Con la nueva reforma sobre el delito de malversación, parece que se legitima el palo cruzado. Es alucinante, pero eso parece, por lo que he consultado: yo soy alcalde Valdeperas de Abajo, y le doy un dinero indebidamente a la hija del alcalde Valdeperas de Arriba. No me he enriquecido personalmente, así que se aplica el tramo menor de la condena. El alcalde de Valdeperas de Arriba, porque sí y sin hablarlo, hace otro tanto con el hijo del alcalde de Valdeperas de Abajo, y queda en idéntica situaciíon. Tenemos dos ayuntamientos saqueados, y dos tíos con condenas menores. Porque no se han enriquecido personalmente. Porque han malversado en tono menor.
¿Nadie ha pensado aquí en el palo cruzado? ¿Nadie ha pensado que saquear las arcas públicas no se hace necesariamente para llevarse uno la pasta caliente, sino para comnprar favores que ya se pagarán en el futuro, o simplemente para intercambiar atracos?
¿No hay nadie que haya pensado que el dinero de todos se utiliza para copmprar voluntades y poder, además de para llenar la cuenta corriente? ¿Qué es peor, para una demiocracia, el que se compra un yate o el que se compra una legislatura? ¿De qué vamos?
¿Nadie ha pensado en que si soy funcionario y favorezco a una eléctrica, por ejemplo, perjudicando a al institución a la que represento, quedo casi impune? Oye, que no me he enriquecido. Oye, que no he sacado ni un duro. Y si le han dado trabajo a mis familiares o dentro de cinco años me dan un puesto en el Consejo de Administración o donde sea, será sólo por mi valía y mis buenos consejos.
Todos sabemos que la política está llena de chorizos, perio antes al menos tenían que disimular un poco y esconderse. Con esta reforma de la malversación, ya no les hará falta disfrazarse de corderos: basta con que el beneficiario sea otro y luego, si se puede, ya se demostrará que he obtenido algo a cambio.
Por no hablar, claro, de la maravillosa posibilidad de repartir la caja de todos entre los afiliados a mi partido. ¿Qué pasa? Yo no me he llevado ni un duro: sólo he repartido entre los demás, con criterios sociales.
Y luego, claro, los impuestos van a educación y sanidad. Por supuesto. ¿Cómo quieren, con leyes así, que la gente se lo crea?
Comentarios
#0 Catorce. Se modifica el artículo 432, que queda redactado como sigue:
«Artículo 432.
1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.
#1 Gracias.
https://vlex.es/vid/malversacion-nuevo-delito-administracion-646098209
Sin embargo, se produce reducción de penas sobre la redacción anterior, teniéndose en cuenta si el beneficiario es el propio imputado o un tercero. Porque la putada está en "CON ÁNIMO DE LUCRO"
¿Qué pasa si no se puede demostrar el ánimo de lucro?
¿Extraños en un tren?
#3 Es algo de eso... Y encima nos la pueden colar,.
Se hace muy a menudo asignando plazas en la Universidad...
Joder, como estáis en Valdeperas!!!