Publicado hace 15 años por Rompe-y-RaSGAE a revistaelobservador.com

Según el dictamen de la AGPD: “Cabe apreciar que en el Palacio de la Aduana denunciado se captaban imágenes de las personas que circulaban por la vía pública. Dichas imágenes incorporarían datos personales de las personas que se introdujeran dentro de su campo de visión y, por lo tanto, los datos personales deberían estar sometidos al consentimiento de sus titulares, de conformidad con lo que determina la LOPD". La multa por este concepto alcanza hasta 300 000 euros. No obstante, cabe recurso de reposición ante la Audiencia Nacional.

Comentarios

Rompe-y-RaSGAE

Por supuesto, a los "sancionados" les importará un bledo, porque la multa la pagan los contribuyentes. De hecho, la agencia y sus gastos también son abonados por ellos, como igualmente lo fueron los gastos de las cámaras y su instalación. ¿No deberían las ilegalidades cometidas por cargos públicos estar siempre sancionadas, además, por inhabilitaciones para ocupar su cargo o multas a su bolsillo privado? Si no, ¿cómo incentivamos que nuestros gobernantes se preocupan de cumplir las leyes y no jugar con nuestro dinero, que es lo mínimo que deberían hacer?