Hace 14 años | Por camachosoft a abc.es
Publicado hace 14 años por camachosoft a abc.es

"En la legislación española «los matrimonios distintos del civil y celebrados por otra clase de ritos no producen efectos civiles, a excepción de los que tienen lugar en alguna de las formas religiosas aceptadas expresamente por el Estado y por tanto inscritos en el Registro Civil». No obstante, añade, que «para percibir la prestación de viudedad las uniones de otros ritos pueden inscribirse en los registros específicos o formalizarse mediante documento público, como sucede con las parejas de hecho".

Comentarios

D

Si su boda por el rito gitano no es válida, ¿por qué se les da un libro de familia?

enmafa

llegará el momento que cualquier union o cualquier separación hecha por ambas partes ante notario tenga plena validez, no entiendo porque no tiene validez una separacion notarial con ambas partes de acuerdo y la administración solo admita la separación legal proveniente del juzgado...mi hijo tiene libro de familia y no esta casado, ni en union de hecho,...esta separado de hecho..pero como tampoco hay separacion legal pues hay un vacío ante los organismos...