Pero vamos, pos sus cojones morenos, no, no se puede condenar con indicios y aún menos diciendo en la sentencia, que no saben si ha sido él, pero si no ha sido él habrá sido alguno de su entorno, por lo que lo condenamos.
#16 Oooooooooootra vez, una prueba indiciaria no es suficiente para condenar a nadie. Si así fuera, cospedal, M.Rajoy, Aguirre, Ayuso, ETC.... , Y no sigo porque la lista es infinita y estarían todos condenados. O solo las pruebas indiciarias son para los que no son de tu cuerda? A lo mejor es eso, eh? Quizá!
#14 un indicio no es una prueba para condenar a alguien (yo no sé de legalidad, pero creo que tú tampoco).
solo haciendo una búsqueda en algo que debes usar seguramente:
"No, un solo indicio no suele ser suficiente para una condena; se necesita una pluralidad de indicios que estén plenamente probados, sean convergentes (apunten en la misma dirección), estén conectados lógicamente al hecho principal y no permitan explicaciones alternativas razonables para alcanzar la certeza más allá de toda duda razonable, según lo exige la jurisprudencia en derecho penal.
Características de los indicios para ser suficientes:
Pluralidad y Convergencia: Varios indicios deben unirse y reforzarse mutuamente, apuntando a una misma conclusión.
Prueba Directa: Cada indicio (hecho base) debe estar probado de manera fehaciente, no ser una mera sospecha o conjetura.
Conexión Lógica: Debe haber un enlace preciso y racional entre el indicio probado y el hecho principal que se quiere probar.
Exclusión de Alternativas: La conclusión debe ser la única explicación razonable, descartando otras posibilidades plausibles.
Motivación Judicial: El juez debe explicar detalladamente en la sentencia cómo llegó a esa conclusión a partir de los indicios, según el código penal español y otras fuentes.
Diferencia clave:
Indicio: Un hecho base plenamente probado que genera sospecha y sirve para iniciar o continuar una investigación (ej. una huella dactilar).
Prueba Indiciaria (o por indicios): El conjunto de indicios analizados que, de forma conjunta y lógica, permiten inferir la culpabilidad más allá de toda duda razonable (ej. huellas + arma + móvil + coartada falsa).
En resumen, un único indicio es insuficiente; se requiere un conjunto coherente de indicios bien probados para sustentar una condena penal, lo que se conoce como prueba indiciaria o de presunciones. "
#12 en serio, yo creo que si os esforzarais en sacar todas las incongruencias de sentencias cuando son del pp, alguien os daría la razón. Y yo lo dejo aquí. Yo creo que, además en la explicación de la sentencia (esa que ha tardado 3 semanas en salir después de declarar a alguien culpable) está muy claro. No hay prueba inculpatoria. Hay algún posible indicio y es posible que alguien (el fiscal o su entorno fuera el filtrador). Si tu crees que se puede condenar a alguien porque CREO Y NO PORQUE SÉ, pues entonces ya está.
#8 hablas de los discos duros del pp? han condenado a alguien por eso?? y no defiendo nada.. simplemente digo que si para uno eso es condena, para el resto también. Pq entonces, hay cosas que solo condenan a algunos.
#1 Esto es como si yo robo un banco. Hay un juicio y no tienen pruebas, solo indicios. Y al final, me condenan pq dicen que creen que he sido yo o alguno de mis amigos, aunque no saben seguro quién ha sido. Así no se puede condenar a alguien.
#20 yo no estoy para defender ni a Pedro ni a Mazón, por favor. Pero las palabras son las que son. La responsabilidad es de la comunidad, no se puede enviar ayuda sin que se pida, por ley, por protocolo o como quieras llamarlo. Él solo dice que si hay que enviar más ayuda, más cosas, tienen que pedirlo... Pero es así para Valencia, para Catalunya y para todos los sitios. Siempre cogéis detallitos para llevarlo a vuestro terreno.
