#113 hasta lo que yo sé a partir del segundo trimestre de 2005, la EPA adoptó los criterios de la Oficina de Estadísticas de la Unión Europea (Eurostat), que establece que una persona con contrato laboral vigente (incluso si temporalmente no trabaja) se cuenta como ocupada. www.ine.es/daco/daco42/daco4211/menuepa05.htm
#2 ¿y como quedaría en el resto de países de la UE sin el “chanchullo” de los fijos discontinuos?
Y sabes que se contabilizan así en el paro desde el 2005.
www.ine.es/daco/daco42/daco4211/menuepa05.htm