Independientemente de la gravedad del delito, el hecho de haber metido a los del Louvre en prisión es por haberles aplicado la medida de prisión preventiva.
En el caso de los del Louvre cumplen los requisitos para aplicar está medida y en el de Sarkozy no.
No tiene sentido alguno la comparación de la noticia.
#102 la fiscalía no tiene que hacer publica ninguna información. Si cree que alguna bulo daña su imagen, que se querelle contra el responsable. No puede ser que el órgano cuya principal función es velar por la legalidad en el sistema judicial, sea el que lo incumple.
Si MAR o los periodistas tenían esa información, lo mas probable es que la fuente fuese el propio interesado, en tal caso no habría ningún problema, ya que la información relevada solo le afecta a él.
#97 te parece que la información de un pacto judicial aún por aceptar y que afecta a un ciudadano es información que puede hacerse pública y trasmitirse a los medios de comunicación?
Estamos hablando de una información a la que solo debería tener acceso el interesado, el ogano jurisdiccional competente y la fiscalía.
Personalmente en este caso, no me produce ninguna que se difunda información personal de un defraudador que se aprovecha de su posición y contactos para delinquir, pero la justicia debería ser igual para todos y difundir esa información debe ser penado.
#3 eso ya se recoge en sus atestados. Ya sea las propias FCS o los peritos, hacen una valoración del perjuicio económico causado para poder graduar la condena.
#76 no hay manera de divulgar información personal de forma legal sin autorización del interesado, más aún cuando puede afectar a la honra, dignidad y reputación de la persona. Si esa divulgación viene de alguien que debe llegar por la legalidad de las actuaciones en los procesos judiciales, es aún más grave.
A falta de que se haga pública la sentencia, si hay indicios de peso de que el mayor representante de la fiscalía a nivel nacional, ha divulgado información judicial que afecta a una persona, que se le haya condenado me parece lo correcto.
#48 la fiscalía en caso de defenderse de bulos o difamaciones, debe hacerlo de forma legal. Hacer públicos datos de carácter personal sin autorización es ilegal.
Ambos casos difieren bastante aún siendo juzgados por el mismo tipo de delitos.
En el caso de la noticia, los datos del tipo no se hacen públicos, se incluyen en un expediente cuyo destinatario es otro órgano de la administración de justicia que ya se por si tiene acceso a esos datos.
#36 y eso en que afecta a su derecho a la defensa? Las sentencias son públicas y estaba cantado que fuese cual fuese el sentido de esta, iba a utilizarse para hacer campaña política.
#198 tiene que haber sentencia (que aún no hay). La sentencia, en un primer termino es definitiva (recurrible). Una vez recurrida o agotada el plazo, pasa a ser definitiva y es cuando hay que cumplir la pena.
Lo que propones no tiene sentido. No te pueden obligar a cumplir condena antes de poder recurrir la sentencia, ya que el recurso perdería su sentido.
#189 de donde sacas que no pueda recurrir?
Lo único que tiene que esperar es a que se dicte la sentencia para poder presentar recurso ante el Tribunal Supremo o el Constitucional.
#195 le han impuesto una pena menos graves, por lo tanto el delito por el que le han juzgado tiene consideración de menos graves.
Aquí te dejo un apunte para que te aclares.
Código Penal Artículo 13.:
1. Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena grave.
2. Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga con pena menos grave.
3. Son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve.
#173 las penas de inhabilitación son superiores a 5 años cuando se trata de un delito grave y penas de 5 años o inferiores para delitos menos graves.
No digo que no sea grave por una cuestión de apreciación subjetiva, sino porque es el tipo de delito por el que han emitido la sentencia.
#175 será que nos tienen acostumbrados a que los máximos representantes de órganos politicos hayan sido condenados por delitos con penas graves de prisión de y en comparación una pena de inhabilitación por un delito menos grave atenuado me parece de menos entidad
#176 mientras la sentencia no es firme, el interesado no rechace su derecho a recurrir o no prescriba el plazo de recurso, la sentencia no es firme y por lo tanto la ejecución de la pena no se puede llevar a cabo.
Es algo de primero de derecho procesal.
#92 y tú eres un poco exagerado hablando de gravísimo delito, cuando la pena que le han puesto es la correspondiente a un delito menos grave en su mitad inferior.
#66 si quieres ejemplos más recientes de cagadas tienes la gestión de incendios forestales de este verano, Mazon desaparecido con la Dana, el sistema de salud andaluz con los cribados de cáncer, las corruptelas de Cerdan y compañía.
Cosillas que afectan a una generalidad de españoles y no solo al novio delincuente de Ayuso.
También es normal que la gente busque hechos del pasado cuando hablas de los hechos más graves de la "historia de nuestra democracia"