#273 claro que pueden defenderse, pero tendrían que argumentarlo jurídicamente. La clave es, los inmigrantes estaban cometiendo agresiones físicas o robos (delitos penales, no meramente entrada irregular) y usaron fuerza proporcional (no pueden inmovilizar a alguien que no open resistencia). A mi modo de ver la defensa es inviable porque no hubo delito penal y se podrían enfrentar a Denuncia por detención ilegal (Art. 163 CP): Hasta 4 años de prisión si se prueba que retuvieron sin causa legal. Denuncia por coacciones (Art. 172 CP): Multa o pena de prisión (6 meses a 3 años) si les impidieron moverse con violencia/intimidación.
#225 cualquier ONG o similar puede personarse como acusación contra la detención ilegal por delitos contra los derechos fundamentales (detención ilegal, trato degradante) o por vulneración de la Ley de Extranjería (si se impidió el derecho a solicitar asilo) y la guardia civil debería de recabar la identidad de los bañistas
#215 " creo que te inventas cosas, te pongo el texto de la noticia y además hay un video: "Este vídeo grabado por testigos el pasado domingo muestra a los bañistas de Granada que retienen a los inmgrantes desembarcados en la playa del Sotillo, en Castell de Ferro."
#19 Un particular puede realizar una detención ciudadana (o detención preventiva) en situaciones muy específicas, como cuando presencia un delito flagrante. Sin embargo, la acción práctica se limita a impedir que el sospechoso huya, bajo el principio de 'detenido hasta que lleguen las autoridades'.
Por otro lado, usar la fuerza para retener a alguien sin justificación legal es ilegal y podría considerarse un delito (como coacciones, detención ilegal o incluso secuestro). Además, si hay lesiones o resistencia, el detenido podría denunciar al particular por agresiones o abuso de poder."
Guardias Revolucionarios: «Un alto el fuego solo se logrará tras la destrucción del enemigo sionista. Desde nuestra perspectiva, no existe un alto el fuego y no reconocemos ningún acuerdo de ese tipo».