Hace 9 años | Por AidilSg a nuevatribuna.es
Publicado hace 9 años por AidilSg a nuevatribuna.es

Arranca la campaña de la Renta marcada por la amnistía fiscal a los emigrantes retornados y la exención a la dación en pago, entre otras cosas.

Comentarios

BillyTheKid

9. “Microamnistía” fiscal para las pensiones procedentes del extranjero:

En este sentido, la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, contempla dos medidas especiales para los casos de regularización en IRPF de rentas procedentes de pensiones pagadas desde el extranjero:

-Un período extraordinario de regularización: no se exigirán recargos, intereses ni sanciones a quienes regularicen voluntariamente su situación mediante la presentación desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015 de declaraciones de IRPF (iniciales o complementarias) de ejercicios no prescritos.

-Una condonación de los intereses, recargos y sanciones exigidos por este concepto. En el caso de que los recargos, intereses y sanciones hubiera adquirido firmeza, la condonación deberá ser solicitada por el interesado entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015. Esto supone que aquellos a los que la Administración haya liquidado deudas por estas pensiones, podrán obtener la devolución de lo pagado por intereses, recargos o sanciones. Los que regularizaron voluntariamente también podrán obtener la devolución de los recargos que hayan pagado, o solicitar su condonación si las liquidaciones son firmes.

Esta “microamnistía” se aplica a cualquier persona que perciba pensiones recibidas del extranjero y estén sujetas al IRPF español, tanto de emigrantes retornados, como de pensionistas extranjeros residentes en España.