Hace 5 años | Por Danichaguito a eldiario.es
Publicado hace 5 años por Danichaguito a eldiario.es

La víctima recurrirá el ante el Supremo, que establecerá la jurisprudencia para los demás procesos sobre recién nacidos sustraídos aún abiertos. El fallo no condena por el tiempo transcurrido. "Contraviene los instrumentos internacionales de derechos humanos" analiza el letrado Miguel Ángel Rodríguez. La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo pidió a los países que investigaran estos casos sin aplicar "ninguna amnistía". En el escrito explican que hay "dos posturas" para determinar la prescripción. Una de ellas, "el día en el que el me

Comentarios

JackNorte

La gente si la justicia falla como esta fallando al final decidira tomar otras alternativas. Parece como si se les estuvieran riendo a la cara.

D

#1 Deja de culpar a la justicia y fíja tus objetivos en la Ley.
La justicia no hace más que aplicar la Ley.

JackNorte

#2 La justicia hace aplicar la ley segun las directrices e interpretaciones morales y politicas. Y eso tiene consecuencias obvias. La ley algunas de ellas estan mal digamos fundamentadas y son interpretables, pero ya habia leyes mal interpretables antes , no es obligatorio por ejemplo acusar de terrorismo en una trifulca de bar aplicando una ley antiyihadista, pero se decide hacerlo con unos motivos y en unos lugares, la ley puede estar mal hecha ser anacronica o tener un margen de interpretacion minimo que se expande hasta el infinito como en las ofensas religiosas.
La ley es una, los jueces deben interpretarla si lo hacen en muchos casos como hasta ahora o peor aun nos deparan muchos problemas como este y peores , porque lo que no se considera perjudicial tiende a repetirse. Pero desde la ignorancia opino ni soy jurista ni comentarista televisivo ni sicologo que lee la mente de culpables e inocentes a distancia. Es mi interpretacion

D

#3 En este caso en concreto, nada de lo que dices tiene sentido. La prescripción de los delitos tiene un período. La contabilización de un período no tiene posible interpretación.
En cualquier caso, un juez tiene que aplicar la Ley. Olvídate de romanticismos absurdos. Y yo sí que me he movido durante mucho tiempo en el campo del Derecho. Ya, no.
Mira a ver quién elabora, vota y promulga las leyes.

U

#4 ¿Entonces no tienen que existir los recursos?

D

#8 Los recursos existen cuando las sentencias no son firmes.
En este caso, la sentencia no lo es.

Danichaguito

#2
"..absolución del acusado, el doctor Eduardo Vela, aplicando la prescripción de diez años a partir de la mayoría de edad de la señora Madrigal, a tres delitos: fingimiento de parto, falsedad documental y detención ilegal.

Aun en el supuesto de que así fuera, de que Inés Madrigal fuese conocedora de los hechos porque su madre Inés Pérez se los hubiese explicado, hay un delito por sí solo sobre el que es complicado justificar la prescripción que aplican las magistradas. En el delito de detención ilegal el bien jurídico protegido es la libertad deambulatoria, es decir, la capacidad de la persona de dirigirse donde quiera. Dicho delito cesa en el momento en que la persona recupera su libertad deambulatoria y, por ende, no debe empezar a contar su prescripción hasta que la persona ha sido restituida a su núcleo familiar, y en este caso Inés sigue sin saber quién es su madre biológica y su familia natural.
..
Podríamos comparar el delito de detención ilegal con el de secuestro, siendo la única diferencia existente entre ambos la solicitud de rescate a cambio de la libertad. ¿Nos podemos imaginar un juez diciendo a un secuestrado que le archiva el caso porque lleva diez años secuestrado y fuera de su entorno familiar y por tanto ha prescrito? Pues más o menos, vista la sentencia de este lunes, es lo que nos vienen a decir.

La justicia española sigue inmersa en tapar con la alfombra de la impunidad delitos de lesa humanidad, archivando y jugando al despiste con prescripciones difícilmente justificables.

Me llama la atención que el Código Penal de 1995 ya condena y marca prescripciones por delitos que no pueden ser aplicados hasta la Ley de Adopción de 1996, cuando el adoptado tiene derecho a saber que lo es. Es decir, cuando una persona adoptada o registrada falsamente como hijo biológico de una madre que no le parió se encuentra con que cuando va a denunciar los delitos están prescritos.
"
https://www.20minutos.es/opiniones/neus-roig-sentencia-bebes-robados-3459951/

cc #1

D

#5 ¿Y? Cuéntame el error en la aplicación...

