La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, concluye que la incapacidad temporal sufrida por la docente debido a efectos adversos de las vacunas COVID-19 debe ser considerada un accidente de trabajo, fundamentándose en la conexión causal y temporal entre la vacunación y los síntomas, y en el contexto laboral en el que se realizó la vacunación, considerada un acto funcionalmente ligado a su profesión de trabajadora esencial.
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