El TSJB subraya que, si un puesto está ocupado por un trabajador con contrato temporal, no puede considerarse vacante; pero una vez alcanzada la duración máxima de ese contrato, el derecho preferente del trabajador excedente no puede verse frustrado por su transformación en fijo. En consecuencia, la sentencia declara vulnerado el derecho de la trabajadora con efectos desde el 1 de mayo de 2018 y condena a TUI a readmitirla en un puesto de igual categoría al que tenía antes de la excedencia y a abonarle casi 200.000 euros.
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