@kosako Sí, es verdad. Pero he de decir que llevaba un año mordiéndome la lengua e intentando cumplir mi regla de ser majo. Lo he echado fuera, me he quedado a gusto y yastá. A volver a ser tranquilo. Una vez al año no hace daño.
Para lo tuyo siempre hay contexto. Igual te crees que somos de tan escasa memoria que no recordamos cómo reentraste aquí. No me jodas, hombre: te haces llamar "Gervais" y te autocompones música sacra, eterno mártir de la mediocridad, porque necesitas inteligencia artificial para hacerlo. No eres brillante ni en tus parodias más afiladas.
Tienes el cuajo de llamar "bully" a otros que te plantan cara pero a la mínima le metes caña a alguien como Golan, que no suele tener nunca una palabra más alta que otra. Luego te acojonas cuando otros tan obsesionados y desquiciados como tú hacen sus movidas, pero a peña que ves más débil o mansa a esa le das, ¿eh? Luego tú tienes problemas y cómo nos atrevemos a hablar de las cosas que te afectan personalmente, qué insensibles... pero uno de tus "enemigos" dice que ha sufrido un cuádruple bypass y sigues en las tuyas.
Un año aguantando tus niñatadas a ver si espabilabas y ahí sigues. Madura de una putísima vez.
@Charles_Dexter_Ward Yo me reí cuando el ínclito @benjamí acusó a @imparsifal de "golpe de estado digital". Pero una cosa le he de reconocer, y lo cortés no quita lo valiente: no entiendo la extraña relación entre Imparsifal y Livingstone y comprendo un poquito el mosqueo del Benja.
@benjami Te tiras tus solitarias noches insultando a la gente, inventándote escenarios y victimizándote por absolutamente todo. Eres la persona más ofendidita que he conocido nunca.
Lo único que te ha salvado hasta ahora es que caminas entre la fina línea que serpentea entre el cabreo y la compasión que causas, así que cuando llegas a tu límite de tocar las narices al personal, éstos siempre tienen un runrún en la cabeza: "Este hombre no está bien". Y eso les impide devolvértela con la misma fuerza. Pobre hombre, que bastante tiene con lo suyo.
Y ese es tu misterio, Benjamí. Que nadie sabe si eres un buen hombre pasando una mala racha o un gilipollas integral que se aprovecha de la compasión que provoca. Yo sigo sin tenerlo claro. Algunas veces te compadezco de veras. Otras me dan ganas de mandarte a la mierda.
Pero hasta cuando intentamos ser majos contigo y ayudar nos acusas de "falso paternalismo". Todos en tu contra. Todos. Tus moderadores y tu CEO y tus usuarios y tu exmujer y el mundo. Qué triste. Qué jodido.
Lo único que te ha salvado hasta ahora no ha sido tu carisma, sino la lástima. Y hasta eso se agota.
Y ahora ponme una imagen por IA, Benjamí Pobredemí.
@rar@angelitoMagno No sé si esto es autobombo, pero bueno: la STC que os enlacé el otro día, la he resumido y sintetizado en un artículo para explicar por qué no es, a priori, ilegal anticipar el fallo.
Hay que ponerle nombre a esa sensación de revelación que te produce el escuchar a alguien, a quien respetabas intelectualmente y considerabas informado, hablar de lo que tú sabes mucho, y darte cuenta de la seguridad con la que dice estupideces.
Y piensas: "Espera, si dice esta tontería en A, de la que resulta que controlo, ¿no estará haciendo lo mismo sobre B, C y hasta W?"
-Utilizar el sitio para fines poco claros, personales o distintos de aquellos para los que fue creado, como por ejemplo: ligues, conversaciones personales fuera de lugar, intercambio de ficheros, promoción personal indiscriminada y reiterada.
Indiscriminada, reiterada y con múltiples clones/encarnaciones. Es "gracioso" ver algún voto.
@Ah_no_nimo Te lo cambio:
Ayer doble banderilla vacunera en mi poderosa musculatura brazal.
Aparte de inyectarme el chip, posiblemente me vuelva murciano, se me caiga un huevo y me quede calvo o pelirrojo.
Por ahora solo fiebre, pero ya se me escapa algún ¡Acho! ¡Pijo!
