Hace 9 años | Por Segope a lawandbitcoin.com
Publicado hace 9 años por Segope a lawandbitcoin.com

La Dirección General de Tributos ha declarado en una contestación a una consulta vinculante, de 27 de marzo de 2015, que las monedas virtuales, al actuar como medio de pago, deben ser clasificadas en el ámbito de las operaciones financieras y, por tanto, quedar sujetas y exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Comentarios

sorrillo

Es una gran noticia para Bitcoin en España.

Facilita usarlo tal como la gente lo entiende, como una moneda más.