denuncia a los herederos y que corra el que tenga que correr …
Es mucho peor tener deudas con la Seguridad Social que con Hacienda.
Supongo que es porque tenía una empresa y no pagó las cuotas a la seguridad social. Esa es justamente el tipo de deuda que no debes tener para que no te persigan hasta el infinito y más allá.
Estoy seguro, pero segurísimo, que el caso no es tal y como lo cuentan.
Nos falta información, como en otros muchos casos, de "periodistas" donde las cosas se cuentan a medias.
Me entran dos dudas:

1. ¿Antes de aceptar o no, el notario me dice cuáles son las deudas, o es a ciegas?

2. Si por ejemplo existe una vivienda hipotecada que está en proceso de embargo y no hay seguro de vida, además de deudas de créditos tipo Cetelem, ¿heredas la deuda de los bienes (vivienda hipotecada) o también de aquellos créditos?
#28 La testamentaría debe decirte lo que hay, lo bueno y lo malo, los activos y los pasivos. Y los heredas todos.
#36 #28 Normalmente son los herederos los que hacen el inventario que le dan al Notario, que los revisa y pone la cláusula de que actúa de buena fe según la información proporcionada (o sea que si lueho aparece algo más, el notario no se responsabiliza).

Si quieres que Notaría haga toda la recopilación, prepara la cartera para el abogado especializado en herencias.
Edit: Heredas los créditos, todo bueno o malo, salvo beneficio de inventario... Que debe hacerlo un abogado. :take: :take:
Pd: Me tocó hacer el inventario y avalúo hace dos años.
#39 si, conozco un caso que siendo de sobra conocido que era herencia envenenada se renunció directamente porque no merecía la pena haber inventario

#62
#39 Bueno, aceptar a beneficio de inventario es hacerlo ante el notario. Total, tienes que ir a aceptar/rechazar la herencia, asi que note cuesta nada aceptarla a beneficio de inventario.
Y el inventario si o si hay que hacerlo para liquidar el impuesto de sucesiones. El quien lo haga depende de las ganas que tenga un heredero de hacerse cargo o prefieran dejarselo a un tercero.

Por eso digo que aqui chirrian muchas cosas: ¿por qué no aceptaron de primeras a beneficio de inventario?
#28 no todas las deudas o pendientes de cobros están registrados en alguna parte, así que no, no vas a saberlo todo.

heredas todo, vienes y deudas (todas las que sean legítimas)
son ciervos, no ciudadanos.
#40 así se ven los sudacas de Europa
Creo que no es el caso de heredar una deuda. Entiendo que renuncia a heredar para pagar una deuda suya, "se resiste" a tener ingresos embargables. De todas formas, va a ser muy jodido demostrar que renuncias a la herencia fraudulentamente (renunciar a una herencia es un derecho, y un derecho me expliquen como se puede ejecutar fraudulentamente...). Hacienda 0, deudor 1. Creo que va a ser el resultado final.

Edito porque lo he leído "mejor" y parece ser que era el fallecido el que debía pasta. Más simple aún. No aceptas el pufo y listo. A otra cosa...
Coño, pero es que el derecho a renunciar a una herencia es precisamente para eso
Me sorprende y me abruma al mismo tiempo el desconocimiento que se esta mostrando del caso y de la seguridad social en general.

En primer lugar la Seguridad Social no es Hacienda. Lo estoy viendo varias veces y es bastante grave que la gente no sepa interpretar su nómina.

En segundo lugar, por supuesto que han de pagarse los pufos que deja tu familia. Las cotizaciones de los trabajadores generan derechos que si no los paga el empresario lo pagamos el resto (incluyendo su pensión hasta que se muera). El que disfrute de su casa con piscina que el resto de los pardillos le pagamos las obligaciones contraídas.

Demasiada catetada junta.
#73 Los puros que deja tu familia sólo tienes que pagarlos si van en "el pack familiar". Si quieres la casa con piscina te comes la hipoteca. Pero si tu padre se ha endeudado hasta las cejas y no tenía patrimonio para saldar las deudas, cuando se muera a ti no te pueden reclamar nada salvo que seas idiota y aceptes heredar deudas a cambio de nada.
Como en todas estas dramáticas noticias para cargar contra el impuesto de sucesiones, aquí faltan datos y hay muchas preguntas en el aire.

La primera es ¿por qué cojones no aceptó la herencia a beneficio de inventario?
#62 Sí, a mí también me ha llamado la atención. Renunciar a la herencia de forma pura y simple es legal, pero en la práctica es raro existiendo la posibilidad de hacerlo "a beneficio de inventario". Sólo tiene lógica si ya de antemano sabes con certeza que las deudas no compensan a los activos que pudieras recibir.
socialismo le llaman.
#29 Son las mismas leyes que cuando gobernaba el PP, no ha cambiado nada.
#29 Pero de que hablas? Esto son leyes desde hace decenas de años.
#29 ¡El Derecho Romano es socialista!
#29 Ignorancia, le llaman.
#29 ¿Mientes descaradamente o es desconocimiento?
Gobierno progresista donde los haya...
#4 No tiene por qué ser orden "del Gobierno". De hecho, ésto viene de algún funcionario de la SS que es quien tramita éstas mierdas, no del Gabinete de Ministros ni hostias. Podría mandar el PCE, o Vox, y ese funcionario habría hecho el asno igualmente.
#14 supongo que se denunciará en base a alguna ley... como hacen también los funcionarios de Hacienda que son prácticamente coacciones en base a la Ley de Impuestos y pierden la mayoría de casos.
cc: #47
#14 no creo que sea una orden, pero sí hay una jerarquia, y unas instrucciones generales.
Yo mismo he sido víctima de la voracidad del estado y de la poca empatía hacia el ciudadano de su maquinaria. Y nada ha cambiado ni con este gobierno ni con el anterior.
Mi crítica va por ahí. Solo hay que escuchar al gobierno para ver que el ministro competente desmontarla la SS a poco que le dejaran.
#4 #95 Tu debes creer que Pedro Sánchez revisa y firma personalmente las multas de tráfico.

Que me parece muy bien si queréis odiar a ese señor pero, joder, buscar excusas reales.
#4 Si no sabes distinguir lo que es el Gobierno, lo que es el Estado y lo que es la Administración Publica.... pues la verdad, no sabes de lo que hablas.
#47 el gobierno da instrucciones generales y acepta o critica estas decisiones.
El ministro que ya puso el PXXE en la anterior legislatura podría haber firmado esta orden, igual que quería privatizar las pensiones.
#96 El gobierno propone leyes y da instrucciones generales como dices. Pero que si un funcionario sospecha que algo se haya hecho fraudulento y lo denuncie, no es cosa del gobierno. Es el trabajo del funcionario.

Y si ha sido noticia, es porque ha sido una denuncia. No miles. Y seguramente, es correcto lo que ha hecho. Y que el juez diga que no, también es correcto.

De todas maneras, no sabemos toda la historia. A mi me parece más que el padre hizo una donacion en vida a la hija de un bien inmobiliario y dejo vacia la herencia de bienes, quedando solo las obligaciones (deudas) Y esto se puede interpretar como fraudulento. Pero es solo una suposición.
#4 vosotros con que creéis que se pagan las pensiones exactamente?
#4 Los gomierdos fachas hacían lo mismo, a ver si te crees tú que las leyes que rigen esto las puso Pedro Sánchez.
#94 para nada creo eso.
Pero las leyes fachas las mantiene y no las toca.
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