Tengo miedo.
"En él se parte de distinguir el contenido necesario de una sentencia, su notificación y la publicación anticipada del fallo, para subrayar (i) que esta última es una actuación no prevista en la ley, pero tampoco prohibida y prevista para determinadas resoluciones; (ii) que se viene realizando con habitualidad por las distintas salas del Tribunal Supremo en atención a la demanda de noticias por la sociedad y para evitar los efectos perniciosos de la falta de publicidad, como las filtraciones; (iii) que la sentencia ya había sido deliberada y el texto estaba concluso a falta de los votos particulares; (iv) que la «publicación anticipada del fallo, con una sucinta motivación, que se limitó a dar noticia de un hecho relevante, cierto y de naturaleza procesal, no puede equipararse a una condena pública sin motivación»; y (v) que la comunicación pública de un hecho de indudable relevancia informativa «se hizo ponderando otros derechos como el de libre comunicación y recepción de información de los ciudadanos»."
"Es cierto que no existe ningún precepto que autorice expresamente la publicación anticipada del fallo de una sentencia de casación. Sin embargo, que esa previsión no exista (y pueda hablarse incluso de irregularidad procesal) no significa que los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías se hayan lesionado.En primer lugar, porque no existe una infracción de la normativa procesal en sentido estricto, ni de los preceptos invocados por el recurrente –arts. 160 y 789 LECrim y arts. 248, 266 y 270 LOPJ–, que en ningún caso contemplan una prohibición, ni explícita ni implícita, de anticipar el fallo, sino normas sobre la estructura, contenido, notificación y acceso a las sentencias; ni del art. 260.2 LOPJ. El Tribunal Supremo notifica en septiembre la sentencia íntegra, que se data en su encabezamiento el 13 de septiembre de 2022. Con ello respeta tanto esa última previsión de integración del voto en la sentencia (art. 260.2 LOPJ) como las anteriores citadas en la demanda"
@rar@angelitoMagno No. Esto es un invent como un puto piano, sin perjuicio de que acierte de casualidad:
a) El 193 LEC no dice nada de eso. Habla de suspensiones de las vistas.
b) En un proceso penal se aplica la LECRIM, no la LEC, que es en todo caso supletoria.
No hay ninguna previsión legal para que se haga, lo que no quiere decir que sea ilegal. El TC lo dio por "bueno", pero diciendo que es una irregularidad procesal.
Ojo con los desmentidos y los zascas, que pueden ser mentidos a su vez.
Descorazonador que lo demos por bueno.
Descorazonador que los que apoyan el tuit ese y los que lo critican no se hayan molestado en abrir el BOE.
Tienes el cuajo de llamar "bully" a otros que te plantan cara pero a la mínima le metes caña a alguien como Golan, que no suele tener nunca una palabra más alta que otra. Luego te acojonas cuando otros tan obsesionados y desquiciados como tú hacen sus movidas, pero a peña que ves más débil o mansa a esa le das, ¿eh? Luego tú tienes problemas y cómo nos atrevemos a hablar de las cosas que te afectan personalmente, qué insensibles... pero uno de tus "enemigos" dice que ha sufrido un cuádruple bypass y sigues en las tuyas.
Un año aguantando tus niñatadas a ver si espabilabas y ahí sigues. Madura de una putísima vez.
Eres lo más woke que he visto en mi vida, Pobredemí.
Lo único que te ha salvado hasta ahora es que caminas entre la fina línea que serpentea entre el cabreo y la compasión que causas, así que cuando llegas a tu límite de tocar las narices al personal, éstos siempre tienen un runrún en la cabeza: "Este hombre no está bien". Y eso les impide devolvértela con la misma fuerza. Pobre hombre, que bastante tiene con lo suyo.
Y ese es tu misterio, Benjamí. Que nadie sabe si eres un buen hombre pasando una mala racha o un gilipollas integral que se aprovecha de la compasión que provoca. Yo sigo sin tenerlo claro. Algunas veces te compadezco de veras. Otras me dan ganas de mandarte a la mierda.
Pero hasta cuando intentamos ser majos contigo y ayudar nos acusas de "falso paternalismo". Todos en tu contra. Todos. Tus moderadores y tu CEO y tus usuarios y tu exmujer y el mundo. Qué triste. Qué jodido.
