Un camionero contratado desde 2007 fue despedido disciplinariamente por “falta de interés”, bajo rendimiento, incumplimiento de objetivos y perjuicios a la empresa, en 2024. El camionero no reclamó el despido, pudiendo haber conseguido una indemnización de 19.283,56€ si se hubiera declarado improcedente. Se dio de alta en el paro y solcitó la capitalización para comprar un camión y darse de alta como autónomo. El SEPE negó esta capitalización ya que consideran que el despido fue instrumental y que su finalidad para financiar su nueva vida.