Comentarios

Mountains

#12 Puedes llorar todo lo que quieras pero éstas son ahora mismo las reglas del juego.

Y no estoy llamando idiota a nadie, hablo de las medidas aprobadas en el BOE.

TribunaVioleta

#14 Gracias, es que no sabemos leer las medidas en el BOE, sólo si las escribes aquí tú. Estoy llorando de lo bueno que eres haciendo que las podamos conocer. Hasta te acabo de votar positivo ese comentario, qué emoción!

Mountains

#15 De nada, pero igual el problema lo tienes tu, tratando de vendernos que se ha producido un despido prohibido (siendo anterior a la publicación del BOE, improcedente (cuando no afecta la legislación a éste tipo de despidos) y luego me comentas que exponen causas objetivas (cuando el improcedente no expone causas objetivas) son dos modalidades totalmente distintas de despido, y acogidos a indemnizaciones distintas también.

TribunaVioleta

#17 Mira la carta y verás que expone las causas y que éstas son 'objetivas', pero ya sé que aunque la leas y lo ponga en la carta vas a seguir con lo mismo hasta el infinito y más allá. Que sí que sí que sí...

Priorat

Lo aprueban antes de ayer y hay una "oleada". Jesús que cruz #8 la campaña que os estais montando.

Yonny

#9 El despido es improcedente, no está prohibido.

Priorat

#18 ¿He dicho yo lo contrario?

Lo que está prohibido es con la excusa del coronavirus despedir pagando menos. Así quedan los despidos por motivo de las medidas del coronavirus:

1) ERTE. Cuando acabe el estado de alarma debe ser contratado de nuevo. El paro no computa tiempo, ni hay tiempo mínimo para tener derecho a él.
2) Despido improcedente con la indemnización máxima.
3) Contratos temporales. El tiempo del estado de alarma no computa tiempo, así que no finalizan los contratos en estado de alarma.
4) La empresa que no tenía una causa objetiva para despido antes del estado de alarma, no la tiene ahora. Así que solo puede hacer ERTE.

Son todas ellas medidas muy positivas. Protegen a la empresa en esta crisis y protegen al trabajador.

Yonny

#28 Perdón. Tienes razón.

TribunaVioleta

#28 Que sí que sí que sí que sí... y dale y dale y dale... ¡ay qué bien, gracias gobierno, que me das esta limosnita de una mayor indemnización en lugar de tomar medidas que hagan mantener mi empleo! ¡más limosnas, más!

Mountains

#5 Pues el / la afectado pone su correspondiente reclamación y ese despido será considerado nulo, si ha sido efectuado después de entrar en vigor el BOE

TribunaVioleta

#6 Justo para evitar que el trabajador haga eso, la empresa ya reconoce previamente que el despido es 'improcedente' y abona una indemnización mayor que le corresponde, y toda la plantilla así a la calle y santas pascuas, ni coronavirus, ni decretos ni hostias, aquí mandan los santos cojones de los empresarios y se acabó

Mountains

#8
1 - El despido en España siempre ha sido libre. (no como Francia, por ejemplo, donde para despedir a un trabajador se ha de demostrar ante trabajo algún tipo de falta, baja productividad etc. no existe el despido improcedente)

2 - El despido improcedente en España conlleva su pertinente indemnización.

3 - Lo que se busca es no despedir "Gratis" a los trabjadores por causas de una crisis temporal, y se favorecen los Expedientes temporales de regulación de empleo.

TribunaVioleta

#11 Que sí que sí, que los empresarios son unos idiotas por no acogerse a los maravillosos ERTES y fantásticas medidas excepcionales que está aplicando el gobierno, si es que no tienen remedio... mira que ponerse a despedir porque sí, sin más, hasta pagando indemnizaciones por despido improcedente, en vez de acogerse a un ERTE!!! es que son idiotas verdad? jejé

(justo porque no, no, no son idiotas, están haciendo lo que están haciendo, y el gobierno con estos decretos se lo está poniendo a huevo, vamos)

x

#8 Un despido de toda la plantilla es un ERE. Que lo denuncien.

D

#6 Si. Pero dentro de dos años cuando le den la razón la empresa ya no existirá.

TribunaVioleta

#20 Que sí que sí que sí que sí que sí que sí que sí... y dale y dale y dale, que sí que sí que sí

D

Y de las ETTs todavía no habla nadie...

Mountains

#2
El decreto ley publicado este sábado en el BOE también sirve para evitar el final de trabajos temporales. El artículo 5 dice:

"Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales. La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido en cada una de estas modalidades contractuales".

Si que se habla, otra cosa es que busquemos la información o nos limitemos a que nos la den.

TribunaVioleta

#7 Que no, que para despedir sin limitaciones se acogen a lo de despido improcedente reconociéndolo previamente y se acabó. Hay despachos, abogados laboralistas, respondiendo a cartas como ésta y explicándolo así, que por eso reconocen lo de "improcedente", para poder despedir sin límite

Mountains

#10 Pero no gratis.

Despedir de manera improcedente a un trabajador que lleve 5 años en una empresa supone un dinero que muchos empresarios no están dispuestos a asumir.

Por esto se favorece el ERTE

a

Cuando al gobierno no le gusta la realidad puede asumirla, o prohibirla.Pero la realidad no se puede prohibir.
Si hubieran dejado en suspensión temporal todos los contratos no afectados por los servicios esenciales, como se les pidió reiteradamente. Pero no, ellos eran tan listos que iban a hacer la tortilla sin romper los huevos. En fin ...

rob

Una duda. La procedencia de un despido ¿la determina la empresa o un juez?

TribunaVioleta

#24 Una duda: los empresarios son gilipollas? te crees que van a reconocer un despido 'improcedente' si supieran que lo han hecho bien? no, lo han hecho mal a sabiendas y se adelantan a entrar en demandas etc... y así le dan la indemnización mayor que le corresponde al trabajador y mira qué buen empresario soy que encima estoy acogiéndome a las medidas excepcionales del gobierno. jejé. si es que más tonto y no nace este gobierno: les está dando la coartada más rápida con eso de tener que mantener por seis meses a la gente después del ERTE tras el estado de alarma. pero bueno, queda muy bonitod lo de "prohibido despedir"

en el meneo relacionado que hay en la entradilla, en la descripción de este meneo, se explica todo muy bien:

¿El fin de los despidos? Te engañaron



Y NO, NADIE HA PROHIBIDO LOS DESPIDOS, y esto sólo provocará que se acojan más rápidamente a reconocer la improcedencia de los despidos y ya está

Yonny

Las empresas van a despedir a millones de trabajadores, no creo que sorprenda a nadie.

Kantinero

A ver: una carta de despido = oleada de despidos?

Lo dicho, golpe de estado mediático.

TribunaVioleta

A continuación, la carta de despido de una empresa, que además pertenece al sector primario, donde indica que el despido es improcedente:

https://1.bp.blogspot.com/-semAUojHWqE/Xn8wVysta7I/AAAAAAAAAHo/HcTwp_ovCdMZamym9yyFl4NtnufvZ9DpwCLcBGAsYHQ/s1600/carta%2Bempresa.jpg

Mountains

#0 #1 Se ha prohibido el despido por causas objetivas, no el despido improcedente

TribunaVioleta

#4 Lee lo que dice la empresa en la carta, justo expone esas causas, 'objetivas'

Yonny

#5 La empresa, en la carte, dice claramente que el despido es IMPROCEDENTE.
El cómo lo justifique es secundario.