Hace 7 años | Por tiopio a tecnologia.elderecho.com
Publicado hace 7 años por tiopio a tecnologia.elderecho.com

La sentencia de la Audiencia Nacional de 11 de mayo de 2017 (recurso núm. 30/2016), tiene su origen en el ejercicio por un cirujano especialista en problemas de espalda de su derecho de oposición de sus datos personales frente a la empresa gestora del motor de búsqueda Google solicitando la retirada de un enlace que conducía a un foro en el que distintos pacientes valoraban sus experiencias con distintos profesionales de la medicina. En dicho foro uno de los pacientes del cirujano en cuestión valoraba de forma muy negativa su experiencia.

Comentarios

D

Vamos, que pusieron a parir su metodologia de trabajo y el tio queria convertir el derecho al olvido en un "derecho" a cerrar la boca de un cliente insatisfecho. Y claro, le ha dicho el juez que se peine primero para un lado, y luego para el otro. Me parece logico.

simple_man

En este caso estoy de acuerdo con la Audiencia Nacional . Porque en el caso de que me tenga que operar, me gustaría saber en que manos me pongo y para eso lo mejor son los foros ; al resultar imposible contactar de otra manera con los pacientes que haya tenido anteriormente