Publicado hace 13 años por puesunomas a laboralical.lacoctelera.net

Durante los periodos de incapacidad temporal el contrato de trabajo se encuentra suspendido, art. 45.1.c del Estatuto de los Trabajadores, aunque esta suspensión el caso de los contratos temporales no suspende su plazo de duración, art 15 ET, con lo que si el contrato llega a su fin estando el IT y la empresa decide no continuar la relación laboral, el trabajador pasa depender directamente para la prestación del INSS o la mutua, según corresponda, y si una vez recibe el alta no tiene empleo...