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Adiós a perder un día festivo por caer en sábado: El Supremo obliga a las empresas a compensar a los trabajadores con un día libre extra

Adiós a perder un día festivo por caer en sábado: El Supremo obliga a las empresas a compensar a los trabajadores con un día libre extra

La reciente jurisprudencia determina que todos los trabajadores tienen derecho a los mismos días de descanso al año, independientemente de cuál sea su turno, a fin de evitar agravios comparativos

| etiquetas: trabajo , supremo , ts , sabado , festivos
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Para esto existe el calendario laboral, da igual cuantos festivos caigan en sábado o domingo, se trabaja un número máximo de horas al año y punto...
#2 y en la práctica a la gente no le importa trabajar unos cuantos días más al año con tal de evitar hacer cuentas.
#2 Por como lo dices parece que es llegar a tu jornada anual y hasta el año que viene... pero no es así.
Si no vas incluso lo pueden interpretar como ausencia injustificada y marcarse un disciplinario.
#8 Yo entiendo que lo que dice es que antes de empezar el ao, las empresas estan obligadas a publicar el calendario laboral y ajustar las horas segun los dias trabajados y el convenio. Para esto existen los sindicatos que lo revisan cada año.

Muchas veces cuando te "regalan" el 24 y el 31 en las empresas no es porque te lo esten regalando, es porque han ajustado el calendario y ahi van las horas.
#12 sí, en 2024 por ejemplo fue bisiesto y nos "regalaron" un día por eso mismo
#20 Otro "tanto" que se anotan las empresas como si fueran buena gente, pero es un derecho que consiguieron los trabajadores y los sindicatos.
#26 de ahí el entrecomillado

Realmente ese día extra nos lo regaló el Papa Gregorio :troll:
#12 eso sería lo ideal (y legal), puedo no si yo si la norma.
#8 es que es exactamente eso. Si cumples tu jornada anual, las horas que quedan son extras. Nadie te puede obligar a hacer extras. Con matizaciones, pero es así.
#16 si, es eso, sobre el papel. Pero es que el papel lo aguanta todo... en la práctica la empresa puede no cumplir y con los plazos actuales en los juzgados lo cierto es que el trabajador está completamente desprotegido.

El problema de este tipo de articulos, incluyendo los de laboro, es que hablan como si cualquiera problema laboral se pudiera resolver simplemente invocando la ley. Pero por desgracia no es así, lo sé en primera persona, no es suficiente con invocarla, aunque la empresa sepa…   » ver todo el comentario
#2 Si tienes jurisprudencia acerca de cómo calcular la jornada máxima...
En mi empresa la confunden con la jornada efectiva de cada empleado (p. ej, los antiguos tenemos más días de vacaciones).
#9 viene o en el convenio o en su defecto en el ET...
#13 Es que tenemos mejoras sobre el convenio. Por eso digo lo de la determinación o método de cálculo.
#15 el metodo de calculo es un excel... Te dan el calendario, metes todas las horas hasta llegar al máximo y lo que sobre, son "días de ajuste".

Lo mejor, pasarse por un sindicato, uno que no sea CCOO o UGT a poder ser y que te lo miren.
#17 Yo lo hice sin excel. El problema no soy yo, si no educar a los de RRHH RRII.

Edit: Si un recién llegado tiene 25 días de vacaciones y un antiguo 27 días de vacaciones, ¿cuál sería la jornada máxima en la empresa?
#19 Es que no hay jornada de la empresa, sino de cada trabajador si tienen condiciones diferentes.
#19 para educar a RRHH hay dos vías, inspección de trabajo o comité de empresa. En cualquier caso, lo mejor afiliarse a un sindicato que sea combativo y que se encarguen de gestionarlo.
#2 exacto, nosotros hacemos hora y media más semanal para compensar horas con puentes o fechas puntuales como navidades y semana santa. Siempre tengo que especificar en mi círculo que no son vacaciones, sino compensación por horas. En noviembre nos juntamos, lo valoramos y se lo entregamos a la empresa.
#10 Esto es como empezar las vacaciones en viernes y te cuentan el sabado y domingo como dias de vacaciones.
#11 son días laborables, también se reparten cuando haces el calendario. De todas formas, en diciembre cuando ya has cumplido tus horas, pues a disfrutar lo que queda de año, unas veces vas antes otras después, dependiendo de cómo caigan los festivos. Pero ni echas horas de más, no debes horas.
#2 Así es, nosotros aplicamos el convenio a rajatabla, al final sobran horas, se dividen entre 8 y nos sobran 6 ó 7 días laborables que, en la práctica son casi 2 semanas más de vacaciones.
En mi empresa ya de hace 23 + 6 este año, 29 dias laborables, casi 6 semanas de vacaciones que cuuuuunden
#1 En la mía yo haré 27 laborables, por antigua. Seguro que ya están calculando mi finiquito y pensando en el mobbing.
#3 nostamal tampoco
#1 Treinta laborables aquí. Cunden un huevo :-D
Bueno pero la jornada es la misma, si tienes más días echarás más horas.
En mi empresa de momento 26 días más el 24 y el 31 (o día anterior o posterior si fueran festivos). Y no es una gran empresa internacional ni la que mejor paga del sector ni parecido.
maravilloso
Pues que los pasen a viernes o lunes
Mmm... Pero es que los sábados se consideran laborables (las mañanas al menos). Es cierto que mucha gente los libra, pero otros muchos los trabajan. Entiendo que esta medida será para aquellos que no los trabajan.
Supongo que es mejor. Pues finalmente eligen el día que quieren. Para la empresa es un día menos (De una forma u otra).

menéame