Publicado hace 13 años por Krisiskekrisis a diagonalperiodico.net

Las elecciones municipales han supuesto un paso adelante para algunos partidos de extrema derecha que han conseguido incluso concejales en diversos municipios, principalmente en Catalunya y el País Valencià. Aunque, en términos generales, sus resultados son modestos, su discurso amplía su influencia.

Comentarios

D

Esto es consecuencia de una ideología "pro-sistema" que favorecía la entrada masiva de mano de obra barata; una ideología que nos ha vendido el 'multiculturalismo' sobre la idea 'de sociedad integradora'.

Ahora en tiempo de crisis, vemos asomar las orejas de lobos radicales y populistas.

M

#3 No es fácil integrar a tantos inmigrantes en tan poco tiempo, especialmente a algunos que vienen de "culturas" muy diferentes (latin kings, extremistas islámicos, gitanos rumanos,...)

Las políticas de integración no son del todo malas pero no hacen milagros y se han usado algunos barrios como alfombras bajo las que esconder todo lo que no gusta de la inmigración (Salt, Raval, periferia de Barcelona).

Con todo esto, lo más destacable del titular es la palabra "lento". Creo que en parte es debido a la profunda ineptitud de líderes como Anglada, al que más de una vez han cazado los periodistas demostrando que es un falso. El día que salga uno medio inteligente, igual se lo lleva crudo.

D

#4 Efectivamente. Una vez alguien dijo que integrar [a los inmigrantes] es como hacer mahonesa: añadiendo el aceite poco a poco para evitar que se eche a perder (esa sabrosa mezcla resultante de huevos y aceite).

Porque muchos creemos en una sociedad integradora es hora de hablar abiertamente sobre políticas reposables e ideologías que han resultado ser erroneas [el manido multiculturalismo].

Krisiskekrisis

La estupidez se reproduce solo con sol y agua.

Antes se decía: el racismo se cura viajando. Pero esta gente cuando viaja no se entera de nada.

D

Es más fácil echarle la culpa a otros que a los propios. Y los banqueros son huesos duros de roer

D

¿Pero en que mundo vivis algunos?
Dos noticias: (y luego aun os extrañais de que cada vez mas gente vote a la ultraderecha)
"Los musulmanes, han sido los autores del 100% de los delitos de violación cometidos en Oslo durante el 2009
En Suecia, con la llegada de la inmigración musulmana han aumentado los índices de delincuencia común y los ataques contra minorías religiosas. Según datos ofrecidos por la policía sueca, todos los delitos de violación perpetrados en Oslo durante 2009, fueron cometidos por mahometanos."
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http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-6341

En el número 96 del BOE de 21 de abril de 2010 se pueden verificar las ayudas estatales exclusivas para inmigrantes procedentes del Estado. Se trata de la resolución de 12 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, por la que se establecen para el año 2010 las cuantías máximas y mínimas de las ayudas económicas para los beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados integrados en la red de Centros de Migraciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración
En el presupuesto del Ministerio de Trabajo e Inmigración para el año 2010 existe crédito suficiente en el Servicio 07 de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, programa 231H, aplicación económica 484.04 «Ayudas a residentes en centros».

Por todo ello, la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, en uso de la habilitación dispuesta por el Real Decreto 865/2006, de 14 de julio, resuelve:

Primera.–Las cuantías máximas establecidas para cada tipo de ayuda durante el año 2010 serán las siguientes:

1. Gastos personales de primera necesidad y enseres de uso personal.

Titular: 50,30 €/mes.

Matrimonio o pareja: 85,27 €/mes.

Hijos menores de 18 años: 18,58 €/mes/persona.

Hijos mayores de 18 años y otros familiares: 32,79 €/mes/persona.

Gastos por nacimiento de hijo: 177,10 €/niño/a.

2. Gastos de transporte.–Coste del abono mensual de transporte público.

3. Gastos para la adquisición de vestuario.

Ropa y calzado: 177,10 €/temporada/persona.