Lo único que te ha salvado hasta ahora no ha sido tu carisma, sino la lástima. Y hasta eso se agota.
Y ahora ponme una imagen por IA, Benjamí Pobredemí.
@lamonjamellada @Amperobonus
Voy a pensarme, si me lo pienso.
www.meneame.net/story/sobre-legal-publicar-fallo-antes-sentencia
Y piensas: "Espera, si dice esta tontería en A, de la que resulta que controlo, ¿no estará haciendo lo mismo sobre B, C y hasta W?"
www.rtve.es/noticias/20251123/bolsonaro-dice-sufrio-paranoia-inducida-
Abusos:
github.com/Meneame/meneame.net/wiki/Abusos
-Utilizar el sitio para fines poco claros, personales o distintos de aquellos para los que fue creado, como por ejemplo: ligues, conversaciones personales fuera de lugar, intercambio de ficheros, promoción personal indiscriminada y reiterada.
Indiscriminada, reiterada y con múltiples clones/encarnaciones. Es "gracioso" ver algún voto.
Pero a pesar de todo......
Es la primera vez que veo un captcha en un ecommerce ANTES de mostrar la página principal. Estos tíos han de estar perdiendo euros a espuertas.
No sé qué es peor.
Va por ustedes.
PD Si alguien lo quiere con "tropezones" que avise y le aparto una ración.
Ayer doble banderilla vacunera en mi poderosa musculatura brazal.
Aparte de inyectarme el chip, posiblemente me vuelva murciano, se me caiga un huevo y me quede calvo o pelirrojo.
Por ahora solo fiebre, pero ya se me escapa algún ¡Acho! ¡Pijo!
Tengo miedo.
"En él se parte de distinguir el contenido necesario de una sentencia, su notificación y la publicación anticipada del fallo, para subrayar (i) que esta última es una actuación no prevista en la ley, pero tampoco prohibida y prevista para determinadas resoluciones; (ii) que se viene realizando con habitualidad por las distintas salas del Tribunal Supremo en atención a la demanda de noticias por la sociedad y para evitar los efectos perniciosos de la falta de publicidad, como las filtraciones; (iii) que la sentencia ya había sido deliberada y el texto estaba concluso a falta de los votos particulares; (iv) que la «publicación anticipada del fallo, con una sucinta motivación, que se limitó a dar noticia de un hecho relevante, cierto y de naturaleza procesal, no puede equipararse a una condena pública sin motivación»; y (v) que la comunicación pública de un hecho de indudable relevancia informativa «se hizo ponderando otros derechos como el de libre comunicación y recepción de información de los ciudadanos»."
"Es cierto que no existe ningún precepto que autorice expresamente la publicación anticipada del fallo de una sentencia de casación. Sin embargo, que esa previsión no exista (y pueda hablarse incluso de irregularidad procesal) no significa que los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías se hayan lesionado.En primer lugar, porque no existe una infracción de la normativa procesal en sentido estricto, ni de los preceptos invocados por el recurrente –arts. 160 y 789 LECrim y arts. 248, 266 y 270 LOPJ–, que en ningún caso contemplan una prohibición, ni explícita ni implícita, de anticipar el fallo, sino normas sobre la estructura, contenido, notificación y acceso a las sentencias; ni del art. 260.2 LOPJ. El Tribunal Supremo notifica en septiembre la sentencia íntegra, que se data en su encabezamiento el 13 de septiembre de 2022. Con ello respeta tanto esa última previsión de integración del voto en la sentencia (art. 260.2 LOPJ) como las anteriores citadas en la demanda"
a) El 193 LEC no dice nada de eso. Habla de suspensiones de las vistas.
b) En un proceso penal se aplica la LECRIM, no la LEC, que es en todo caso supletoria.
No hay ninguna previsión legal para que se haga, lo que no quiere decir que sea ilegal. El TC lo dio por "bueno", pero diciendo que es una irregularidad procesal.
Ojo con los desmentidos y los zascas, que pueden ser mentidos a su vez.
Descorazonador que lo demos por bueno.
Descorazonador que los que apoyan el tuit ese y los que lo critican no se hayan molestado en abrir el BOE.