#98 son situaciones incomparables bajo mi punto de vista. Lo de ayer fue todo mucho más ordenado, avisado y acotado en el tiempo, además de muchísimo menos dramático. De todos modos, durante la DANA hubo mucha más gente buena que descerebrada.
#8 básicamente, nos lleva importando una mierda el pueblo palestino desde 1967. Israel es un aliado de EEUU. Los judíos, igual que otros pueblos migrantes, como los armenios, por ejemplo, están muy distribuidos en muchos países, y saben hacer lobby para cuidar sus intereses, comerciales, políticos y estratégicos. En Europa hay un sentimiento de culpa hacia el pueblo judío por las barbaridades que sufrieron en la Segunda Guerra Mundial. Con todo, se monta una tormenta perfecta de oportunidad, falta de escrúpulos e intereses económicos que perpetua el genocidio.
#6 define "fuerza". Un bloqueo a nivel comercial podría ser una opción, por parte de toda Europa y de Estados Unidjajajajajajaja. Perdona, no puedo escribirlo sin descojonarme.
El 'Taller del alemán' está en la entrada de Sagunt desde València, aún algo alejado del pueblo. Me sorprende que en meses nadie lo haya encontrado. Pobre tipo.
En breve el Estado de Israel empezará una investigación interna para analizar cómo esa barbaridad ha ocurrido, y aplicará las medidas disciplinarias necesarias para garantizar que un menor de edad no pueda pasar seis meses en prisión sin ser acusado de nada y acabar muerto. Lo hará para demostrar que, como única democracia de la zona, es garantista y legítima, no sea cosa que a alaguno le de por pensar que son una banda de hijos deputa que permiten estas salvajadas.
#9 pues sí, ojalá, pero vamos, que llevamos unos 15 años esperando a Obrint Pas y 10 más a la Gossa Sorda. Me temo que con Zoo hay que sentarse y esperar...
#3 no exactamente, el que enlazas en el artículo, el Real Decreto que regula la publicidad de los juegos de azar, fue tumbado por sentencia en el Supremo, no en su totalidad, si no sólo algunos artículos.
"En concreto, la Sala anula los artículos 13, apartado 1 y 3, relativos a las actividades de promoción dirigidas a nuevos clientes; el artículo 15, sobre la aparición en la publicidad de personajes famosos, uno de los puntos más controvertidos de la normativa; el artículo 23, apartado 1, que establece una prohibición generalizada - que el Supremo afea - para la difusion de comunicaciones comerciales a través de servicios de la sociedad de la información.
Asimismo, la resolución tira por tierra el artículo 25.3, sobre la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos. Hace lo propio con el artículo 26, apartados 2 y 3, que limitaba la posibilidad de llevar a cabo la publicidad en redes sociales. "