4. Gastos para actividades educativas.

a) Ayudas destinadas a cuotas de asociaciones padres/madres de alumnos, seguro escolar, uniformes escolares, comedor escolar, actividades extraescolares, así como lúdico-educativas o terapéuticas (talleres autoestima, grupos de apoyo o similares): Coste real de adquisición del bien o de prestación del servicio.

b) Material didáctico escolar: 142,13 € por curso/niño/a.

5. Gastos para la formación en habilidades sociales y culturales y aprendizaje del idioma.

a) Matrícula y/o mensualidades de cursos de formación, contextualización, habilidades sociales y aprendizaje del idioma: Coste real de la matrícula y mensualidades hasta un máximo de 1.329,74 euros por curso.

b) Material didáctico de los cursos: Coste real de adquisición.

6. Gastos para la formación ocupacional y reciclaje profesional.

a) Matricula y/o mensualidades de cursos de formación: Coste real de la matricula y mensualidades hasta un máximo de 1.329,74 euros por curso.

b) Material didáctico de los cursos: Coste real de adquisición.

c) Homologación de Títulos académicos (Bachiller y Universitarios): Coste de las tasas.

7. Gastos para actividades de ocio y tiempo libre.

Actividades culturales, excursiones, actividades deportivas y otras similares: Coste real de adquisición del bien o de prestación del servicio.

8. Gastos de guardería y otros complementarios de tipo educativo.

a) Guardería: En función del coste/niño/a.

b) Uniformes escolares, comedor escolar, actividades extraescolares incluyendo ampliación de horario: Coste real de adquisición del bien o de prestación del servicio.

c) Material didáctico escolar: 142,13 € por curso/niño/a.

9. Gastos de ayudas para facilitar la autonomía de los beneficiarios a la salida del centro.

a) Persona sola: Cuantía de un mes del salario mínimo interprofesional vigente en 2010 (633,30 €).

b) Familia: Dos veces la cuantía de un mes del salario mínimo interprofesional vigente en 2010 (1.266,60 €).

c) Familia numerosa: Dos veces y media la cuantía de un mes del salario mínimo interprofesional vigente en 2010 (1.583,25 €).

10. Otros gastos de carácter extraordinario.

a) Traducción e interpretación: Coste de prestación del servicio.

b) Farmacia: Coste de adquisición.

c) Gafas: Coste de adquisición.

d) Prótesis: Coste de la aportación del beneficiario.

e) Expedición de documentos: Coste de tasas.

f) Viajes y estancias en otra ciudad para la realización de trámites relativos a la solicitud de asilo del beneficiario: Importe del título de transporte (autobús o tren) y, en su caso, alojamiento y manutención en cuantía equivalente al Grupo III de funcionarios de acuerdo con las normas de indemnizaciones por razón del servicio.

g) Gastos derivados de decesos según coste.

h) Ayudas para cubrir las necesidades básicas de las personas que estén realizando cursos de formación y finalicen su periodo de residencia en un centro:

Persona sola: 338,36 euros/mes hasta la finalización de la formación.

Matrimonio o pareja sin hijos, o familia monoparental con un hijo: 507,54 euros/mes hasta la finalización de la formación.

Por cada familiar en primer grado de consanguinidad que dependa del núcleo familiar y conviva con él: 36,21 euros/mes.

Familia numerosa: 772,65 euros/mes hasta la finalización de la formación.

Segunda.–Las cuantías mínimas establecidas para cada tipo de subvención durante el año 2010 serán el resultado de aplicar los porcentajes previstos en el apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 865/2006, de 14 de julio, a los importes máximos establecidos anteriormente. El porcentaje exacto a aplicar será determinado por la Dirección del Centro en aplicación del apartado 1 del artículo 8 del Real Decreto 865/2006, de 14 de julio.

Disposición final única.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de abril de 2010.–La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón i Cusí.

Sidku

Con un poco de cultura y menos odio irracional, arreglao!