La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a una empresa con 1.500 euros por incluir el número personal de una trabajadora en un grupo de WhatsApp profesional. Lo hacía sin contar con el consentimiento de la afectada, lo que supone una vulneración de su confidencialidad. La empleada de Lismarta, una pyme familiar de servicios de limpieza, presentó su queja ante Protección de Datos, que finalmente ha concluido que la compañía cometió dos infracciones.
Comentarios
No veo vulneración de intimidad por ningún lado
#4 Ya, por eso cuanto mas lejos estés de cualquier cosa relacionada con datos o su protección, mejor.
#4 pon aquí tu número de teléfono entonces
#4 ¿revelar datos personales y privados a terceros sin un consentimiento explicito no te parece una vulneracion de la intimidad?
#4 Yo si. Te pueden escribir a tu número privado a cualquier hora. Si tengo un móvil de la empresa, lo apago fuera de mi horario laboral.
#4 La publicación en el grupo de whatsapp de su número de teléfono personal.
En mi antigua empresa estaban totalmente prohibidos los grupos de WhatsApp con teléfonos particulares... pero te invitaban amablemente a bajarte el Teams al móvil y loguearte con la cuenta profesional "por si acaso"
#3 Eso es otra sanción a otra empresa.
Se de una empresa de protección de datos que no va a volver a trabajar
Tiene narices, los contratan para eso y encima les cae más por chapucero jajaja
Me sorprende que una empresa vaya a juicio por una multa de 1.500€, seguro que les ha salido mas caro los abogados, procurador ...
#1 ¿De qué hablas?
#2 o leí mal la noticia y la multa fue de 4000 una y 1500 otra
Muy bien echo, el número de teléfono móvil es privado, por lo tanto no se puede usar sin consentimiento de la persona.