Hace 1 año | Por Fedorito a expansion.com
Publicado hace 1 año por Fedorito a expansion.com

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la sala sostiene que la trabajadora prestó sus servicios durante más de 20 años para esta editorial de forma exclusiva, retribuida e incluida en el ámbito de la organización empresarial. La demandante, según explica, realizó su trabajo con las mismas pautas y sujeción a plazos de entrega. La nulidad del despido conlleva la readmisión inmediata de la trabajadora, con el abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente al del despido a razón de 167,54 euros brutos