A partir de ahora, la privatización tendrá carácter excepcional de tal manera que sólo se permitirá cuando: uno, no sea posible la prestación pública. Dos, se garantice la sostenibilidad financiera y eficiencia. Y tres, se cumplan los requisitos de calidad, continuidad, accesibilidad y asequibilidad del servicio. Una de las claves para que las autonomías puedan concertar con la privada es que se establece todo un mecanismo de evaluación previo y obligatorio. Las comunidades autónomas deberán justificar en un informe la necesidad de esa colabora
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