Danichaguito

#6
La Fiscalía anuncia que recurrirá ante el Supremo la absolución del doctor Vela
"En un comunicado, la Fiscalía anuncia que precisamente pedirá a la sala de lo penal del Supremo que revise esta prescripción: desde 2012, el Ministerio Público entiende que el plazo de diez años debe empezar a contar desde que la víctima tiene conocimiento de su posible condición de niño robado, y no desde que cumple la mayoría de edad.

El centro del debate sobre la prescripción radica, en primer lugar, sobre qué delito es la referencia para calcular esta fecha de caducidad: tanto la Fiscalía como la sección segunda de la Audiencia Provincial entendieron en un primer momento que debía ser el delito de falsedad - por haber falsificado Vela el acta del parto de Inés Madrigal - cuyos efectos siguen vigentes y que por tanto no habría prescrito. Ayer la sección séptima dictó sentencia explicando que la referencia es el delito más grave, el de detención ilegal, que prescribe a los diez años.

La segunda parte del debate, que reconocía la propia sentencia, gira en torno a la fecha exacta: tanto la Fiscalía como la acusación entienden que el plazo debe empezar a correr en 2010, cuando Inés Madrigal afirma haber empezado a sospechar que era una niña robada. La Audiencia, sin embargo, establece el plazo máximo en 1997, diez años después de haber cumplido la mayoría de edad.
"
http://cadenaser.com/ser/2018/10/09/tribunales/1539074002_917458.html

Cuando el robo de bebés no prescribía:
"A partir de ahí empieza "el problema", según dicen las propias juezas "que ha generado un gran debate judicial" en casos de niños robados "y que ha dado lugar a resoluciones de distinto signo en las distintas Audiencias Provinciales, y también en esta de Madrid": el día a partir del cual empieza a correr el plazo de prescripción. O es el día en que la víctima cumple dieciocho años, o en el que se da cuenta de que puede ser un niño robado.
..
La sentencia de la sección séptima hecha pública este lunes contradice frontalmente lo que dijeron hace poco menos de dos años sus compañeros de la sección segunda, la que supervisó la investigación llevada a cabo por el juzgado 46 de la Plaza de Castilla. Ya entonces la defensa de Vela alegó la prescripción del delito y ya entonces la Audiencia Provincial explicó que el caso no había prescrito: tomaron entonces como referencia el delito de falsedad documental, y no el de detención ilegal.
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Para la sección segunda de la Audiencia, el caso no había prescrito porque Vela había falsificado algo que se mantenía de forma constante en el tiempo: su identidad. "Se ha vulnerado, y se sigue haciendo, el bien jurídico que protege el delito de falsedad documental", dijeron entonces los jueces. "El delito se estaría cometiendo aún cuando se presentó la denuncia, fecha en la que Inés Madrigal adquirió el conocimiento" de que podía ser una niña robada.
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En ese mismo sentido se pronunció la Fiscalía General del Estado en 2012, entonces con Eduardo Torres-Dulce al frente: ya entonces dijo que "no comenzarán a correr los plazos de prescripción sino a partir del momento en que el sujeto pasivo haya venido tenido conocimiento de la alteración de su filiación", lo que contradice frontalmente lo dicho este lunes por la Audiencia de Madrid en el caso de Inés Madrigal.
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Las diligencias previas de este caso se abrieron en el año 2012. Inés Madrigal asegura que tomó conciencia de que podía ser una niña robada en 2010, después de leer un reportaje en el diario El País. La sentencia ubica el inicio del cómputo en su 18º cumpleaños: el verano de 1987. "Podía ser esta fecha o cualquier otra en la que la denunciante tomara conciencia de su posible situación, lo que afecta de modo importante al principio de seguridad jurídica", dicen las juezas sobre la pretensión de Madrigal de que el cómputo arranque en 2010.
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En este caso, para las magistradas, "la mayoría de edad de la denunciante coincide con la toma de conocimiento de las circunstancias de su situación familiar", explicando que "a partir de ese momento pudo realizar las pesquisas y acciones que tuviera por conveniente". Los tratados internacionales, reconoce la propia sentencia, rechazan que esto prescriba, pero la Audiencia rechaza aplicar esto de forma retroactiva a un caso ocurrido en 1969: eso "tiene una aplicación de futuro y no es procedente otorgarle una interpretación retroactiva por impedirlo la seguridad jurídica".
"
http://cadenaser.com/ser/2018/10/08/tribunales/1539006703_767729.html?int=masinfo


cc #1