Hace 13 años | Por minossabe a expansion.com
Publicado hace 13 años por minossabe a expansion.com

Si la normativa estatal, refundida en un solo texto en 2008, permitía expropiar un solar urbanizable a precio rural (casi un 90% más barato, normalmente), ahora el reglamento toma como referencia de la valoración del activo inmobiliario en cuestión el potencial de explotación del mismo. Así, se daría la paradoja de que podría resultar más caro expropiar un suelo rural –generalmente, en explotación agraria– que otro solar urbanizable y listo para ser edificado