Los delitos de odio en el ordenamiento jurídico español protegen a colectivos considerados tradicionalmente vulnerables y sus integrantes. Grupos como el LGTBI+, los extranjeros o las víctimas de género han sido englobados en los llamados "grupos diana", definidos en el artículo 510 del Código Penal como colectivos agredidos de forma directa o indirecta "por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros....
|
etiquetas: odio , delito , código , penal , nazis