Algo que provocaba que Fernando, quien pagaba la hipoteca desde 1998, pudiese recuperar el inmueble, ante la independencia económica de sus hijas.
Un procedimiento en el que, tal y como explica el socio director de Servilegal Abogados, Ignacio Palomar Ruiz, cobra especial importancia el papel de la demanda reconvencional llevada a cabo por Mariela con respecto a los gastos del domicilio.
«La mujer ha quedado totalmente retratada», asegura Ignacio Palomar. Y es que los abogados de la demandante reconvencional no dudaron el presentar esta solicitud, en vez de devolver la casa, porque «en familia no hay costas».
«En lugar de hacer las cosas fáciles, se niega a irse de la casa. Y la juez la condena en costas, tanto del procedimiento principal, como de la reconvencional. Así que sí, en familia hay costas, por temerario. Y en este caso, dobles», destaca el abogado.
«El demandado es maquinista de tren, cobrando 2.600 euros al mes sin contar las pagas extraordinarias, y pagando un alquiler de 950 euros mensuales, donde vive con Carlos, así como la universidad privada de Carlos, que asciende a 805 euros al mes, más la matrícula anual», explica la sentencia.
Por su parte, Alicia es empleada de hogar desde hace muchos años». Ello, incluso, durante los 25 años de matrimonio. Una actividad que, tal y como se pudo comprobar gracias a los informes de los detectives obrantes en autos, continuaba «en varios domicilios, sin que puedan precisarse sus ingresos con exactitud dada su falta de fiscalidad».
«Es empleada del hogar desde hace muchos años, habiendo intentado ocultar su trabajo e ingresos en este proceso. Ingresos que pueden calcularse cercanos a los 1.000 euros líquidos mensuales, sin que conste que afronte gasto alguno de alojamiento o suministro al convivir en casa de sus padres», valora la Audiencia Provincial.
Y los perjudicados pueden acudir a la vía penal del artículo 325 CP contra todos los responsables que hayan colaborado en la causación del ruido a los ciudadanos. Y en estos casos tanto la duración del ruido como su intensidad y persistencia en no cesar de causarlo, pese a las quejas efectuadas por los afectados son elementos de base a la hora de valorar la existencia del ilícito penal del ruido.
Y su no autorización y la necesidad de intervención inmediata por la autoridad administrativa es algo sobre lo que se ha pronunciado la jurisprudencia de forma reiterada.
Por ello, es importante que las autoridades públicas encargadas de vigilar la causación del ruido tomen cartas en estos temas, evitando que se autoricen eventos que determinen causación de ruidos a los vecinos y actuando de forma urgente cuando se cursan quejas de ruidos de eventos y locales donde existen ruidos, sobre todo por música elevada, –que son las denuncias y quejas que más se producen–, a fin de intervenir para cortar la causación del ruido, porque ni aunque exista autorización esto es una vía de “cobertura” a un hecho que no es autorizable en modo alguno.
«Entró en la habitación en que dormía ella y se metió en su cama. Y sin su consentimiento, le besó en el cuello y le tocó los pechos mientras le proponía tener relaciones sexuales», explica ahora el auto 474/2025 de la Audiencia Provincial de Madrid.
Intento de relaciones ante las que «ella se altera, y llama a la policía. Esos son los hechos. Ambas dos partes teníamos claro que esos son los hechos», explica el abogado.
Una condena de prisión que pesaba sobre Raimundo, a pesar de que la denunciante reconociera «que en ocasiones tienen relaciones consentidas».
«La jurisprudencia en violencia género lo que dice es que con la sola declaración de la mujer es suficiente para una condena. Esa es la jurisprudencia vigente en este delito. Es brutal», asegura el letrado a este medio.
Tú ni eres espabilado, ni sabes buscar un vídeo que confirme lo que dices. Sencillamente, porque no das para más.
Nadie con dos dedos de frente traería esta mierda con el primer comentario que has puesto sino es un cybervoluntario o es algo más que tontisimo. Viendo el karma que tienes la respuesta es fácil hasta para ti.
Vaya películas te montas. Puto zumbado
Deberían de echarte de meneame, payaso.
A ti que no te echen, sigue dejando por escrito lo tarado que estás.
Un procedimiento en el que, tal y como explica el socio director de Servilegal Abogados, Ignacio Palomar Ruiz, cobra especial importancia el papel de la demanda reconvencional llevada a cabo por Mariela con respecto a los gastos del domicilio.
«La mujer ha quedado totalmente retratada», asegura Ignacio Palomar. Y es que los abogados de la demandante reconvencional no dudaron el presentar esta solicitud, en vez de devolver la casa, porque «en familia no hay costas».
«En lugar de hacer las cosas fáciles, se niega a irse de la casa. Y la juez la condena en costas, tanto del procedimiento principal, como de la reconvencional. Así que sí, en familia hay costas, por temerario. Y en este caso, dobles», destaca el abogado.