Hace 15 años | Por yoma a abc.es
Publicado hace 15 años por yoma a abc.es

En concreto, el Ejecutivo modificará y hará precisiones al polémico artículo 53.2C del proyecto, que tipifica como “falta grave” la acogida de un inmigrante en situación irregular, lo que según el órgano de gobierno de los jueces podría dar a entender que la actividad de las ONG que atienden a estas personas podría considerarse una infracción y, por tanto, sería castigada. Los menores no acompañados que vayan a ser expulsados de España deberán ser oídos en el trámite de repatriación, siempre antes de que se tome una decisión sobre su situación.

Comentarios

yoma

Que detalle.