La Sala de lo Penal absuelve al alcalde de Marinaleda, y a otras tres personas más, del delito de desobediencia y confirma la pena por el de usurpación de inmueble. La sentencia explica que ello no significa legitimar la forma en que dicha protesta se ha realizado por mucho que fuera su respaldo social o político, "pues el comportamiento enjuiciado debe ser considerado en todo caso como delictivo, al actuar los recurrentes al margen de la legalidad vigente y debe ser sancionado como delito de usurpación por el carácter indefinido y persistente
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leyes para la protección del capital acaban en explosión social