También dice, que no lo escribes, porque no te interesa y no funciona con tu relato:
"Si la Comunitat Valenciana requiere más efectivos, maquinaria, financiación o asesoramiento técnico, lo que tiene que hacer es pedirlo y se lo suministraremos, como estamos haciendo y como vamos a hacer, inmediatamente, con los 5.000 militares solicitados hace escasos minutos".
Los que quitaron equipos de emergencias de Valencia fueron el pp y vox. Es como lo de los impuestos en Madrid. Quitan impuestos (sobre todo a ricos) y luego piden ayuda al gobierno pq no tienen pasta.
#23 Guauuuuuu. En serio?? Qué aportación!!! Nadie lo sabía! Y los catalanes, menos. Gracias por la info. Perdona por no haber puesto... "Nacionalistas también son pp y vox, por ejemplo...". Todo masticadito....
#20 Nacionalista son pp y vox, por ejemplo, y nadie dice nada en contra. Yo no soy indepe, pero vamos, prefiero a Rufián antes que a Ayuso mil veces. Son percepciones y preferencias personales, claro.
Hace años que hace falta una reforma en el congreso:
* Asistencia obligatoria, para empezar (que para eso cobran). Fichaje al entrar y salir.
* No conozco ninguna empresa ni autónomo ni nada que tenga un mes inhábil como enero o agosto, si no me equivoco (pocos hacen lo del agosto cerramos)
* Si vas a una comisión y no puedes asistir al parlamento, un backup. Es decir, el congreso y / o senado, siempre lleno. Con excepciones médicas o cosas así.
* A las comisiones van personas que no sean del congreso, en principio, salvo excepciones.
* Las comisiones, reuniones, etc... no se cobran dietas aparte. No sé en que empresa (y hablo por los del pp y vox, sobre todo) te pagan por asistir a reuniones. Y eso de 3 sueldos, como a Feijoo, menos aún (tampoco conozco empresas que hagan eso. Y mira que les gustan las empresas privadas a esta gente sin haber trabajado nunca en ellas).
* Nada de desayunos / comidas, etc... subvencionados... Que lo paguen con su sueldo o que lo pague el partido con las subvenciones que les damos con los impuestos
* si no haces ninguna aportación (propossición de ley, etc...) nunca, se hace aviso, y se sanciona si sigue sin hacerse.
* Las dietas, siempre justificadas, sino no se pagan.
* Máximo de dietas, aunque sean justificadas.
#37 Suponía que era de la familia del diazepam, pero igualmente nos dijeron que aguantáramos unos 5 minutos antes de aplicarlo! Que no lo hicieramos nada más empezar el episodio! Buah, la primera vez, si te contara.... (la mía no convulsiona, se queda como de piedra, parada, sin reaccionar).. con la niña en brazos, yo medio desnudo, bajando por las escaleras pegando patadas a todas las puertas de los vecinos, gritando socorro.... el peor día / rato de mi vida. Con diferencia! Ahora llevamos unas fiebres (que lo pilla to, pobrecita) que ya no lo pasa!!! Con la edad, parece que desaparecen. Y seguimos! Gracias por tus comentarios!
#34 Diazepam?? Para una niña de 3-5 años? tenemos Bucolam! Que supongo que es parecido. Pero vamos, hablaba de a quién envían u ofrecen ambulancias. Gracias por tu preocupación!
#6 NO, a no ser que eso sea diferente en Barcelona que en Madrid. Mi hija tiene convulsiones febriles (no hace falta fiebres altas, sino, picos de fiebre de repente hacia arriba o hacia abajo). Si le da un ataque y eso se alarga durante más de 6-9 minutos... puede tener problemas neurológicos. La última fiebre que tuvo, aún sabiendo historial... la tuve que llevar yo al Hospital pq no quisieron enviarme ambulancia (otras veces si lo hicieron) a 15-20 minutos de mi casa si corres. Por una indisposición, o te llevan en coche o te vas en taxi, por lo menos aquí. En el caso de que venga la ambulancia, te lleva, casi seguro (creo). Pero hay veces que una persona, por teléfono, decide si la envía o no. Es terrible eso.