Cultura y divulgación
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“Ley sobre operaciones bancarias libres de usura” en la economía iraní. [eng]

“Ley sobre operaciones bancarias libres de usura” en la economía iraní. [eng]

Han transcurrido décadas desde la promulgación de la Ley de Operaciones Bancarias Libres de Usura en Irán, que exige a todos los bancos iraníes adherirse a los principios islámicos en sus operaciones. Este marco regulatorio ha creado un entorno bancario único en Irán, distinto al de otros países (tanto islámicos como no islámicos). Es probable que las restricciones impuestas por esta ley afecten la inclusión financiera en la economía iraní. Un sistema bancario libre de usura permiten un análisis más exhaustivo de los desafíos que han surgido...

| etiquetas: geoestrategia , guerra , consumo , economía , dinero , banca
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Al aplicar principios similares a los del Crédito Social de C.H. Douglas, Irán (al igual que el Japón de la era Showa o la Alemania de entreguerras) rompe la baraja del BIS porque utiliza el dinero como una herramienta de contabilidad de la producción real, no como un activo creado de la nada por la banca privada con intereses asociados.

Para el BIS, este modelo es la mayor amenaza imaginable por tres razones:

( 1 ) Eliminación del Interés (Riba): Al basar su sistema en principios islámicos…   » ver todo el comentario
Para profundizar en la contraposición entre el sistema bancario de Irán y el modelo de deuda del Banco de Pagos Internacionales (BIS), se pueden encontrar recursos fundamentales en el CH Douglas Institute, que analiza cómo la subordinación de las finanzas a la realidad productiva es la clave de un sistema económico sano.

www.socred.org/es/accion/vistas-de-credito-social/credito-social-y-usu

El sistema iraní se basa legalmente en la Ley de Operaciones Bancarias Sin Usura de 1983,…   » ver todo el comentario
Para los que no conozcan al Banco de Pagos Internacionales (BPI en español), Bank for International Settlements (BIS en inglés)

www.meneame.net/story/fortaleza-financiera-banco-pagos-internacionales
En el medievo, en Europa, estaba prohibido el cobro de intereses por un préstamo a los buenos cristianos, sólo había un grupo que lo hacían, y estos eran los judíos, básicamente por que no tenían otro remedio ya que tenían vetados los trabajos propios de los buenos cristianos.
El artículo se corta al poco de empezar, no es de acceso público.

menéame